Ordenanza
Visto:
El pedido de vecinos/as del barrio Juan XXIII de nuestra ciudad de incorporar medidas estructurales de tránsito con el fin de reducir la velocidad en calle República de Irlanda al 1500 (desde Brown hasta calle Avellaneda) de nuestra ciudad, y;
Considerando:
Que vecinos/as del barrio Juan XXIII plantean su preocupación ante la presencia de vehículos que circulan a gran velocidad por calle República de Irlanda de nuestra ciudad y han solicitado incorporar medidas estructurales de tránsito con el fin de reducir la velocidad.
Que hemos dialogado con numerosos vecinos y vecinas quienes han compartido su creciente preocupación por la elevada cantidad de personas que transitan por la zona. Este flujo constante de peatones, combinado con la circulación de vehículos a alta velocidad genera un ambiente de inseguridad que debe ser abordado.
Que la calle República de Irlanda desde la calle Newbery hasta la calle Dimmer es una de las principales arterias del barrio Bernardino Rivadavia y Juan XVIII. Es de público conocimiento que esta vía cuenta con gran flujo de personas que se desplazan tanto en vehículos particulares (autos, motocicletas, bicicletas, camionetas) como en vehículos comerciales de gran porte (camiones, con y sin acoplados).
Que es importante destacar que dicha calle conecta tres barrios importantes de la zona noroeste de nuestra ciudad, los barrios Rivadavia, Juan XXIII y El Cruce.
Que además en la intersección solicitada es fundamental incorporar medidas estructurales con el objetivo de establecer un orden de tránsito, en dicho lugar se encuentra el Club Sacachispa. Este espacio alberga diversos eventos deportivos durante la semana y los fines de semana. Muchos niños y niñas asisten diariamente a las prácticas, junto con docentes y público en general, lo que incrementa la afluencia de personas en el barrio.
Que entendemos que los dispositivos estructurales utilizados para reducir la velocidad son fundamentales para garantizar un entorno urbano seguro para peatones, ciclistas y conductores, proteger vidas, promover una convivencia pacífica y mejorar el flujo vehicular de nuestra ciudad.
Que es de importancia implementar estas medidas que no solo contribuyen a un reordenamiento eficiente del tránsito, sino que también mejora la calidad de vida a los vecinos del barrio Juan XXIII al reducir los riesgos asociados con los siniestros viales.
Que por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1°.- Dispóngase la implementación de un reductor de velocidad en la calle República de Irlanda al 1500 (desde Brown hasta calle Avellaneda) de nuestra ciudad.
Art.2°.- Colóquese la señalética vial correspondiente.
Art.3°.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los treinta días del mes de octubre del año dos mil veinticuatro.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: 4136-C-04
- Derogada: NO
- Vetada: NO