Ordenanza
Visto:
Las Ordenanzas Nº 5074/2018 y 5108/2018, sancionadas por el Concejo Municipal de Venado Tuerto y;
Considerando Que:
Oportunamente el Concejo Municipal autorizó a la Municipalidad de Venado Tuerto a celebrar un contrato de arrendamiento con el señor Rubén Oscar Muratori, DNI 11.791.340, domiciliado en calle Sáenz Peña 876 de nuestra ciudad, de cierta cantidad de hectáreas y un tiempo de extensión a definir entre las partes sobre el predio propiedad del Estado Municipal conocido como “Laguna El Hinojo” (Ordenanza Nº 5074/2018).
Dicha normativa dispuso que el precio del primer año de arrendamiento se fija en 7 (siete) quintales por hectárea, si el plazo fuera de un año, y si se prorrogara por más tiempo, el precio sube a 10 (diez) quintales por hectárea.
Asimismo, en su art. 3 expresa que será el Concejo Municipal quien decida a qué entidad o política benefactora se entregará lo recaudado por dicho arrendamiento, continuando así el destino de los fondos de la explotación de dicho predio, cuyos antecedentes se remontan al año 1964 y respecto del cual, al momento de recibirse la donación por parte del Gobierno de Santa Fe de las 489 hectáreas, se impuso como cargo que la superficie no inundable deberá ser utilizada “en beneficio de la comunidad”.
El predio aludido se halla destinado desde el año 1965 (primero por la provincia, y luego de la donación, por el municipio) a las cooperadoras escolares, habiendo sido una indispensable contribución para la educación en nuestra ciudad a lo largo de décadas.
Teniendo en cuenta el “fin social” a que refiere la ordenanza que autorizó la celebración del contrato, se sancionó la Ordenanza Nº 5108/2018, que estableció que los fondos fueran entregados a Casa del Niño; hoy se considera conveniente asignar tales sumas dinerarias en partes iguales a distintas instituciones de la ciudad, con el objetivo de realizar una distribución más equitativa.
Por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1°.-Destínese el producido del Contrato de Arrendamiento suscripto oportunamente entre el Departamento Ejecutivo Municipal y el señor Rubén Oscar Muratori que recae sobre el predio de propiedad del Estado Municipal conocido como “Laguna El Hinojo”, en partes iguales a las siguientes entidades: 1- Casa del Niño, con domicilio en Rivadavia 98, 2- Asociación Civil Hogar Familia, con domicilio en G. Dimmer 475, 3- Asociación Civil Maná, con domicilio en J. Covasevich 98, 4- Asociación Simple Imagina un mundo mejor, con domicilio en Gutiérrez 36, y 5- Sociedad Recreativa Juventud Campesinos Unidos, conocida como “Club Social Empalme”, con domicilio en la zona rural, todas de esta ciudad de Venado Tuerto.
Art.2°.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los ocho días del mes de junio del año dos mil veintidós.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: 3967-I-03
- Derogada: NO
- Vetada: NO