Ordenanza

Starter Section

Visto:

La Ordenanza Nº 4158/2012, sancionada el 15 de agosto de 2012 por el Concejo Municipal de Venado Tuerto, que dispone adoptar como método de actualización de los valores de compras directas y concursos de precios el valor de la Unidad Tributaria Municipal, y;

 

Considerando Que:

La forma de actualización para establecer los límites de compra directa y concurso de precios se encuentra establecida respecto del valor de la Unidad Tributaria Municipal, cuyo monto se fija anualmente por Resolución de la Secretaría de Desarrollo Económico de la Municipalidad.

El proceso inflacionario en que se encuentra inmerso el país desde hace varios años impacta de forma directa en el costo de los bienes y servicios que debe adquirir el Municipio; la inflación informada por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos para los años 2020 y la proyección del año 2021 en curso, resultó y resulta en todos los casos superior al 50 %.

La pandemia originada por la COVID19 y las dificultades económicas que registró la mayor parte de los contribuyentes por tal situación, desembocaron en que, a los fines de no imponer cargas tributarias incumplibles para los mismos, la Unidad Tributaria Municipal el año 2021 haya pasado de un valor de $ 21 a $ 28, registrando un incremento del 33,33 % respecto del valor del año anterior.

La diferencia con que se han actualizado el precio de los productos y servicios (incremento superior al 50 % según INDEC) respecto del incremento establecido para la UTM (33,33 % para 2021), genera que los límites establecidos para la compra directa y el concurso de precios se vean disminuidos, dificultando la normal operatoria administrativa del Municipio en el proceso de compra de insumos básicos, tales como la adquisición de alimentos para ayuda social.

La disparidad entre las formas de actualización de los precios de los bienes y servicios que adquiere el Municipio y la actualización de la UTM, provoca una clara asimetría que torna necesaria la modificación de la cantidad de UTM para determinar los límites de compra directa y concurso de precios del Municipio.

Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

 

ORDENANZA

 

Art.1°.- Modifíquese el art. 2 de la Ordenanza N° 4158/2012, el que quedará redactado de la siguiente forma: “Art. 2.- Adoptar como valor para las compras directas el valor de 20.000 UTM y para concurso de precios 65.000 UTM.”

 

Art.2°.- Modifíquese el art. 3 de la Ordenanza N° 4158/2012, el que quedará redactado de la siguiente forma: “Art. 3.- Adoptar como monto máximo para aceptar donaciones sin el consentimiento del Concejo Municipal de suma de 5.000 UTM”

 

Art.3°.- Comuníquese, publíquese y archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los dos días del mes de diciembre del año dos mil veintiuno.


INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: 3005-C-99

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA