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ORDENANZA Nº 5474/22 - Modifica el texto del art. 3 y art. 4 de la Ordenanza Nº 5450/2021

Visto:

La conveniencia de adecuar las disposiciones de la Ordenanza Nº 5450, sancionada por el Concejo Municipal el pasado 28 de diciembre y;

 

Considerando Que:

En virtud de la normativa citada, la Municipalidad de Venado Tuerto adhirió al programa “Caminos de la Ruralidad”, creado por el Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología de la provincia de Santa Fe.

El Departamento Ejecutivo Municipal comparte plenamente sus lineamientos, en el pleno convencimiento de que el mantenimiento y conservación de los caminos rurales es una herramienta fundamental y necesaria para la producción agropecuaria, teniendo en cuenta la ubicación de nuestro distrito, en pleno corazón productivo de la Pampa Húmeda, motor del país. 

No obstante, ello, y teniendo en cuenta que las obras deberán ejecutarse por Administración Municipal (tal lo dispuesto por la normativa citada), y con el objetivo de agilizar y priorizar la ejecución de las obras a realizarse, dando así una más pronta satisfacción a quienes cotidianamente utilizan la red vial local, es que se proponen las modificaciones a dos de sus disposiciones, de acuerdo con el texto que en el presente proyecto se formulan.

Por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

 

ORDENANZA

 

Art.1°.- Modifíquese el texto del art. 3 de la Ordenanza Nº 5450/2021, que quedará redactado de la siguiente manera:

“Desígnese como órgano de control y seguimiento para la construcción, mantenimiento y/o conservación de Caminos Rurales a la comisión vecinal de la zona correspondiente elegida acorde a los principios establecidos en la Resolución N° 343 del Decreto N° 1300/20  y aceptada por este Concejo Deliberante a  los efectos de asesorar a la Municipalidad, supervisar y controlar  los fondos presupuestados por esta Administración y/o entregados por el Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología en el marco del "Programa Caminos de la Ruralidad" para la construcción y posterior mantenimiento y conservación de las obras y la conformación de un Plan de Trabajo conjunto, sin perjuicio de los eventuales tributos que puedan determinarse al efecto.”

 

Art.2°.-  Modifíquese el texto del art. 4 de la Ordenanza Nº 5450/2021, que quedará redactado de la siguiente manera:

El Departamento Ejecutivo Municipal asignará una cuenta específica a los fines de depositar los ingresos que se sustancien y se canalicen las erogaciones vinculadas con el programa Caminos a la Ruralidad.”

 

Art.3°.- Comuníquese, publíquese y archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los treinta días del mes de marzo del año dos mil veintidós.


INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: 4296-I-06

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA