Ordenanza

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Visto:

 La Playa de Estacionamiento de Camiones que la Municipalidad de Venado Tuerto está ejecutando en un predio de su propiedad, situado en la Chacra 6, Manzana M, lotes 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11, y;

 

Considerando Que:

El proyecto comenzó en un terreno que encierra una superficie total de 25.106,46 m2 (veinticinco mil ciento seis metros cuadrados, cuarenta y seis decímetros cuadrados), en el que se estima podrán utilizar sus servicios unos cincuenta camiones por hectárea.

Linderos al predio municipal y conformando la misma manzana, con frente sobre Avenida Jujuy y entre la calle Manuel Alberti y la Avenida Alberto de Brouckere, se emplazan cuatro lotes que pertenecen a los señores Marcelo Daniel y Ariel Fabián Altobello, de aproximadamente 2.500 m2 (dos mil quinientos metros cuadrados) cada uno.

Con la finalidad de ampliar la capacidad operativa de la playa, se concertó una reunión con los propietarios, a quienes se ofreció formalizar una permuta con otro terreno que integra el dominio privado municipal, situado en las cercanías, que es susceptible de ser subdividido en siete lotes, cinco de ellos -con frente a calle Primera Junta- de 1.084,80 m2 (un mil ochenta y cuatro metros cuadrados ochenta decímetros cuadrados) y dos de 1.080,00 m2 (un mil ochenta metros cuadrados) cada uno, con frentes sobre calle Dr. Ángel Re e Isaac Sigal, respectivamente.

De esta manera, se incrementaría la superficie de la Playa de Estacionamiento de Camiones en 10.017,70 m2 (diez mil diecisiete metros cuadrados, setenta decímetros cuadrados), alcanzando un total de 35.123,16 m2 (treinta y cinco mil ciento veintitrés metros cuadrados, dieciséis decímetros cuadrados).

Cotizados todos los terrenos en cuestión, -tanto por tasación privada del Mart. Bruno Centarti como por la realizada por el Mart. Alejandro Prola Henkel, de la Dirección de Tierra y Hábitat- se acordó entre las partes formalizar una permuta. Esta propuesta fue convalidada por la Comisión Municipal de Tierras en reunión celebrada el 23 de setiembre de 2024, debiendo remitirse al Concejo Municipal para su autorización.

Se adjuntan croquis y tasaciones referidas, para conocimiento de los Señores Concejales.

Por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

 

ORDENANZA

 

Art.1°.- Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a formalizar un Convenio de Permuta con los señores Marcelo Daniel Altobello, DNI 20.666.851, con domicilio en General Miller 1010 de la localidad de Dorrego, provincia de Mendoza, y Ariel Fabián Altobello, DNI 16.805.519, con domicilio en P. Lascala 4150 de la ciudad de Venado Tuerto, por medio del cual ambas partes se cederán mutuamente en propiedad los lotes que se detallan en el artículo siguiente.

 

Art.2°.- a) La Municipalidad de Venado Tuerto cede en propiedad a los señores Marcelo Daniel Altobello y Ariel Fabián Altobello, una fracción de terreno baldío -parte de superficie mayor- de 7.584,00 m2 (siete mil quinientos ochenta y cuatro metros cuadrados) situada en Venado Tuerto, departamento General López, provincia de Santa Fe, situada en la zona suburbana, Chacra designada en el Plano Oficial con el número 6, Manzana E, lote s/n, identificado con Partida Impuesto Inmobiliario Nº 17-13-00-360.458/0016, partida municipal Nº 52427, según el plano registrado bajo el número 63.467/1970, (reserva municipal Nº 148), de 96,00 metros de frente por 79,00 metros de fondo, que se subdividirá en 5 (cinco) lotes de 1.084,80 m2 (un mil ochenta y cuatro metros cuadrados, ochenta decímetros cuadrados) cada uno, con frente sobre calle Primera Junta, y 2 (dos) lotes de 1.080,00 m2 (un mil ochenta metros cuadrados) cada uno, uno con frente sobre calle Dr. Ángel Re y el otro sobre calle Isaac Sigal, cuya valuación fiscal arroja un monto de $ 6.477,78 (pesos seis mil cuatrocientos setenta y siete, setenta y ocho centavos);

 b) los señores Marcelo Daniel y Ariel Fabián Altobello ceden en propiedad a la Municipalidad de Venado Tuerto cuatro fracciones de terreno baldíos situadas en la zona suburbana de la ciudad de Venado Tuerto, departamento General López, provincia de Santa Fe, parte de la Chacra 6, Manzana M, partida Impuesto Inmobiliario Nº 17-13-00-360.458/0003, cuya valuación fiscal, en conjunto, arroja la  suma de $ 11.577,52 (pesos once mil quinientos setenta y siete, cincuenta y dos centavos), identificadas de la siguiente manera:

   I) lote 1: de 2.506,77 m2 (dos mil quinientos seis metros cuadrados, setenta y siete decímetros cuadrados), Av. Jujuy Nº 2020, partida municipal Nº 52510;

   II) lote 14: de 2.500,71 m2 (dos mil quinientos metros cuadrados, setenta y un decímetros cuadrados), Av. Jujuy Nº 2040, partida municipal Nº 52523;

   III) lote 13: de 2.500,71 m2 (dos mil quinientos metros cuadrados, setenta y un decímetros cuadrados), Av. Jujuy Nº 2060, partida municipal Nº 52522;

   IV) lote 12: de 2.509,50 m2 (dos mil quinientos nueve metros cuadrados, cincuenta decímetros cuadrados), Av. Jujuy Nº 2080, partida municipal Nº 52521.

 

Art.3°.- A la fecha de firma del Contrato de Permuta las partes se obligan a entregarse mutuamente la posesión quieta, pacífica y libre de ocupantes de los inmuebles detallados en el art. 2° de la presente, así como también con las tasas o derechos municipales que les correspondieren abonados hasta esa fecha, debiendo ambas someterse al fiel cumplimiento de todo lo establecido en la presente bajo pena de rescisión.

 

Art.4°.- La Municipalidad de Venado Tuerto abonará los gastos de mensura de los lotes que entregará en propiedad a los señores Altobello, en tanto que los gastos y costos de las escrituras traslativas de los dominios que se permutan serán soportados por ambos contratantes en partes iguales.

 

Art.5°.- Comuníquese, publíquese y archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veinticinco días del mes de septiembre del año dos mil veinticuatro.


INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: 2553-C-98

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA