Ordenanza

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Visto:

El Convenio de Colaboración suscripto entre la Municipalidad de Venado Tuerto y la firma OS S.A.  en fecha 10 de junio de 2022, y;

 

Considerando Que:

En el mismo se acordó un aporte, en concepto de colaboración, en cumplimiento de las prescripciones de la Ordenanza Nº 4583/2014, que creara el Programa Comprometerse, por parte de la empresa hacia la ciudad.

OS S.A. es una empresa familiar que lleva adelante el molino harinero de la ciudad de Venado Tuerto desde el año 2003, siendo el mismo un emblema histórico, tanto en lo edilicio como en lo empresarial, dando trabajo a generaciones de venadenses a lo largo de la historia.

En el marco de la Ordenanza N° 4583/2014, que se centra en el compromiso social empresario y dado que OS S.A. participa y cumplimenta todos los requisitos de dicha normativa, es que se propone el Convenio de Colaboración referido, para una remodelación urbanística que otorgue solución a ambas partes y busca mejorar una problemática de larga data, resaltando que OS S.A. desarrolla desde el año 2014 una labor de compromiso social y ambiental con altísima responsabilidad, por medio de Fundación Molinos Venado Tuerto como Unidad Ejecutora.

Asimismo, se deja constancia de que la empresa OS. S.A. cumple con todos los requerimientos de la Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable, y con las habilitaciones nacionales, provinciales y municipales correspondientes, y es una industria limpia y cerrada de estándar 2.

Ambas partes se encuentran en una necesidad mutua: por una parte, OS S.A. se ve en la necesidad de garantizar celeridad y expansión de sus procesos productivos, y el Municipio requiere velar por la seguridad de las personas que circulen por las inmediaciones donde la empresa realiza su logística, ordenar el tránsito en unos de los pasos ferroviarios más importantes de la ciudad y, a su vez, cuidar las fuentes productivas y laborales de la misma.

En función de los antecedentes de OS S.A. y de las necesidades planteadas entre ambas, es que las partes formalizaron un Convenio que contempla el desarrollo del proyecto de intervención en Av. Falucho y 2 de Abril (que fuera confeccionado por las Secretarías de Servicios y Obras Públicas y Desarrollo Productivo y Planeamiento Urbano de la Municipalidad) que será ejecutado por el Municipio, por medio de Licitación Pública o el procedimiento que resulte aplicable, de acuerdo con las normativas vigentes, previa aprobación de ese Concejo Municipal.

Respecto de la Av. 2 de abril, y sobre el área circundante a la que se ejecutará la intervención, resulta necesario establecer algunas precisiones, las que seguidamente se detallan.

En el año 1980, por medio del Decreto-Ordenanza Nº 1028/1980 se redujo el ancho oficial de la calle Inglaterra (hoy 2 de abril) a 17,00 m (diecisiete metros), con el objeto de generar lotes de 3,00 m (tres metros) de fondo, los cuales, anexados a los lotes A-3-a y A-3-b del plano de mensura Nº 84.247/1975, fueron cedidos a la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo (Decreto-Ordenanza Nº 1068/1981), para construir viviendas del Plan FONAVI.

En su consecuencia, por medio del plano de mensura Nº 104.543/1981 se generaron los lotes B1, B2 y B3.

El artículo 4º del Decreto-Ordenanza Nº 1028/1980 establece que en caso de no resultar incluidas las fracciones ofrecidas en el artículo 3º del mismo en el plan de viviendas señalado, sus prescripciones “quedarían caducas”, retrotrayéndose la situación a la indicada en el plano Nº 84.247/75.

Dado que las viviendas no se construyeron, los lotes B1, B3, A-3-a y A-3-b fueron restituidos al dominio municipal en fecha 11 de junio de 1993.

En virtud del proyecto de intervención cuya autorización se requiere en el presente proyecto -cruce jerarquizado de las Av. Falucho y 2 de abril y dársenas de estacionamiento en la margen noroeste de ésta, entre Avda. Falucho y el puente peatonal-, es necesario ampliar el ancho oficial de la Av. 2 de abril.     

Por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

 

ORDENANZA

 

Art.1°.- Ratifíquese en todos sus términos el Convenio de Colaboración suscripto en fecha 10 de junio de 2022 por la Municipalidad de Venado Tuerto y la empresa OS S.A., representada por su Apoderado señor Leonardo Sebastián Serrani, D.N.I. Nº 27.748.730, con domicilio en Sarmiento 263 de la ciudad de Venado Tuerto, que contempla la ejecución del proyecto de Intervención en Av. Falucho y Av. 2 de Abril, cuya Memoria Técnica fue adjuntada al Convenio, que consiste en: pavimentación de boca-calle 2 de Abril y Falucho, pavimentación de dársenas de giro de camiones sobre Av Falucho, pavimentación de giro permanente por Av. 2 de Abril y pavimentación de dársenas de estacionamiento sobre Av. 2 de Abril, que en carácter de Anexo, forma parte integrante de la presente ordenanza.

 

Art.2°.- Establézcase el ancho oficial de Av. 2 de abril en 30,50 m (treinta metros con cincuenta centímetros), desde Av. Falucho hasta 363,60 m (trescientos sesenta y tres metros con sesenta centímetros) hacia el Sudoeste, es decir, en coincidencia con el frente del lote B3 del plano de mensura Nº 104.543/1980.

 

Art.3°.- Aféctense al dominio público del Estado Municipal, al efecto del cumplimiento del artículo 2º, el lote B3 del plano de mensura Nº 104.543/1980 y los lotes A-3-a y A-3-b del plano de mensura Nº 84.247/1975 que poseen, en conjunto, un ancho de 13,50 m (trece metros con cincuenta centímetros), los que, conjuntamente con el ancho oficial vigente, de 17,00 m (diecisiete metros), conforman el ancho oficial establecido en el artículo precedente.

 

Art.4º.-Establézcase el ancho oficial de Av. 2 de abril en 20,00 m (veinte metros), desde Av. Falucho hasta 210,40 m (doscientos cuarenta metros con cuarenta centímetros) hacia el Noreste, es decir, en coincidencia con el frente de los lotes B1 y B2 del plano de mensura Nº 104.543/1980.

 

Art.5º.-  Aféctense al dominio público del Estado Municipal, al efecto del cumplimiento del artículo 4º, los lotes B1 y B2 del plano de mensura Nº 104.543/1980 que poseen un ancho de 3,00 m (tres metros), los que conjuntamente con el ancho oficial vigente, de 17,00 m (diecisiete metros), conforman el ancho oficial establecido en el artículo precedente.

 

Art.6°.- Comuníquese, publíquese y archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los seis días del mes de julio del año dos mil veintidós.


INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: 4045-V-03

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA