Ordenanza

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Visto:
La necesidad de contar con el instrumento legal presupuestario que regule el ordenamiento administrativo para el año 2025, de conformidad con las disposiciones legales vigentes, y;
Considerando Que:
Corresponde en consecuencia elevar para su consideración, en cumplimiento de las disposiciones de la Ley Orgánica de Municipalidades (Ley 2.756), el Presupuesto General de Gastos e Inversiones y Cálculo de Recursos, de acuerdo a los criterios solicitados oportunamente por ese Cuerpo Deliberativo.
El Proyecto de Presupuesto contiene la estimación de Recursos y la correspondiente asignación de los Gastos, poniendo de manifiesto su importancia fundamental, tanto desde el punto de vista de la transparencia de la gestión de gobierno, como su empleo como herramienta de política económica y social, y de previsibilidad para el resto de los actores económicos.
Se trata, además, del instrumento que permite programar la ejecución en función de los objetivos principales de la gestión, como así el control que garantice ese cumplimiento.
Para la formulación del Proyecto de Presupuesto que se remite, se han tomado en consideración las variables macroeconómicas que surgen del análisis de la situación general de nuestro país y en particular de nuestra región.
Finalmente corresponde dejar constancia que la presente Ordenanza es votada por la afirmativa por los Señores Concejales Pellegrini, Meardi, Meinero, Di Pizio, Jordán, Barbey , Giacometti,Taddia y Ruiz y por la negativa por el Señor Concejal Roma.
Por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
 
ORDENANZA
 
Art.1°.- Fíjese en la suma de $ 59.014.077.251,83 (pesos cincuenta y nueve mil catorce millones setenta y siete mil doscientos cincuenta y uno con 83 centavos) el total de Erogaciones del Presupuesto General consolidado de la Administración Municipal para el ejercicio 2025, conforme el siguiente resumen que se desagrega analíticamente en las planillas anexas que forman parte integrante de la presente Ordenanza.  
 
Art.2°.- Estímese en la suma de $ 59.014.077.251,83 (pesos cincuenta y nueve mil catorce millones setenta y siete mil doscientos cincuenta y uno con 83 centavos) el Cálculo de Recursos consolidado destinado a atender las erogaciones a que se refiere el artículo 1º, de acuerdo con la distribución resumen que se indica a continuación y el detalle que figura en las planillas anexas que forman parte integrante de la presente Ordenanza.
 
Art.3°.- Como consecuencia de lo establecido en los artículos precedentes, estímese el siguiente Balance Financiero preventivo:
 
 
M.V.T.
I.M.P.S.V.T.
EROGACIONES FIGURATIVAS
TOTAL CONSOLIDADO
I- TOTAL DE EROGACIONES (S/Art 1)
55.338.077.251,83
9.558.000.000,00
5.882.000.000,00
59.014.077.251,83
II- TOTAL DE RECURSOS 
(S/Art. 2º)
44.516.450.000,00
9.558.000.000,00
5.882.000.000,00
48.192.450.000,00
III- NECESIDAD DE FINANCIAMIENTO
  10.821.627.251,83
 
                  0,00
                  0,00
10.821.627.251,83
 
 
Art.4°.- Estímese en la suma de $ 55.338.077.251,83 (pesos cincuenta y cinco mil trescientos treinta y ocho millones setenta y siete mil doscientos cincuenta y uno con 83 centavos) el total de Erogaciones del Presupuesto General de la Administración Municipal para el ejercicio 2025, de acuerdo con el resumen que se desagrega analíticamente en las planillas anexas que forman parte integrante de la presente ordenanza.
 
Art.5°.-Estímese en la suma de $ 44.516.450.000,00 (pesos cuarenta y cuatro mil quinientos dieciséis millones cuatrocientos cincuenta mil) el Cálculo de Recursos destinado a atender las erogaciones a que se refiere el Art. 4°, de acuerdo al detalle que figura en las planillas anexas que forman parte integrante de la presente ordenanza.
 
Art.6°.- Estímese en la suma de $ 10.821.627.251,83 (pesos diez mil ochocientos veintiún millones seiscientos veintisiete mil doscientos cincuenta y uno con 83 centavos) el financiamiento de la Administración Municipal, de acuerdo con la distribución que se indica a continuación y al detalle que figura en las planillas Anexas y que forman parte integrante de la presente Ordenanza.
 
 
 
 
TOTAL CONSOLIDADO
 
PARA CONSOLIDAR
ORGANISMO DESCENTRALIZADO
 
IAPORTES NO REINTEGRABLES
 
     2.911.589.896,73
    2.911.589.896,73
 
 
II - USO DEL CRÉDITO
 
 
     7.910.037.355,10
 
 
    7.910.037.355,10
 
 
 
TOTAL DEL FINANCIAMIENTO
 
    10.821.627.251,83
  10.821.627.251,83
 
 
 
Art.7°.- Fíjese en la suma de $ 9.558.000.000,00 (pesos nueve mil quinientos cincuenta y ocho millones) el presupuesto operativo del Instituto Municipal de Previsión Social de Venado Tuerto para el año 2025, y estímese los recursos de financiamiento destinados a atender dichas erogaciones en los siguientes importes cuya desagregación obra en planillas Anexas que forman parte de la presente Ordenanza:
 
 
 
EROGACIONES
RECURSOS Y  FINANCIAMIENTO
 
INSTITUTO MUNICIPAL DE PREV. SOCIAL DE VENADO TUERTO
 
 
 
9.558.000.000,00
 
 
9.558.000.000,00
 
TOTALES
 
 
9.558.000.000,00
 
9.558.000.000,00
 
 
Art.8°.-Dispóngase que las erogaciones a atender con fondos provenientes de subsidios otorgados por la Nación, la Provincia o Entes Autárquicos, deberán ajustarse, en cuanto a su monto y oportunidad, a las cifras realmente recaudadas o cuya recaudación esté material o legalmente asegurada dentro del ejercicio.
 
Art.9°.-Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a modificar el Presupuesto General incorporando las partidas necesarias o incrementando las ya previstas, cuando deba realizar erogaciones originadas por la adhesión a Leyes, Decretos y Convenios Nacionales o Provinciales en vigencia dentro del ámbito municipal. Dicha autorización estará limitada a los aportes que a tal efecto dispusieren el Gobierno Nacional o Provincial y/o entes locales, no pudiendo modificarse el Balance Financiero Preventivo.
 
Art.10°.- Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a hacer uso del instrumento dispuesto en el Punto 3.2.5 del texto ordenado al 27/08/2020 de las Normas sobre Financiamiento al Sector Público No Financiero del Banco Central de la República Argentina, sujeto a la observancia de las limitaciones establecidas en la Comunicación "A" 3911, sus complementarias y modificatorias, con los alcances allí dispuestos, como asimismo todo otro instrumento que estableciere el Banco Central de la República Argentina aplicable al Sector Público.
 
Art.11°.- Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal a modificar las erogaciones fijadas en el artículo 1°) de la presente ordenanza, en la medida en que las mismas fueren necesarias para el desenvolvimiento de los servicios, siempre y cuando el comportamiento esperado en la percepción de los recursos permita garantizar su atención y asimismo no impliquen cambios que disminuyan el cociente que determina la relación porcentual entre las erogaciones del artículo 1°) y las necesidades de financiamiento estimadas en el artículo 6° de la presente.
 
Art.12°.- Fíjese en la suma de $ 870.000.000,00 (pesos ochocientos setenta millones) el presupuesto del Concejo Municipal de Venado Tuerto.
 
Art.13°.- Comuníquese, publíquese y archívese.
 
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los nueve días del mes de abril del año dos mil veinticinco.

INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: 4632-I-25

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA
ANEXO Ordenanza N 5929-25.docx