Ordenanza

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Visto:

La posibilidad de resolver entre la Municipalidad de Venado Tuerto y la Asociación Bancaria (Seccional Venado Tuerto) un conflicto jurídico originado hace casi cuatro décadas,,y;

Considerando Que:

En el año 1983 la Asociación Bancaria (Seccional Venado Tuerto) solicitó la cesión de dos fracciones de terrenos municipales para construir un grupo habitacional para sus afiliados, que se financiarían por el Banco Hipotecario.

En el año 1984 se sancionó la Ordenanza Nº 1184/1984, que dispuso la transferencia gratuita de dos terrenos ubicados en la Chacra 32 -Esperanto 750 y 755, partidas municipales Nº 22109 y 22152, respectivamente) a la Asociación Bancaria, con cargo de construir un conjunto habitacional destinado a sus afiliados, a condición de que lo ejecutara en un plazo máximo de cuatro años más uno de gracia.

Ante la falta de cumplimiento de los plazos acordados, el Concejo Municipal le prorrogó el plazo en dos oportunidades (Ordenanzas Nº 1586/1986 y 1658/1987).

En el año 1987 la Asociación Bancaria, no obstante no haber siquiera dado inicio a la construcción, inscribió a su nombre en el Registro General de la Propiedad Inmueble la donación efectuada por el Municipio, omitiendo que era con cargo de edificación de un conjunto habitacional para sus afiliados.

Por diversos motivos la Asociación Bancaria jamás cumplimentó su compromiso de construcción en dichos terrenos, pero éstos quedaron escriturados a su nombre.

En el año 1994, con el objetivo de facilitar la ejecución de los trabajos y poder cumplimentarse la obligación a su cargo, se aprobó una nueva Ordenanza (Nº 2241/1994), eximiendo a la Asociación Bancaria el pago de derechos de edificación y sellados, pero la obra permaneció sin concretarse.

En el año 1996 la Asociación Bancaria Nacional aceptó y promovió que se revocase la transferencia para que el Municipio pueda efectuar la donación directamente a los afiliados que serían beneficiados con las viviendas, pero no se arribó a ningún resultado positivo, continuando los terrenos bajo la titularidad registral y la posesión de la Asociación Bancaria.

En virtud de haber vencido en exceso los plazos establecidos, incluidas sus prórrogas, y ante el incumplimiento del cargo, el Concejo Municipal derogó la ordenanza originaria y todas sus complementarias (Ordenanza Nº 2443/1997), determinando que volviera el dominio a favor de la Municipalidad de Venado tuerto en las condiciones originarias; pero el resultado fue idéntico: no se logró revertir la situación dominial de los inmuebles.

En el año 1998 la Asociación Bancaria y el Concejo Municipal decidieron trabajar conjuntamente para elaborar una nueva ordenanza -dado que las anteriores habían sido derogadas-, y en el año siguiente fue sancionada la Ordenanza Nº 2665/1999, en la que se ratificó la donación de los dos lotes en favor de la Asociación Bancaria, con cargo de construir un complejo habitacional en un plazo de finalización de obras de cinco años.

 Ese mismo año la Asociación Bancaria solicitó al Concejo Municipal que reviera la modificación del cargo -argumentando que ellos no podían cumplir con la ejecución de las casas y sólo actuarían en calidad de “gestores”- y solicitaron que la norma se redactara con el siguiente texto “los afiliados quienes construyan sus viviendas y también quienes deciden a través de quiénes lo hacen”, modificación que no se produjo, así como tampoco la que se pretendió en el año 2001, con un texto similar.

 Desde la cesión gratuita han pasado casi cuarenta años y no se han corroborado avances en la concreción de las viviendas ni se ha alcanzado una regularización jurídica sobre aquel noble proyecto. Por el contrario, existen tres viviendas en situación irregular que se han asentado dentro del predio citado.

 Con la convicción de que es necesario alcanzar una solución que contemple la resolución total de tan prolongado conflicto, y que perjudica tanto al patrimonio de los venadenses como a la asociación gremial, la Dirección de Tierra y Hábitat y la Asociación Bancaria han confluido en diversas reuniones de trabajo y elaborado la presente propuesta.

 La misma consiste en el compromiso de la Asociación Bancaria de subdividir ambos terrenos en 21 (veintiún) lotes, debiendo luego restituir -donar- al Estado Municipal 8 (ocho) de los mismos producto de la subdivisión del Lote 1, Manzana A, Esperanto 750, tres de los cuales se encuentran con ocupaciones irregulares. Por otro lado, la Asociación Bancaria se reserva la totalidad de los lotes restantes, sobre los cuales tendrá libre disponibilidad.

La propuesta de acuerdo fue tratada por la Comisión Municipal de Tierras, que opinó favorablemente.

Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

 

ORDENANZA

 

Art.1°.- Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a formalizar con la Asociación Bancaria (Sociedad de Empleados de Banco), asociación profesional de trabajadores con personería gremial N° 46 y domicilio en calle Sarmiento N° 341, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, CUIT Nro. 33-5000099/-9, un Convenio por medio del cual la Asociación secompromete a subdividir según Croquis adjunto como Anexo II, los siguientes inmuebles que le fueran donados por la Municipalidad de Venado Tuerto, a saber:

a)      subdivisión en 9 (nueve) terrenos el Lote 1, Manzana A, partida municipal N° 22109, P.I.I. 360.480/0069, ubicado en calle Esperanto 750, de 3.111,26 m2 (tres mil ciento once metros cuadrados veintiséis decímetros cuadrados) de superficie total (res. municipal 51A);

b)      subdivisión en 12 (doce) terrenos el Lote 3, Manzana D, partida municipal N° 22152, P.I.I. 360.480/0094, ubicado en calle Esperanto 755, de 4.464,39 m2 (cuatro mil cuatrocientos sesenta y cuatro metros cuadrados treinta y nueve decímetros cuadrados) de superficie total (res. municipal 51B).

 

Art.2°.- El Convenio autorizado por el artículo precedente deberá incluir el compromiso de la Asociación Bancaria de donar a la Municipalidad de Venado Tuerto 8 (ocho) lotes, producto de la subdivisión de los inmuebles comprendidos en el mismo, y que, según Anexo II, estarán distribuidos según el siguiente detalle, todos pertenecientes al lote identificado con partida municipal Nº 22109:

a)      con frente a calle Esperanto: 5 (cinco) lotes baldíos de idénticas dimensiones, identificados en el croquis como "MI a M5";

b)      con frente a calle José Martí: 3 (tres) lotes con construcciones irregulares, identificados en el croquis como "M6 a M8".

 

Art.3°.- La Asociación Bancaria asumirá el costo total de las mensuras de subdivisión autorizadas en el art. 1° y el costo, en proporción de ley, de la escrituración de los lotes donados a la Municipalidad de Venado Tuerto de acuerdo con el detalle del art. 2°.

 

Art.4°.- La Asociación Bancaria se compromete a entregar los ocho lotes descriptos en el art. 2 libres de todo gravamen, deudas o tasas que pudieren corresponder por servicios cloacales, agua potable, servicio de gas, suministro de energía eléctrica, impuestos inmobiliarios y contribuciones de mejoras que les correspondieren hasta la fecha. Por otra parte, la Municipalidad de Venado Tuerto asumirá las deudas que los inmuebles citados en el Art. 1° mantienen con el erario público municipal, excepto los imputados en concepto de Contribución de Mejoras, si los hubiere.

 

Art.5°.- Comuníquese, publíquese y archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los treinta  días del mes de  noviembre del año dos mil veintitres.


INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: 35-I-84 - 2158-V-96

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA