Ordenanza
Visto:
La necesidad de contar con el instrumento legal presupuestario que regule el ordenamiento administrativo para el año 2.024, de conformidad con las disposiciones legales vigentes, y;
Considerando Que:
Corresponde en consecuencia elevar para su consideración, en cumplimiento de las disposiciones de la Ley Orgánica de Municipalidades (Ley 2.756), el Presupuesto General de Gastos e Inversiones y Cálculo de Recursos, de acuerdo a los criterios solicitados oportunamente por ese Cuerpo Deliberativo.
Una de las premisas fundamentales para la elaboración del presente presupuesto, fue la de recurrir al análisis pormenorizado de todos los recursos disponibles. Este hecho ha permitido que las distintas Secretarías, Subsecretarías y Direcciones elaboren los distintos Programas de Acción, en sintonía con los montos de las erogaciones que les permitan alcanzar los objetivos propuestos por medio de niveles incrementales de desembolso, para dar lugar a un mejor ordenamiento de las necesidades, de acuerdo con los niveles de recaudación.
No obstante lo expuesto precedentemente, que ha sido de consideración habitual y común al resto de las presentaciones anuales, no puede soslayarse la situación económica que atraviesa el país, consistente en un contexto de alta inflación y baja de la actividad económica, lo que implica una dificultad extrema en la estimación de los recursos del Municipio y requiere consecuentemente una definición de las partidas presupuestadas de gastos, las cuales deberán destinarse prioritariamente atender necesidades sociales y permitir además, la continuidad en la prestación de los servicios del Municipio y la realización de obras para la ciudad.
Por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1°.- Fíjese en la suma de $ 30.275.035.353,45 (pesos treinta mil doscientos setenta y cinco millones treinta y cinco mil trescientos cincuenta y tres con 45 centavos) el total de Erogaciones del Presupuesto General consolidado de la Administración Municipal para el ejercicio 2024, conforme el siguiente resumen que se desagrega analíticamente en las planillas anexas que forman parte integrante de la presente Ordenanza.
Art.2°.- Estímese en la suma de $ 30.275.035.353,45 (pesos treinta mil doscientos setenta y cinco millones treinta y cinco mil trescientos cincuenta y tres con 45 centavos) el Cálculo de Recursos consolidado destinado a atender las erogaciones a que se refiere el artículo 1º, de acuerdo con la distribución resumen que se indica a continuación y el detalle que figura en las planillas anexas que forman parte integrante de la presente Ordenanza.
Art.3°.- Como consecuencia de lo establecido en los artículos precedentes, estímese el siguiente Balance Financiero preventivo:
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M.V.T. |
I.M.P.S.V.T. |
EROGACIONES FIGURATIVAS |
TOTAL CONSOLIDADO |
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I- TOTAL DE EROGACIONES (S/Art 1) |
28.037.335.353,45 |
5.575.200.000,00 |
4.337.500.000,00 |
30.275.035.353,45 |
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II- TOTAL DE RECURSOS (S/Art. 2º) |
24.888.090.000,00 |
5.575.200.000,00 |
4.337.500.000,00 |
26.125.790.000,00 |
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III- NECESIDAD DE FINANCIAMIENTO |
4.149.245.353,45
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0,00 |
0,00 |
4.149.245.353,45 |
Art.4°.- Estímese en la suma de $ 29.037.335.353,45 (pesos veintinueve mil treinta y siete millones trescientos treinta y cinco mil trescientos cincuenta y tres con 45 centavos) el total de Erogaciones del Presupuesto General de la Administración Municipal para el ejercicio 2024, de acuerdo con el resumen que se desagrega analíticamente en las planillas anexas que forman parte integrante de la presente ordenanza.
Art.5°.- Estímese en la suma de $ 24.888.090.000,00 (pesos veinticuatro mil ochocientos ochenta y ocho millones noventa mil) el Cálculo de Recursos destinado a atender las erogaciones a que se refiere el Art. 4°, de acuerdo al detalle que figura en las planillas anexas que forman parte integrante de la presente ordenanza.
Art.6°.- Estímese en la suma de $ 4.149.245.353,45 (pesos cuatro mil ciento cuarenta y nueve millones doscientos cuarenta y cinco mil trescientos cincuenta y tres con 45 centavos) el financiamiento de la Administración Municipal, de acuerdo con la distribución que se indica a continuación y al detalle que figura en las planillas Anexas y que forman parte integrante de la presente Ordenanza.
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TOTAL CONSOLIDADO
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PARA CONSOLIDAR |
ORGANISMO DESCENTRALIZADO |
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I - APORTES NO REINTEGRABLES
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1.008.650.846,25 |
1.008.650.846,25 |
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II - USO DEL CRÉDITO
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3.140.594.507,20
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3.140.594.507,20
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TOTAL DEL FINANCIAMIENTO
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4.149.245.353,45 |
4.149.245.353,45 |
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Art.7°.- Fíjese en la suma de $ 5.575.200.000,00 (pesos cinco mil quinientos setenta y cinco millones doscientos mil) el presupuesto operativo del Instituto Municipal de Previsión Social de Venado Tuerto para el año 2024, y estímese los recursos de financiamiento destinados a atender dichas erogaciones en los siguientes importes cuya desagregación obra en planillas Anexas que forman parte de la presente Ordenanza:
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EROGACIONES |
RECURSOS Y FINANCIAMIENTO |
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INSTITUTO MUNICIPAL DE PREV. SOCIAL DE VENADO TUERTO
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5.575.200.000,00 |
5.575.200.000,00 |
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TOTALES
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5.575.200.000,00 |
5.575.200.000,00 |
Art.8°.- Dispóngase que las erogaciones a atender con fondos provenientes de subsidios otorgados por la Nación, la Provincia o Entes Autárquicos, deberán ajustarse, en cuanto a su monto y oportunidad, a las cifras realmente recaudadas o cuya recaudación esté material o legalmente asegurada dentro del ejercicio.
Art.9°.- Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a modificar el Presupuesto General incorporando las partidas necesarias o incrementando las ya previstas, cuando deba realizar erogaciones originadas por la adhesión a Leyes, Decretos y Convenios Nacionales o Provinciales en vigencia dentro del ámbito municipal. Dicha autorización estará limitada a los aportes que a tal efecto dispusieren el Gobierno Nacional o Provincial y/o entes locales, no pudiendo modificarse el Balance Financiero Preventivo.
Art.10°.- Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a hacer uso del instrumento dispuesto en el Punto 3.2.5 del texto ordenado al 27/08/2020 de las Normas sobre Financiamiento al Sector Público No Financiero del Banco Central de la República Argentina, sujeto a la observancia de las limitaciones establecidas en la Comunicación "A" 3911, sus complementarias y modificatorias, con los alcances allí dispuestos, como asimismo todo otro instrumento que estableciere el Banco Central de la República Argentina aplicable al Sector Público.
Art.11°.- Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal a modificar las erogaciones fijadas en el artículo 1°) de la presente ordenanza, en la medida en que las mismas fueren necesarias para el desenvolvimiento de los servicios, siempre y cuando el comportamiento esperado en la percepción de los recursos permita garantizar su atención y asimismo no impliquen cambios que disminuyan el cociente que determina la relación porcentual entre las erogaciones del artículo 1°) y las necesidades de financiamiento estimadas en el artículo 6° de la presente.
Art.12°.-Fíjese en la suma de $ 450.000.000,00 (pesos cuatrocientos cincuenta millones) el presupuesto del Concejo Municipal de Venado Tuerto
Art.13°.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los ocho días del mes de mayo del año dos mil veinticuatro.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: 4627-I-24
- Derogada: NO
- Vetada: NO