Ordenanza
Visto:
La Ley Nacional N.º 27.592, sancionada por el Congreso de la Nación Argentina el día 17 de noviembre de 2020, y;
Considerando:
Que cuenta con la premisa fundamental de asegurar la educación completa en ambiente, con una mirada hacia la sostenibilidad y un enfoque especial en el cambio climático, dirigido a aquellos que trabajan en el sector público.
Que el nombre de esta Ley, se debe a la figura de Yolanda Ortiz, quien fuere la primera secretaria de Recursos Naturales y Ambiente Humano de Argentina y de América Latina, designada en el año 1973.
Que la concientización destinada a aquellos que ocupan cargos en el sector público se implementa con el fin de que éstos comprendan la importancia de los temas ambientales en el desarrollo, la planificación y la ejecución de las políticas públicas.
Que se busca promover, desde la administración estatal, la creación de una Argentina que respete el medio ambiente.
Que los variados retos ambientales actuales requieren la dedicación de todas las esferas sociales, especialmente de aquellos responsables de la formulación e implementación de políticas públicas.
Que se contempla a la formación ambiental como una herramienta imprescindible, en miras a construir e impulsar un proceso que fomente valores, conocimientos y mentalidades que capaciten para tomar decisiones tanto a nivel individual como colectivo, en aras de edificar un modelo de desarrollo que sea sostenible.
Que la Provincia de Santa Fe, por intermedio de la Ley N° 14178, adhirió a la Ley Nacional N° 27592.
Que de esta forma se estableció la capacitación obligatoria en formación integral en ambiente, desarrollo sostenible y cambio climático.
Que se extiende a todas las personas que se desempeñan en la función pública en todos sus niveles y jerarquías de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial.
Que se comprende a esta Ley como una herramienta fundamental, que permite la comprensión de la importancia del cuidado del ambiente, tanto para las generaciones presentes y futuras, fomentando el entendimiento de la transversalidad de la materia y la necesidad de contemplar estas cuestiones a la hora de la proyección de políticas públicas.
Que la formación en materia ambiental resulta vital a la hora de proyectar nuestra ciudad hacia el futuro.
Que se advierte pertinente, por tanto, adherir a la Ciudad de Venado Tuerto.
Que por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1°.- Adhiérase a la Ciudad de Venado Tuerto a la Ley Provincial N° 14178, y a la Ley Nacional N° 27592, “Ley Yolanda”, que establece la capacitación obligatoria en formación integral en ambiente, desarrollo sostenible y cambio climático, para todas las personas que se desempeñan en la función pública en todos sus niveles y jerarquías de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial.
Art.2°.-Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veintiséis días del mes de junio del año dos mil veinticuatro.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: 3036-C-99
- Derogada: NO
- Vetada: NO