Ordenanza

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Visto:

El ingreso del expte. 214099/2021 Previa Mensura Orden Nº 3293, tramitada ante la Dirección de Obras Privadas del Municipio por los señores Mario Omar, Juan Antonio y Miriam Gladis Fuentes, en su carácter de herederos declarados de Juan Antonio Fuentes y Haydée Urtiaga (Dec. 21-24613612-9, Juzgado 1ra. Inst. C.y C. 2da. Nom. Venado Tuerto) quienes en calidad de propietarios solicitan autorización para subdividir el lote que les pertenece, lo cual origina una fracción de terreno en la que se encuentran edificadas dos vivienda unifamiliares, con frentes a calles Uruguay y 2 de Abrily;

Considerando Que:

El terreno a subdividir de acuerdo con las disposiciones del Plan de Desarrollo Territorial vigente, Ordenanza 4404/13 y modificatorias, corresponde a zona Z4 – Residencial de Densidad Media – Baja; es decir, sus medidas mínimas son de 11,00 metros de frente y de 250,00 m2 de superficie. Se designa en el plano de Mensura inscripto en el Servicio de Catastro e Información Territorial bajo el N° 87.619/1976 como Lote C3 de la manzana 36, con identificación catastral provincial, Sección 04, Manzana 209, Parcela 15 (Manzana Catastral Municipal 690- Chacra 65) y encierra una superficie según título y mensura de 392,00 m² (trescientos noventa y dos metros cuadrados); su dominio se halla inscripto en el Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario al Tomo 415 Folio 313 Nº 102965 de fecha 24/12/1985; departamento General López, partida Impuesto Inmobiliario Nº 17-13-01-355099/0001, partida municipal Nº 963.

En los archivos municipales constan antecedentes de edificación correspondientes al año 1935, presumiblemente de la vivienda sobre el frente de calle 2 de Abril; en expte. Nº 1014 del año 1981, consta la construcción de la vivienda con frente a calle Uruguay y el expte. posterior, Nº 1015 del mismo año, releva y regulariza ambas viviendas. A la fecha existe expediente de edificación N° 46.799, que regulariza ampliaciones en ambas viviendas.

 Debe destacarse que el parcelamiento de la manzana fue anterior a la reglamentación actual, es por ello que los lotes linderos tienen características similares a la subdivisión propuesta, como surge del Certificado de nomenclatura parcelaria y restricción al dominio que se adjunta, para conocimiento de ese Cuerpo.

Por tal motivo, es criterio de este Departamento Ejecutivo dar solución a la petición planteada por los titulares, permitiéndose la misma con carácter de excepción.  

Por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

 

ORDENANZA

 

Art.1°.-Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal, por medio de la Dirección de Obras Privadas, con carácter de excepción, a visar el plano de mensura y subdivisión del Lote "C3" de la Manzana 36, Chacra 65, según mensura inscripta en el Departamento Topográfico Rosario bajo el Nº 87.619 del año 1976, determinándose una fracción de 8,00 (ocho metros), de ancho por 24,90 (veinticuatro metros con noventa centímetros) de profundidad, de 199,20 m2 (ciento noventa y nueve metros cuadrados con veinte decímetros cuadrados) de superficie, identificada como Lote 1, con frente a calle 2 de Abril  y  el Lote 2, de 8,00 (ocho metros) de ancho por 24,10 (veinticuatro metros con diez centímetros) de profundidad, de 192,80 m2 (ciento noventa y dos metros cuadrados con ochenta decímetros cuadrados) de superficie, identificada como Lote 2, con frente a calle Uruguay, presentada por los señores Mario Omar, Juan Antonio y Miriam Gladis Fuentes, en su carácter de herederos declarados de Juan Antonio Fuentes y Haydée Urtiaga (Dec. 21-24613612-9, Juzgado 1ra. Inst. C.y C. 2da. Nom. Venado Tuerto).

 

Art.2°.-  Comuníquese, publíquese y archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los treinta días del mes de marzo del año dos mil veintidós.


INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: 4516-I-12

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA