Ordenanza
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La conveniencia de ceder un predio al Gobierno Provincial que se destine a la construcción de la Escuela Provincial de Arte Nº 3 y el Instituto de Educación Superior Nº 7; la Ordenanza Nº 5112/2019,y;
Considerando Que:
Oportunamente, el Municipio de Venado Tuerto donó a favor del Superior Gobierno de la provincia de Santa Fe con afectación al Ministerio de Educación un inmueble de su propiedad, situado en el Barrio San Vicente, de 2.019,82 metros cuadrados de superficie total, identificado como Reserva Municipal Nº 105 B, en el que se construiría el edificio de la Escuela Provincial y el Profesorado de Arte.
Por motivos ajenos a las actuales Administraciones provincial y local no se dio inicio a las tareas de construcción, manteniéndose el predio cedido en carácter de baldío.
Las nuevas autoridades santafesinas han decidido la construcción de un edificio no sólo para la Escuela Provincial de Arte Nº 3, sino también para el Instituto de Educación Superior Nº 7, que desde su creación -en 1965- desarrolla sus actividades en el inmueble de la Escuela Rosa Turner de Estrugamou.
A tales efectos el Municipio de Venado Tuerto cuenta con un lote de dimensiones acordes con las necesidades de ambas instituciones educativas -más de seis mil metros cuadrados de superficie-, que fuera adquirido por permuta a sus propietarios (Ordenanza Nº 5395/2021), precisamente por estar emplazado en las que el Plan de Desarrollo Territorial de Venado Tuerto define como Zona No Urbanizable -ZNU- Zonas de Áreas Verdes Recreativas -ZVR-, plazas y espacios abiertos al público, plazoletas, parques, clubes e instituciones, y por tal motivo, fue incorporado al dominio público municipal.
En la convicción de que el fin perseguido de realizar un aporte a la Educación, entendida como una herramienta fundamental para la transformación de la realidad social, es suficiente para promover un cambio en los parámetros urbanísticos y permitir la construcción del edificio -el que, a su vez, quedará rodeado de espacios verdes- es que se propone la cesión gratuita del lote en cuestión.
Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1°.- Dispóngase la donación, a favor del Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe, con afectación al Ministerio de Educación, el inmueble de propiedad de la Municipalidad de Venado Tuerto, que integra el dominio público del Estado y que a continuación se describe: Lote B, del plano inscripto al Nº 115.812/1984, ubicado en la Chacra 65 del Plano Oficial de la ciudad, de medidas irregulares, situado en la esquina de calles 2 de Abril (ex Inglaterra) y 3 de Febrero, que encierra una superficie total de 6.756,69 m2 (seis mil setecientos cincuenta y seis metros cuadrados, sesenta y nueve decímetros cuadrados), partida Impuesto Inmobiliario Nº 17-13-00-860394/0005, partida municipal Nº 26898, para la construcción del edificio de la Escuela Provincial de Arte Nº 3 y el Instituto de Educación Superior Nº 7.
Art.2°.-Exceptúese, respecto del lote individualizado en el artículo 2, de la prohibición de urbanización dispuesta por el Plan de Desarrollo Territorial de la ciudad de Venado Tuerto, desafectándolo, asimismo, del dominio público municipal.
Art.3°.-Deróguese la Ordenanza Nº 5112/2019, recuperando el Municipio de Venado Tuerto la posesión plena del inmueble desde la promulgación de la presente ordenanza.
Art.4°.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los doce días del mes de marzo del año dos mil veinticinco.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: 4420-C-08 - 4150-C-04
- Derogada: NO
- Vetada: NO