Ordenanza

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Visto:

El objetivo de la Municipalidad de Venado Tuerto de avanzar en la concreción del proyecto denominado Área Recreativa Norte,y;

 

Considerando Que:

Desde la Dirección de Tierra y Hábitat, en el marco de las políticas necesarias para la consolidación del proyecto particularizado Área Recreativa Norte, se formalizó una reunión con los señores Julio Carlos, Sebastián Antonio, Martín Enrique, Diego Luis, Angélica Silvana, Ana María y Elisabet Susana Kakefuku, en su carácter de nudos propietarios de un lote situado dentro de los límites de dicha zona, ubicado en Av. Quintana N° 2577, e identificado como Lote 2, Polígono 7, Chacra 93, Partida Municipal Nº 10001101, P.I.I. 17-13-00-360.310/0002, de 55,00 metros de frente por Av. Quintana y 147,50 metros de fondo, abarcando una superficie total de 8.112,43 metros cuadrados, para ofrecerles la posibilidad de permutarlo por otro, perteneciente al dominio privado municipal.

Presentadas a los titulares diversas propuestas, eligieron recibir a cambio el lote situado en calle 25 de Mayo N° 2304, identificada como Lote 4, Manzana D, Chacra 79, partida municipal Nº 51510, P.I.I. 17-13-00-360.340/0053, de 9,40 metros de frente por calle 25 de Mayo y 22,50 metros por calle Carlos Garbarino, encerrando una superficie total de 211,50 metros cuadrados. Ambos terrenos fueron tasados por el Mart. Público Alejandro Prola en la suma de $ 15.180.000 (pesos quince millones ciento ochenta mil).

Esta propuesta fue convalidada por la Comisión Municipal de Tierras en reunión celebrada el 23 de noviembre del año en curso, debiendo remitirse al Concejo Municipal para su autorización.

Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

 

ORDENANZA

 

Art.1°.- Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a formalizar con los señores Julio Carlos Kakefuku, DNI 25.088.539, con domicilio en calle Hipólito Yrigoyen N° 1144; Sebastián Antonio Kakefuku, DNI 26.649.116, con domicilio en calle Almafuerte N° 2251; Martín Enrique Kakefuku, DNI 26.649.115, con domicilio en Av. Quintana N° 984; Diego Luis Kakefuku, DNI 30.313.386, con domicilio en calle Eva Perón N° 1208; Angélica Silvana Kakefuku, DNI 28.334.744, con domicilio en calle Berutti N° 35; Ana María Kakefuku, DNI 30.313.385, con domicilio en calle Bornemann N° 2923, de la ciudad de Rosario, Santa Fe; y Elisabet Susana Kakefuku, DNI 33.833.161, con domicilio en calle Almafuerte N° 2223 de Venado Tuerto, en su calidad de nudos propietarios, y los señores Juan Carlos Kakefuku, DNI 7.644.876 y Lidia Ana María Moyano, DNI 11.118.731, ambos con domicilio en Maipú 1458 de Venado Tuerto, en su calidad de usufructuarios, un Contrato de Permuta, por el cual ambas partes se transmitirán mutuamente en propiedad los lotes que se describen en el artículo siguiente.

 

Art.2°.- Los lotes a permutar entre las partes son:

 a) La Municipalidad de Venado Tuerto cede en propiedad a los señores Julio Carlos Kakefuku, Sebastián Antonio Kakefuku, Martín Enrique Kakefuku, Diego Luis Kakefuku, Angélica Silvana Kakefuku, Ana María Kakefuku y Elisabet Susana Kakefuku, una fracción de terreno baldío situada en Venado Tuerto, departamento General López, provincia de Santa Fe, ubicado en calle 25 de Mayo N° 2304, identificado como Lote 4, Manzana D, Chacra 79, partida municipal Nº 51510, P.I.I. 17-13-00-360.340-0053, de 9,40 metros de frente por calle 25 de Mayo y 22,50 metros por calle Carlos Garbarino, que encierra una superficie total de 211,50 m2 (doscientos once metros cuadrados), cuya valuación se fija en la suma de $ 15.180.000 (pesos quince millones ciento ochenta mil);

 b) los señore/as Julio Carlos Kakefuku, Sebastián Antonio Kakefuku, Martín Enrique Kakefuku, Diego Luis Kakefuku, Angélica Silvana Kakefuku, Ana María Kakefuku y Elisabet Susana Kakefuku ceden en propiedad a la Municipalidad de Venado Tuerto una fracción de terreno baldío situada en la zona rural de la ciudad de Venado Tuerto, departamento General López, provincia de Santa Fe, ubicado en Avenida Quintana N° 2577, e identificado como Lote 2, Polígono 7, Chacra 93, partida municipal Nº 10001101, P.I.I. 17-13-00-360.310/0002, de 55,00 metros de frente por Av. Quintana y 147,50 metros de fondo, que encierra una superficie total de 8.112,43 m2 (ocho mil ciento doce metros cuadrados cuarenta y tres decímetros cuadrados), valuado en la suma de $ 15.180.000 (pesos quince millones ciento ochenta mil)

 

Art.3°.- A la fecha de firma del Contrato de Permuta las partes se obligan a entregarse mutuamente la posesión quieta, pacífica y libre de ocupantes de los inmuebles detallados en el art. 2° de la presente, así como también con las tasas o derechos municipales y provinciales que les correspondieren abonados hasta esa fecha, debiendo ambas someterse al fiel cumplimiento de todo lo establecido en la presente bajo pena de rescisión.

 

Art.4°.- Cada una de las partes asume los gastos y costos que correspondan a la escritura del inmueble que recibe en la permuta autorizada por esta ordenanza.

 

Art.5°.- Comuníquese, publíquese y archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los treinta días del mes de  noviembre del año dos mil veintitres.


INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: 1891-C-96

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA