Ordenanza
Visto:
Los problemas ocasionados por la doble circulación de calle Piacenza entre Santa Fe y Edison y la necesidad de brindar una solución y ordenar el tránsito en la zona mencionada, y;
Considerando Que:
Que una considerable cantidad de vecinos ha manifestado su descontento por los inconvenientes que ocasiona la doble circulación por la calle Piacenza.
Que la mencionada arteria soporta un fluido tránsito durante todo el día, principalmente en los horarios pico, por lo que surge la necesidad de rever esta doble circulación.
Que, debido a su gran tráfico, su tamaño y dimensión, no resulta beneficioso que los vehículos puedan desplazarse en ambos sentidos, ya que esto ha provocado y podría seguir provocando múltiples accidentes.
Que en septiembre del año 2021 se ha consultado a un amplio porcentaje de vecinos, quienes no solo adhirieron a esta solicitud, sino que también sugirieron la instalación de otros señalamientos específicos, tales como un semáforo en la intersección de la calle Piacenza y Chapuis, zona donde muchos vehículos se desplazan a grandes velocidades.
Que, además, es posible observar que no se respeta el correcto estacionamiento, lo que suele producir obstrucciones en el tránsito, generando accidentes que podrían ser evitados.
Que consideramos importante promover la seguridad vial en la ciudad debido a lo complejo del tránsito y el comportamiento de los ciudadanos en la vía pública con el objetivo de disminuir los índices de siniestralidad y proteger las vidas de las personas.
Que por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1°.- Dispóngase el sentido único de circulación de la calle Piacenza de Este a Oeste entre Avda. Santa Fe y calle Edison.
Art.2°.- Colóquese la señalética correspondiente.
Art.3°.- Ordénese dar amplia difusión de la normativa durante los días previos a la implementación en todos los medios disponibles en la ciudad. Asimismo, dispóngase la colocación de cartelería preventiva en la zona indicando la nueva disposición.
Art.4°.- Establézcase un período de gracia de veinte días a partir de la aplicación de la presente Ordenanza para comenzar a multar a quienes no respeten la norma vigente.
Art.5°.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los cuatro días del mes de mayo del año dos mil veintidós.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: 4136-C-04
- Derogada: NO
- Vetada: NO