Ordenanza
Visto:
La conveniencia de implementar en la ciudad de Venado Tuerto un plan estratégico e integral, a más de veinte años del Plan General de la ciudad;
La importancia de contar con un instrumento de planificación dinámico y flexible dados los cambios socioterritoriales, culturales, económicos, tecnológicos y productivos;
La necesidad de contar con un instrumento actualizado que delinee el rumbo de la ciudad en el mediano y largo plazo, y;
Considerando Que:
En las dos décadas transcurridas, la ciudad ha tenido un gran crecimiento urbano y Venado Tuerto se está consolidando como una ciudad intermedia, afianzando su rol como polo educativo, de salud y de servicios en la región.
Asimismo, a nivel global ha cambiado el paradigma de vida urbana hacia formas más sostenibles y resilientes, en el marco de los objetivos de Desarrollo Sostenible; también se han transformado las formas de producir, debido a las innovaciones tecnológicas y presentándose así, oportunidades de innovar para la ciudad.
Por otra parte, las formas de participación y gestión multiactoral se han expandido en los gobiernos locales en Argentina en pos de generar consensos; es por ello que resulta importante institucionalizar el trabajo realizado a través de un proceso participativo con las instituciones, ciudadanía, infancias y juventudes de la ciudad que delinea los ejes, líneas de acción y proyectos para el desarrollo de la ciudad.
Para alcanzar los objetivos establecidos en el Plan Estratégico se promueve un modelo de gestión asociada que sea participativo, abierto y pluralista, que integre a actores con diversas visiones, intereses y capacidades en la implementación y gestión del desarrollo estratégico del Municipio.
Debe destacarse que la sociedad civil desempeñó un papel fundamental al contribuir con sus visiones, miradas, deseos e intereses, a través de talleres participativos, encuestas y entrevistas, en un marco de diálogo y consenso, con todos los actores del Comité Promotor, el Equipo Consultivo y la ciudadanía.
Por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1°.- Aprobación:
Apruébese el Plan Estratégico Participativo Venado Tuerto 2034 presentado a la ciudadanía en el Salón de actos de la Asociación Española de Venado Tuerto el día 25 de abril de 2024, cuyo texto se adjunta como Anexo a la presente.
Art.2°.- Implementación:
Dispóngase la constitución de:
1- Equipo Ejecutivo, integrado por dos Coordinadores y un Equipo de Trabajo, designados por el Departamento Ejecutivo Municipal;
2- Comité Promotor, integrado por todas las instituciones intermedias, organizaciones de la sociedad civil, tercer sector, que participaron del proceso del Plan Estratégico Participativo y aquellas interesadas en sumarse a su implementación.
Art.3°,- Responsabilidades del Equipo Ejecutivo:
a) adoptar todas las medidas necesarias para la implementación de las Políticas Públicas establecidas en el Plan;
b) presentar anualmente un informe al Concejo Municipal rindiendo cuentas de los avances logrados y objetivos propuestos para los dos siguientes semestres.
Art.4°.- Responsabilidades del Comité Promotor:
Realizar el seguimiento de los distintos proyectos; las instituciones afines a las distintas temáticas intervendrán directamente, y deberán garantizar la ejecución de las decisiones estratégicas del P.E.P.
Art.5°.- Participación del Concejo Municipal:
El Concejo Municipal funcionará como un órgano asociado al P.E.P., que podrá designar a la cantidad de sus miembros que estime necesarios, garantizando la representación de todos los bloques para participar de las instancias de implementación y seguimiento de los distintos proyectos
Art.6°.- Recursos y Apoyo:
El Departamento Ejecutivo Municipal destinará los medios necesarios para la implementación y seguimiento del Plan Estratégico Participativo.
Art.7°.- Funcionamiento:
El Consejo Promotor del P.E.P. funcionará en el ámbito del Palacio Municipal o donde así lo designare el Departamento Ejecutivo Municipal.
Art.8°.- Comisiones de Trabajo:
El departamento Ejecutivo Municipal podrá crear Comisiones de Trabajo orientadas a temas particulares del Plan Estratégico Participativo.
Art.9°.- Reglamentación:
El Departamento Ejecutivo Municipal dictará los decretos reglamentarios que fueren necesarios para el cumplimiento efectivo de los objetivos de la presente ordenanza.
Art.10°.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veinte días del mes de noviembre del año dos mil veinticuatro.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: 2509-I-98
- Derogada: NO
- Vetada: NO