Ordenanza

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Visto:

       La sanción por parte del Concejo Municipal de la Ordenanza Nº 5345/2021, el pasado 28 de julio, y;

 

Considerando Que:

En la misma fue incorporado a la Ordenanza Nº 1869/1989, como artículo 24 bis, la adhesión del Instituto Municipal de Previsión Social de Venado Tuerto al Régimen de Reciprocidades establecido por el Decreto-Ley Nº 9316/46 y sus modificatorias.

En tal sentido el 22 de octubre de 2021 entre la Secretaría de Seguridad Social de la Nación, dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, representada por su titular Luis Bulit Goñi, y el Instituto Municipal de Previsión Social de Venado Tuerto, representado por su Presidente Oscar Pieroni, se firmó el Convenio Anexo de Reciprocidad Jubilatoria, el cual, para su vigencia, requiere la ratificación del Concejo Municipal.

Por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

 

ORDENANZA

 

Art.1°.- Ratifíquese el convenio suscripto el 22 de octubre de 2021 entre la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL DE LA NACIÓN y el INSTITUTO MUNICIPAL DE PREVISIÓN SOCIAL DE VENADO TUERTO (que forma parte de esta Ordenanza como anexo) adhiriendo al Instituto Municipal de Previsión Social de Venado Tuerto al régimen de reciprocidades establecido por el Decreto-Ley Nº 9316/46 y sus modificatorias.

 

Art.2°.- Remítase copia de la presente a la Secretaría de Seguridad Social, dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación.

 

Art.3°.- Comuníquese, publíquese y archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los tres días del mes de noviembre del año dos mil veintiuno.


INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: 5-C-87

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA
ANEXO_de_Ordenanza_N_5392-21.docx