Ordenanza
Visto:
La propuesta de subdivisión de un lote urbano de propiedad de los señores Ester Edit Zoraida Cesaratto, Erica Griselda Cesaratto y Denis Ariel Cesaratto, presentada por los Agrim. Eduardo W. Lustig y María Virginia Drago, (exptes. administ. Nº 208274-L-2020, 209413-2020, 209851-L-2020), y;
Considerando Que:
El inmueble a subdividir en 8 (ocho) lotes, conforme con las disposiciones del Plan de Desarrollo Territorial de la ciudad (Ordenanza N° 4404/2013 y sus modificatorias) corresponde a la Zona Z12 -Residencial Extraurbana 1-; forma parte del Polígono 5, se identifica como Lote 5C de la Manzana Catastral 1265 del plano inscripto en el Departamento Topográfico de Rosario bajo el N° 186845/2015, y encierra una superficie según título de 23.806,58 m² y según mensura, de 23.806,28 m²; su dominio se halla inscripto en el Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario al Tº 337 F° 149 N° 107.033, fecha 08/02/79, Departamento General López, partida Impuesto Inmobiliario N° 17-13-00-360.191/0001.
De acuerdo con las normativas vigentes corresponde la donación de espacio destinado a apertura de calle Los Plátanos, de acuerdo a trazado presuntivo proyectado en el plano de Mensura y Subdivisión inscripto en el Departamento Topográfico de Rosario bajo el N° 186845/2015 y en el Catastro Geométrico Parcelario de la Municipalidad de Venado Tuerto; asimismo, corresponde la donación de las reservas para espacios verdes y libres públicos y para equipamiento comunitario de uso público, de acuerdo a lo establecido en el artículo 3º de la Ordenanza Nº 4539/2014 .
En el Convenio Urbanístico que se adjunta los urbanizadores asumen la obligación de ejecutar a su cargo las obras que se detallan en las Cláusulas Sexta y Octava, relativas a Infraestructuras de Redes Eléctricas y Alumbrado Público correspondientes a los frentes de los lotes 1, 2, 3 y 4, sobre calle Las Acacias y la Forestación en su frente sobre dicha calle.
En el mencionado Convenio se pactó, por parte de la Municipalidad, la eximición a los Vecinos, en la presente etapa de subdivisión, de la obligación de ejecutar a su cargo las obras que se detallan en las Cláusulas Cuarta, Quinta, Séptima, Novena y Décima del mismo, relativas a las Infraestructuras de Obra Vial y de Desagües -a definir por la Secretaría de Servicios y Obras Públicas-, Redes eléctricas y Alumbrado público de calles República de Irlanda, Los Plátanos y Las Acacias, excepto los frentes de lotes 1, 2, 3, 4, Forestación de calles República de Irlanda y Los Plátanos y Redes de Gas, las cuales serán ejecutadas en ocasión de la subdivisión y/o urbanización de los lotes A y/o D, por sí o por quien detente la titularidad del o los inmuebles.
Los Vecinos asumieron la obligación por sí, o por quien detente la titularidad del o los inmuebles, de dar cumplimiento a la Resolución Nº 350 del ex Ministerio de Medio Ambiente (actual Ministerio de Ambiente y Cambio Climático) y a la Resolución Nº 736 del ex Ministerio de Infraestructura y Transporte (actual Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos y Hábitat) en oportunidad de la subdivisión y/o urbanización de los lotes A y/o D, por la totalidad del lote 5C del plano Nº 186845/2015.
La Municipalidad destinará los lotes mencionados en la Cláusula Undécima del Convenio Urbanístico, a garantía de ejecución de las obras de infraestructura descriptas, los que serán liberados cuando las obras pactadas se encuentren terminadas y con el acta de recepción final rubricada entre las partes.
Los urbanizadores, o quien detente la titularidad de los lotes A y/o D al momento de su urbanización, quedarán eximidos de la ejecución de la obras de infraestructuras correspondientes a los lotes 1, 2, 3 y 4 del plano de mensura para modificación de estado parcelario elaborado por los Agrim. Eduardo W. Lustig y María Virginia Drago, en el caso en que éstas hubieren sido ejecutadas previamente por los adquirentes de dichos lotes bajo la modalidad de Contribución de Mejoras
Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1°.- Ratifíquese el Convenio Urbanístico firmado entre el Departamento Ejecutivo Municipal y los señores Ester Edit Zoraida Cesaratto, DNI N° 16.573.785, Érica Griselda Cesaratto, DNI Nº 21.898.943, y Denis Ariel Cesaratto, DNI Nº 22.704.586, en fecha 6 de diciembre de 2022, para el proyecto de urbanización del Lote 5C de la Manzana Catastral 1265 en el Polígono 5, de su propiedad y en un todo de acuerdo al Anexo Técnico Adjunto, que forma parte integrante de la presente Ordenanza.
Art.2°.- Dispóngase que la aprobación precedente tiene como condición resolutoria la ejecución de las obras de infraestructura detalladas en el Convenio Urbanístico suscripto, asumida por los propietarios del inmueble.
Art.3º.- Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a visar técnicamente el plano de mensura para modificación de estado parcelario del lote ubicado en la zona suburbana del Distrito Venado Tuerto, Departamento General López, provincia de Santa Fe, el cual es parte del Polígono 5, Manzana 1265, Lote 5C del plano Nº 186845/2015, que encierra una superficie según título de 23.806,58 m² y según mensura de 23.805,28 m², y su dominio se encuentra inscripto en el Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario al T° 337 F° 149 N° 107.033, fecha 08/02/79, Departamento General López, Partida Impuesto Inmobiliario N° 17-13-00-360.191/0001, propiedad de los señores Ester Edit Zoraida Cesaratto, DNI N° 16.573.755, con domicilio en Vieytes 2190, Érica Griselda Cesaratto, DNI Nº 21.898.943, con domicilio en Gobernador Crespo 354 y Denis Ariel Cesaratto, DNI Nº 22.704.586, con domicilio en P. Iturbide 165, todos de la ciudad de Venado Tuerto.
Art.4º.- Acéptese la donación de tierras efectuada por los señores Ester Edit Zoraida Cesaratto, DNI N° 16.573.755, Érica Griselda Cesaratto, DNI Nº 21.898.943, y Denis Ariel Cesaratto, DNI Nº 22.704.586, de una superficie de 2.800,80 m2 (dos mil ochocientos metros cuadrados con ochenta decímetros cuadrados) destinada a apertura de calle Los Plátanos y de 4.189,44 m2 (cuatro mil ciento ochenta y nueve metros cuadrados con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados), destinados a reserva para espacios verdes y libres públicos y equipamiento comunitario, de acuerdo con lo establecido en la Cláusula Segunda del Convenio Urbanístico suscripto, en un todo de acuerdo con lo establecido en el artículo 3º de la Ordenanza Nº 4539/2014 y conforme al plano de mensura para modificación de estado parcelario practicado por los Agrim. Eduardo W. Lustig y María Virginia Drago, correspondiente a la subdivisión del inmueble, parte del Polígono 5 del Plano Oficial de la ciudad, o sea el lote designado como “5C” del plano Nº 186845/2015, de acuerdo al siguiente detalle.
Superficie a donar
Sup. para Espacios Verdes y Libres Públicos (Lote B)……………..………4.189,44 m²
Sup. para calle Los Plátanos (Lote C) …………………………..……... 2.800,80 m²
Art.5º.-Encomiéndese al Departamento Ejecutivo Municipal que por medio de las áreas correspondientes informe respecto de las condiciones establecidas en la presente en lo referente a la ejecución de las obras de infraestructuras no exigidas en esta etapa de subdivisión, en los certificados de nomenclatura catastral, libredeudas y en todo otro documento público que se emita relativos a los lotes A, D, 1, 2, 3 y 4 del plano de mensura para modificación de estado parcelario objeto de esta ordenanza.
Art.6°.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los quince días del mes de marzo del año dos mil veintitres.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: 4516-I-12
- Derogada: NO
- Vetada: NO