Ordenanza

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Visto:

El expediente de Previa de Mensura Nº 3566, tramitado ante la Dirección de Obras Privadas del Municipio por los Agrim. Eduardo W, Luistig y María Virginia Drago, para modificación de estado parcelario y subdivisión del inmueble de propiedad del señor Valentín Carlos Viano, el Acta de Donación suscripta en su consecuencia, y;

 

Considerando Que:

El terreno a subdividir se identifica como del lote UNO del plano de mensura registrado en el Servicio de Catastro e Información Territorial santafesino con el Nº 47.938/1966, con identificación catastral provincial dada por Sección 03, Manzana 211, Parcela 01, partida Impuesto Inmobiliario Nº 17-13-00-360.445/0005; se encuentra inscripto a nivel municipal como Chacra 5, Manzana Catastral 000848, Código 005, partida municipal Nº 50846 y encierra una superficie según título, de 2.100,00 m2 (dos mil cien metros cuadrados) y según mensura, de 2.100,01 m2 (dos mil cien metros cuadrados un decímetro cuadrado).

Por aplicación de las normas generales para subdivisión de la tierra, dispuestas por el Plan de Desarrollo Territorial citado (Capítulo VII – Parcelamientos), corresponde la cesión a la Municipalidad de espacios destinados a vías de circulación que aseguren la continuidad de la trama vial; en el presente caso ensanche de las Avenidas Enrique Alberdi y Juan Cavanagh. Asimismo, de dicha propuesta de subdivisión resultan dos lotes con una superficie de 804,94 m2 y medida frente lineal de 20,25 metros cada uno, los que no cumplimentarían con la superficie mínima para la zona Z12 (Zona Residencial Extra urbana) del referido Plan de Desarrollo Territorial, pero si con la medida mínima de frente de 20,00 metros lineales.

La mencionada afectación al ensanche de las avenidas E. Alberdi y J. Cavanagh (ancho de 4,00 metros por 40,50 metros lineales de fondo y ancho de 7,50 metros por 43,75 metros lineales de fondo, respectivamente) genera una situación muy desfavorable el desarrollo del inmueble, dado que el Lote 1c (destinado al ensanche de las vías de circulación) comprende una superficie de 490,13 m2 (cuatrocientos noventa metros cuadrados trece decímetros cuadrados).

Esta situación de afectación de ensanche por dos avenidas lo pone en desventaja respecto de otros lotes del sector con las mismas dimensiones y la posibilidad de subdividir que se encuentran sin ninguna afectación o bien, con una afectación considerablemente menor.

No obstante, el propietario decidió proseguir con la misma, formalizándose expresamente la donación y entrega de posesión a sus efectos.

Es importante aclarar y reafirmar que el lote original sin la donación solicitada cumple con todos los parámetros establecidos en el Plan de Desarrollo Territorial; no obstante, al solicitársele la donación de 490, .13 m2 quedan los dos lotes propuestos por debajo de la superficie mínima necesaria. Asimismo, se advierte estratégica la aplicación de esa esquina para el desarrollo de la movilidad del sector.

En tal convicción, tanto desde la Secretaria de Desarrollo Productivo y Planeamiento Urbano como desde la Subsecretaria de Planificación Urbana, con el objeto de plantear una equidad de condiciones frente a la situación expresada, se ha considerado que es viable autorizar la subdivisión con las dimensiones planteadas, ya que por un lado se busca generar igualdad de condiciones frente a los ciudadanos, además de la incorporación de superficie correspondiente para hacer efectivo el ensanche de dichas avenidas, resultando provechoso al bien colectivo de la comunidad.

Es objetivo de esta Administración dar respuesta a las diversas situaciones que plantea el avance de la ciudad, procurando con ello canalizar las solicitudes de los ciudadanos.

Finalmente, y de modo aclaratorio, se considera que al no cambiar la zonificación de los lotes, rigen todas las normas impuestas a la zona Z12 del Plan de Desarrollo Territorial y del Reglamento de Edificación.

Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

 

ORDENANZA

 

Art.1°.- Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a visar técnicamente el plano de mensura y subdivisión del inmueble ubicado en la zona suburbana del Distrito Venado Tuerto, Departamento General López, provincia de Santa Fe, el que es parte de la Chacra 5 del Plano Oficial de la ciudad, identificado con partida municipal Nº 50846, partida Impuesto Inmobiliario Nº 17-13-00-360.445/0005, que encierra según título una superficie de 2.100,00 m2 (dos mil cien metros cuadrados), y según mensura de 2.1000,01 m2 (dos mi cien metros cuadrados un decímetro cuadrado) los cuales se hallan inscriptos en el Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario a Tº 728 Fº 288 Nº 215.094 de fecha 12/07/22, Departamento General López, propiedad del señor Valentín Carlos Viano, DNI Nº 7.644.879, con domicilio en 9 de Julio 503 de la ciudad de Venado Tuerto.

 

Art.2°.- Acéptese la donación de tierras efectuada por el propietario de una superficie total de 490,13 m2 (cuatrocientos noventa metros cuadrados trece decímetros cuadrados) identificado como lote 1c, de acuerdo con el plano proyecto de mensura y división presentado por los Agrimensores Eduardo W. Lustig y María Virginia Drago -I.Co.P.A. Nº 2-0346/7 y 2-0376/9, respectivamente-, de acuerdo al siguiente detalle:

Balance de Superficie:

Superficie del inmueble según título……………..….……. 2.100,00 m2

Superficie del inmueble según mensura………...……….  2.100,01 m2

 Superficie a donar:

Superficie Lote 1c (ensanche Av. Enrique Alberdi_ ……….. 490,13 m2

y Juan Cavanagh)

 

Art.3°.- Comuníquese, publíquese y archívese. 

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los quince días del mes de marzo del año dos mil veintitres.


INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: 4516-I-12

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA