Ordenanza
Visto:
La solicitud del Obispado de la Diócesis de Venado Tuerto, solicitando ratificar la adjudicación de dos terrenos que integran el dominio privado municipal, ubicados en calle José Valdez N° 1338 y 1350, que recibiera por la suscripción de un contrato de comodato, y;
Considerando Que:
El 21 de octubre de 2019, el entonces Intendente Municipal, Ps. José Luis Freyre, firmó un contrato de comodato con el Obispado de la Diócesis de Venado Tuerto cediéndole dos reservas municipales para afectar a “la construcción de una capilla del culto católico y desarrollo de las actividades pastorales que le son propias”.
El contrato no fue ratificado por Resolución ni Decreto alguno; tampoco se consultó a la Comisión de Tierras ni al Concejo Municipal, tampoco estipula plazos de construcción. Dada la irregular afectación de dos reservas municipales de alto valor, es que se consideró indispensable que el tema fuera tratado en la Comisión de Tierras.
Dicha Comisión, en reunión celebrada el 1° de abril de 2022, decidió aprobar la cesión, a pesar de la dación irregular precedente. Teniendo en cuenta la afirmación del Concejal Pablo Rada, a quien el Obispado le solicitó la confección del plano de construcción que se erigiría en el lugar, manifestando que no se trata de una capilla sino de un centro comunitario similar al edificio afectado a trabajos sociales en la ONG Jesús Misericordioso, es que se determinó que, para efectivizar la cesión, corresponde hacerlo por ordenanza, con contrato adjunto que contemple un plazo de tres años para la realización de la construcción del mencionado centro comunitario. La manifestación del Concejal Rada fue reiterada posteriormente por el Padre Santos Ortiz, en una reunión informal con el Director de Tierra y Hábitat de la Municipalidad.
Por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1°.- Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a firmar un Contrato de Comodato de dos fracciones de terreno ubicados en calle José Valdez N° 1336 y N° 1350, parte de la Chacra 69, Manzana 15, Lotes 6 y 5, partidas municipales N° 31405 y N° 31404, respectivamente, ambos identificados como Reserva Municipal N° 163, por el término de tres años a partir de su suscripción, con el Obispado de la Diócesis de Venado Tuerto, representada por el Obispo, Monseñor Han Lim Moon, DNI 19.059.829, con domicilio en calle San Martín N° 82 de esta ciudad, con el cargo de construcción de un Centro Comunitario y dependencias afines.
Art.2°.- Dispóngase que, si el Obispado de Venado Tuerto no diere inicio a los trabajos de construcción en el término establecido en el artículo precedente, el Departamento Ejecutivo Municipal podrá solicitar la restitución de los mismos, sin derecho a reclamo alguno por parte de la beneficiaria.
Art.3°.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los quince días del mes de junio del año dos mil veintidós.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: 4402-I-07
- Derogada: NO
- Vetada: NO