Ordenanza
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Visto:
La
necesidad de contar con el instrumento legal presupuestario que regule el
ordenamiento administrativo para el año 2025, de conformidad con las
disposiciones legales vigentes, y;
Considerando
Que:
Corresponde en consecuencia elevar para su consideración, en
cumplimiento de las disposiciones de la Ley Orgánica de Municipalidades (Ley
2.756), el Presupuesto General de Gastos e Inversiones y Cálculo de Recursos,
de acuerdo a los criterios solicitados oportunamente por ese Cuerpo
Deliberativo.
El Proyecto de Presupuesto contiene
la estimación de Recursos y la correspondiente asignación de los Gastos, poniendo
de manifiesto su importancia fundamental, tanto desde el punto de vista de la
transparencia de la gestión de gobierno, como su empleo como herramienta de
política económica y social, y de previsibilidad para el resto de los actores
económicos.
Se trata, además, del instrumento
que permite programar la ejecución en función de los objetivos principales de
la gestión, como así el control que garantice ese cumplimiento.
Para la formulación del Proyecto de
Presupuesto que se remite, se han tomado en consideración las variables
macroeconómicas que surgen del análisis de la situación general de nuestro país
y en particular de nuestra región.
Finalmente
corresponde dejar constancia que la presente Ordenanza es votada por la
afirmativa por los Señores Concejales Pellegrini, Meardi, Meinero, Di Pizio,
Jordán, Barbey , Giacometti,Taddia y Ruiz y por la negativa por el Señor
Concejal Roma.
Por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de
sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1°.- Fíjese
en la suma de $ 59.014.077.251,83 (pesos cincuenta y nueve mil catorce millones
setenta y siete mil doscientos cincuenta y uno con 83 centavos) el total de
Erogaciones del Presupuesto General consolidado de la Administración Municipal
para el ejercicio 2025, conforme el siguiente resumen que se desagrega
analíticamente en las planillas anexas que forman parte integrante de la
presente Ordenanza.
Art.2°.- Estímese en la suma de $ 59.014.077.251,83 (pesos cincuenta y nueve mil
catorce millones setenta y siete mil doscientos cincuenta y uno con 83
centavos) el Cálculo de Recursos consolidado destinado a atender las
erogaciones a que se refiere el artículo 1º, de acuerdo con la distribución
resumen que se indica a continuación y el detalle que figura en las planillas
anexas que forman parte integrante de la presente Ordenanza.
Art.3°.-
Como consecuencia de lo establecido en los artículos precedentes, estímese el
siguiente Balance Financiero preventivo:
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M.V.T.
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I.M.P.S.V.T.
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EROGACIONES FIGURATIVAS
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TOTAL CONSOLIDADO
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I- TOTAL DE EROGACIONES (S/Art
1)
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55.338.077.251,83
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9.558.000.000,00
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5.882.000.000,00
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59.014.077.251,83
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II- TOTAL DE RECURSOS
(S/Art.
2º)
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44.516.450.000,00
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9.558.000.000,00
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5.882.000.000,00
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48.192.450.000,00
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III- NECESIDAD DE FINANCIAMIENTO
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10.821.627.251,83
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0,00
|
0,00
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10.821.627.251,83
|
Art.4°.- Estímese
en la suma de $ 55.338.077.251,83 (pesos cincuenta y cinco mil trescientos
treinta y ocho millones setenta y siete mil doscientos cincuenta y uno con 83
centavos) el total de Erogaciones del Presupuesto General de la Administración
Municipal para el ejercicio 2025, de acuerdo con el resumen que se desagrega
analíticamente en las planillas anexas que forman parte integrante de la presente
ordenanza.
Art.5°.-Estímese en
la suma de $ 44.516.450.000,00 (pesos cuarenta y cuatro mil quinientos
dieciséis millones cuatrocientos cincuenta mil) el Cálculo de Recursos
destinado a atender las erogaciones a que se refiere el Art. 4°, de acuerdo al
detalle que figura en las planillas anexas que forman parte integrante de la
presente ordenanza.
Art.6°.- Estímese
en la suma de $ 10.821.627.251,83 (pesos diez mil ochocientos veintiún millones
seiscientos veintisiete mil doscientos cincuenta y uno con 83 centavos) el
financiamiento de la Administración Municipal, de acuerdo con la distribución
que se indica a continuación y al detalle que figura en las planillas Anexas y
que forman parte integrante de la presente Ordenanza.
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TOTAL CONSOLIDADO
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PARA CONSOLIDAR
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ORGANISMO DESCENTRALIZADO
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IAPORTES NO REINTEGRABLES
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2.911.589.896,73
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2.911.589.896,73
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II - USO DEL CRÉDITO
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7.910.037.355,10
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7.910.037.355,10
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TOTAL DEL FINANCIAMIENTO
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10.821.627.251,83
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10.821.627.251,83
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Art.7°.- Fíjese en
la suma de $ 9.558.000.000,00 (pesos nueve mil quinientos cincuenta y ocho
millones) el presupuesto operativo del Instituto Municipal de Previsión Social
de Venado Tuerto para el año 2025, y estímese los recursos de financiamiento
destinados a atender dichas erogaciones en los siguientes importes cuya
desagregación obra en planillas Anexas que forman parte de la presente
Ordenanza:
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EROGACIONES
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RECURSOS Y FINANCIAMIENTO
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INSTITUTO MUNICIPAL DE PREV. SOCIAL DE VENADO TUERTO
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9.558.000.000,00
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9.558.000.000,00
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TOTALES
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9.558.000.000,00
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9.558.000.000,00
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Art.8°.-Dispóngase
que las erogaciones a atender con fondos provenientes de subsidios otorgados
por la Nación, la Provincia o Entes Autárquicos, deberán ajustarse, en cuanto a
su monto y oportunidad, a las cifras realmente recaudadas o cuya recaudación
esté material o legalmente asegurada dentro del ejercicio.
Art.9°.-Autorícese
al Departamento Ejecutivo Municipal a modificar el Presupuesto General
incorporando las partidas necesarias o incrementando las ya previstas, cuando
deba realizar erogaciones originadas por la adhesión a Leyes, Decretos y
Convenios Nacionales o Provinciales en vigencia dentro del ámbito municipal.
Dicha autorización estará limitada a los aportes que a tal efecto dispusieren
el Gobierno Nacional o Provincial y/o entes locales, no pudiendo modificarse el
Balance Financiero Preventivo.
Art.10°.- Autorícese
al Departamento Ejecutivo Municipal a hacer uso del instrumento dispuesto en el
Punto 3.2.5 del texto ordenado al 27/08/2020 de las Normas sobre Financiamiento
al Sector Público No Financiero del Banco Central de la República Argentina,
sujeto a la observancia de las limitaciones establecidas en la Comunicación
"A" 3911, sus complementarias y modificatorias, con los alcances allí
dispuestos, como asimismo todo otro instrumento que estableciere el Banco
Central de la República Argentina aplicable al Sector Público.
Art.11°.- Facúltese
al Departamento Ejecutivo Municipal a modificar las erogaciones fijadas en el
artículo 1°) de la presente ordenanza, en la medida en que las mismas fueren
necesarias para el desenvolvimiento de los servicios, siempre y cuando el
comportamiento esperado en la percepción de los recursos permita garantizar su
atención y asimismo no impliquen cambios que disminuyan el cociente que
determina la relación porcentual entre las erogaciones del artículo 1°) y las
necesidades de financiamiento estimadas en el artículo 6° de la presente.
Art.12°.- Fíjese en
la suma de $ 870.000.000,00 (pesos ochocientos setenta millones) el presupuesto
del Concejo Municipal de Venado Tuerto.
Art.13°.- Comuníquese,
publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo
Municipal de Venado Tuerto, a los nueve días del mes de abril del año dos mil veinticinco.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: 4632-I-25
- Derogada: NO
- Vetada: NO