Ordenanza
Visto:
La necesidad de mejorar el alcance de los servicios que presta la Dirección Municipal de Tierra y Hábitat, para lo cual resulta primordial contar con el equipamiento adecuado en forma inmediata, y;
Considerando Que:
En la medida de lo posible, es de vital importancia contar con medios de locomoción propios en aquellas áreas sensibles para la prestación de los servicios municipales.
Si bien el artículo 10 de la Ley provincial N° 2756 establece los sistemas a utilizar para todos aquellos actos y contratos que impliquen un “desembolso” para municipios y comunas de 1° y 2° categoría, fijando límites o topes económicos en cuanto a su selección, no resulta de menor significación lo expuesto en el último párrafo del citado artículo, acerca de la obtención de las condiciones más ventajosas para el interés público, todo ello dentro de un marco de eficiencia administrativa.
Hasta la fecha la Dirección Municipal de Tierra y Hábitat ha venido realizando su trabajo territorial a través de vehículos pertenecientes a otras áreas del Municipio, lo que en oportunidades significa una coordinación en tiempos ideales para el sector, con lo cual y en el marco de la eficiencia administrativa, cabe evaluar la conveniencia de adquirir un rodado (pick-up) para propiedad estatal.
Sin dudas, la relación costo-beneficio de acelerar el trabajo del área y los procesos administrativos desarrollados en consecuencia, resulta ampliamente favorable la opción de adquirir un vehículo, toda vez que se transforma en una inversión que amplía el parque de rodados del Municipio.
La conveniencia de adquirir un vehículo para el área fue tratada en la reunión de la Comisión de Tierras que tuviera lugar el día 1 de abril de 2022, en la que puntualmente se consideró la posibilidad y se aprobó por unanimidad de sus miembros que, en parte de pago por un terreno municipal que debía ser vendido para regularizar una situación puntual (Punto 1 – CMT N. 06/22. Exp. 217089-L-21 – Lescano, Rosa Alicia), podía aceptarse la entrega de un vehículo para uso de la Dirección.
Finalmente, la familia optó por retirar la oferta de entrega del vehículo, pero se concretó la venta, significando para el Municipio un ingreso a las arcas públicas de una entrega de pesos dos millones ciento ochenta y dos mil quinientos.
Por lo expuesto, se estima conveniente, mediante la autorización especial de este Concejo Municipal, proceder a la adquisición planteada por medio del sistema “compra directa”, previa revisión y evaluación de las unidades ofrecidas, afectando dicho desembolso a la Partida Fondo de Tierras.
En este sentido cabe mencionar que se solicitaron tres presupuestos por un vehículo utilitario, tipo pick-up, marca Volkswagen Saveiro, de distintas concesionarias de la ciudad, que a continuación se describen:
- Meinero Automotores, el cual cotizó una unidad del año 2013, con 118.000 Km, por un valor de $ 2.400.000,00;
- Motormania, de Nicolás Bartolucci, que cotizó una unidad del año 2012, con 166.000 km, por un valor de $ 2.365.000,00;
- Zeus Automotores, el cual cotizó una unidad del año 2015, con 123.000 km por un valor de $ 2.050.000,00.
Realizado el correspondiente control técnico, se ha corroborado no sólo el correcto estado, funcionamiento y operatividad de las unidades, sino la razonabilidad de la valuación de las mismas, lo cual brinda el grado de certeza necesario para avanzar en su inversión.
Atento sus características técnicas, prestaciones y destino de la unidad, de mediar la autorización de este Cuerpo, se procederá a la adquisición de la pick-up presupuestada por la firma Motormanía.
Por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1°.- Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a adquirir al señor Nicolás Bartolucci, DNI 34.991.031, con domicilio en Liniers 850 de Venado Tuerto, CUIT Nº 20-34991031/5, una unidad marca Volkswagen, Modelo Saveiro 1.6 L GP, usada, tipo pick-up, cabina simple, con 166.000 Km., año 2012, dominio LSM421, por la suma de $ 2.365.000,00 (pesos dos millones trescientos sesenta y cinco mil).
Art.2°.- Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar todas las erogaciones necesarias que en forma directa e indirecta corresponda efectuar a fin de registrar las unidades bajo la titularidad de la Municipalidad de Venado Tuerto.
Art.3º.-Impútense los gastos de adquisición de la unidad descripta en el art. 1 a la cuenta presupuestaria correspondiente al Fondo Municipal de Tierras.
Art.4°.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los seis días del mes de julio del año dos mil veintidós.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: 3997-I-03
- Derogada: NO
- Vetada: NO