Ordenanza
Visto:
El aporte no reintegrable de $ 88.887.030,76 (pesos ochenta y ocho millones ochocientos ochenta y siete mil treinta con setenta y seis centavos) otorgado por el Ministerio de Obras Públicas de la provincia de Santa Fe a la Municipalidad de Venado Tuerto, y;
Considerando Que:
El mismo fue concedido en base a un proyecto presentado ante ese organismo provincial por la Cooperativa Limitada de Obras Sanitarias y Servicios Anexos de Venado Tuerto (exp. Nº 01908-0004312-2), a los efectos de la adquisición de trece bombas que destinará al mejoramiento de la prestación de sus servicios.
El detalle del equipamiento a adquirir es el siguiente:
a) 10 (diez) unidades de bomba motor sumergible de 4 Hp, al precio unitario total de $ 1.342.922,85, con destino a captación;
b) 1 (una) bomba CR95-6, al precio total de $ 24.397.205,80, con destino a tratamiento -bombeo alta presión-;
c) 1 (una) bomba CRN95-6, al precio total de $ 31.464.646,40, con destino a tratamiento -bombeo alta presión-;
d) 1 (una) bomba CRN95-3, al precio total de $ 19.595.950,00, con destino a tratamiento -bombeo baja presión-.
Oportunamente se presentará la correspondiente rendición de cuentas, en un todo de acuerdo con las prescripciones normativas aplicables.
Dado el receso del Concejo Municipal y la urgencia en la percepción de los fondos, fue dictado el Decreto Nº 029/24, que se remite a este Cuerpo Deliberante, a los efectos de su ratificación.
Por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1°.- Ratifíquese el Decreto Nº 029/24, dictado por el Departamento Ejecutivo Municipal en fecha 22 de enero del año en curso, por medio del cual se aceptó la transferencia de $ 88.887.030,76 (pesos ochenta y ocho millones ochocientos ochenta y siete mil treinta con setenta y seis centavos en concepto de “Aporte No Reintegrable”, otorgado por el Poder Ejecutivo de la Provincia de Santa Fe, para ser cedido a la Cooperativa Limitada de Obras Sanitarias y Servicios Anexos de Venado Tuerto, que lo aplicará a la adquisición de bombas a utilizar en la prestación de sus servicios.
Art.2°.- Dispóngase que una vez formalizada la compra, la Municipalidad de Venado Tuerto deberá presentar la correspondiente rendición de cuentas, de acuerdo con la normativa vigente.
Art.3°.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, el día uno del mes de febrero del año dos mil veinticuatro.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: 3953-C-03
- Derogada: NO
- Vetada: NO