Ordenanza
Visto:
El Programa Nacional de Descontaminación, Compactación y Disposición Final de Automotores (PRO.DE.CO.) y la Ordenanza N° 5540/2022 sancionada en consecuencia, y;
Considerando:
Que la Ordenanza N° 5540/2022 ratificó el convenio de Colaboración suscripto entre la Municipalidad de Venado Tuerto y el Ministerio de Seguridad de la Nación en fecha 06 de julio de 2022.
Que mediante la Resolución N° 542/2021 de fecha 30/11/2021 el Ministerio de Seguridad de la Nación creó el Programa Nacional de Descontaminación, Compactación y Disposición Final de Automotores (PRO.DE.CO.) (Art. 1 Resolución 542/2021). Y mediante el Art. 7 de la Resolución N° 542/2021 el Ministerio de Seguridad deja sin efecto la Resolución N° 442/2009 que creó el PRONACOM en el marco del Ex Ministerio de Justicia, Seguridad y Derecho Humanos.
Que la Municipalidad de Venado Tuerto se encontraba adherido a dicho Programa Nacional de Compactación (PRONACOM), habiendo sancionado las Ordenanzas N° 4430/14 y 5174/19, mediante las cuales se regulaba el procedimiento municipal para disponer de la chatarra, los vehículos retenidos en virtud del ejercicio del poder de policía municipal y/o abandonados y/o destruidos y/o no aptos para rodar.
Que atento la creación del nuevo programa nacional al cual se encuentra adherida la Municipalidad de Venado Tuerto, resulta menester dictar una nueva regulación adecuada a la Resolución N° 542/2021 - Programa Nacional de Descontaminación, Compactación y Disposición Final de Automotores (PRO.DE.CO.).
Por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1°.- - Declárese la Emergencia de los Depósitos Municipales donde se encuentran la chatarra, los vehículos retenidos en virtud del ejercicio del poder de policía municipal y/o abandonados y/o destruidos y/o no aptos para rodar.
Art.2°.- Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a publicar edictos durante 3 (tres) días en el “Boletín Oficial” y en un diario de circulación local, intimando por el plazo de 15 (quince) días a acreditar derechos por ante la Juzgado Municipal de Faltas, sobre todo el material y/o vehículos descriptos en el artículo precedente.
Cumplido el plazo dispuesto en el párrafo anterior sin que se hayan acreditado derechos sobre los bienes mencionados, el Departamento Ejecutivo Municipal queda autorizado a incorporar los mismos al patrimonio municipal y a donarlos, en calidad de chatarra, a la Asociación Bomberos Voluntarios de Venado Tuerto, con el cargo de someter la misma al proceso de descontaminación, compactación y disposición final, en el marco del Programa Nacional de Descontaminación, Compactación y disposición Final de Automotores (PRO.DE.CO.), llevado adelante por el Ministerio de Seguridad de la Nación.
Previo al proceso de descontaminación, compactación y disposición final el Municipio puede otorgar, siempre en calidad de chatarra y previa solicitud, vehículos que le permitan a Bomberos Voluntarios de nuestra ciudad realizar capacitaciones en torno a técnicas de rescate vehicular y extinción de incendios de vehículos en el lugar a convenir entre las partes. Una vez cumplida la función, dicha “chatarra” se someterá a la descontaminación, compactación y disposición final, en el marco del Programa Nacional de Descontaminación, Compactación y Disposición Final de Automotores (PRO.DE.CO.).
Art.3°.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los tres días del mes de agosto del año dos mil veintidós.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: 3961-I-03
- Derogada: NO
- Vetada: NO