Ordenanza

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Visto:

La necesidad de avanzar con el mejoramiento de los caminos estratégicos de nuestro distrito y con el fin de seguir garantizando la transitabilidad de toda el área rural, y;

 

Considerando:

Que el Gobierno de la provincia de Santa Fe, a través del Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología, tiene en vigencia el “Programa Caminos de la Ruralidad”, según el decreto 1300/20.

Que el Municipio de Venado Tuerto a través de la Ordenanza 5450/21 ya ha adherido a los lineamientos establecidos mediante dicho decreto y resolución ministerial N°343/21, a los efectos de conformar en el ámbito local un sistema de asistencia técnica y económica que permita la incorporación de infraestructura productiva, con prioridad en la construcción, mejorado y/o el mantenimiento de los caminos rurales.

Que en ese contexto y a los fines de suscribir el convenio respectivo con la Provincia, para la realización de las obras pertinentes (ya sean de ripiado o de otro material previamente autorizado por la Dirección Provincial de Vialidad) sobre la red vial del distrito Venado Tuerto se faculta al intendente a firmar la documentación correspondiente.

Que se realiza esta acción, más allá de la sancionada Ordenanza Nº 5800/24 donde se faculta al intendente municipal a realizar todos los actos necesarios para la instrumentación del o los convenios y sus respectivas prórrogas y/o sus derivaciones ante la dirección provincial de vialidad, ya que creemos conveniente una autorización específica.

Que la concreción de las obras proyectadas ayudará a garantizar el mejoramiento del traslado de la producción, posibilitando la transitabilidad de los caminos y accesos, con especial énfasis en los centros educativos de la zona y demás entidades productivas vinculadas, entre otras.

Que el Departamento Ejecutivo Municipal se encuentra en condiciones operativas de ejecutar obras con equipos apropiados y personal idóneo.

Que al margen del sistema de tributación que oportunamente se determine en definitiva para financiar los costos de la construcción, mantenimiento y/o conservación de los caminos proyectados, el decreto 1300/20 invita a conformar previamente un órgano local de seguimiento y control, a los fines de que todas las obras que realice el municipio sean cotejadas junto con los productores rurales, actores productivos, educativos y la comunidad rural local involucrada.

Que creemos necesario establecer en el presente los lineamientos generales del proyecto:

1)La traza propuesta tiene una extensión total de 12.2 km y se compone de tres trayectos:

• Trayecto 1: desde Ruta 8 (continuación de Alem - 33°48'57"S 61°51'46"W) hasta Camino 353 (La Escondida) (33°50'03"S 61°53'49"W) - Total: 3.90 Km.

 • Trayecto 2: Camino 353 desde Alem (33° 50’ 02” S 6°53’48” W) hasta RP7S (33°51'52.92"S 61°57'16.44"O) Total: 6,30 km.

•Trayecto 3: Desde Camino 353 (33°50'52"S 61°55'23"W) hasta Acceso al CER N° 81 “La Escondida” (33°51'46"S 61°54'40"W) - Total: 2 km.

2)Se propone como miembros de la comisión compuesta por productores frentistas y no frentistas para la aplicación del "Programa Caminos de la Ruralidad" en el Distrito Venado Tuerto y se establece que serán funciones de la comisión las establecidas por el artículo 4 de la presente ordenanza:

Presidente: Walter Vilanova 22.704.411

Vice: Rubén Pacífico Cataldi 11.619.315 Secretario: Lucas Malpassi 31.707.546

Tesorero: Cesar Giménez 25.637.631

Revisor de cuentas: Marcos Young 22.704.129

Vocales: Marisa Vilanova 20.195.357, Clara Young 24.298.565, Sebastián Cañon 23.807.337

3) Para el mantenimiento de la traza se establece, que se llevará adelante una afectación específica de un 30% de la Tasa de Red Vial de las partidas rurales beneficiarias de dicha traza.

Que nuestra ciudad tiene una experiencia muy exitosa relacionada con los caminos rurales del distrito generando divisiones distritales para su ordenamiento y en base a la experiencia e invocando el espíritu de la ordenanza 5110/18 es que se propone que una comisión vecinal de la zona seleccionada de acuerdo a las reglamentaciones del decreto 1300/20 a efectos de contralor de tareas y movimientos contables.

Que a los efectos de la adhesión al "Programa Caminos de la Ruralidad" y de aceptación de la comisión “vecinal” y seguimiento de los trabajos de construcción, mantenimiento y/o reparación sobre los caminos rurales que se realicen bajo este programa, corresponde la emisión del acto pertinente.

Que por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

 

ORDENANZA

 

Art.1°.- Ratifíquese el proyecto destinado al mejoramiento de caminos rurales según las condiciones establecidas en el decreto 1300/20. La traza intervenida contara de una extensión total de 12.2 km y se compone de tres trayectos: • Trayecto 1: desde Ruta 8 (continuación de Alem - 33°48'57"S 61°51'46"W) hasta Camino 353 (La Escondida) (33°50'03"S 61°53'49"W) - Total: 3.90 Km – • Trayecto 2: Camino 353 desde Alem (33° 50’ 02” S 6°53’48” W) hasta RP7S (33°51'52.92"S 61°57'16.44"O) Total: 6,30 km. – • Trayecto 3: Desde Camino 353 (33°50'52"S 61°55'23"W) hasta Acceso al CER N° 81 “La Escondida” (33°51'46"S 61°54'40"W) - Total: 2 km.

 

Art.2°.- Facúltese al Señor Intendente Municipal de la ciudad de Venado Tuerto a realizar todos los actos necesarios para la instrumentación del o los convenios y sus respectivas prórrogas y/o sus derivaciones ante la Gobierno de Santa Fe en el marco del programa Caminos de la Ruralidad.

 

Art.3°.-Establézcase que las obras se ejecutarán por Administración Municipal, previa aprobación y tras la intervención de la Dirección Provincial de Vialidad. El gobierno provincial aportará la provisión de material pétreo en cantidad suficiente más flete y de parte de la administración local el aporte de mano de obra, maquinarias e insumos necesarios, acordes a las técnicas vigentes para este tipo de obras y en un todo conforme a los convenios que oportunamente se suscriban con el ente provincial.

 

Art.4°.- Desígnese como órgano de control y seguimiento para la construcción, mantenimiento y/o conservación de Caminos Rurales a la comisión vecinal establecida en los considerandos y pertenecientes a la zona de influencia y elegida acorde a los principios del programa y aceptada por este Concejo Deliberante a los efectos de asesorar a la Municipalidad, supervisar y controlar los fondos presupuestados por esta Administración y/o entregados por el Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología en el marco del "Programa Caminos de la Ruralidad" para la construcción y posterior mantenimiento y conservación de las obras y la conformación de un Plan de Trabajo conjunto, sin perjuicio de los eventuales tributos que puedan determinarse al efecto. La comisión estará conformada por: Presidente: Walter Vilanova 22.704.411, Vice: Rubén Pacífico Cataldi 11.619.315, Secretario: Lucas Malpassi 31.707.546, Tesorero: Cesar Giménez 25.637.631, Revisor de cuentas: Marcos Young 22.704.129, Vocales: Marisa Vilanova 20.195.357, Clara Young 24.298.565, Sebastián Cañon 23.807.337.

 

Art.5°.- El Departamento Ejecutivo Municipal asignará una cuenta específica a los fines de depositar los ingresos que se sustancien y se canalicen las erogaciones vinculadas con el programa “Caminos a la Ruralidad”.

 

Art.6°.- Autorícese a afectar con el fin de mantenimiento de la traza explicitada, un 30% de la Tasa de Red Vial de las partidas rurales beneficiarias.

 

Art.7°.- Comuníquese, publíquese y archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los doce días del mes de junio del año dos mil veinticuatro.


INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: 4296-I-06

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA