Ordenanza
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Visto:
La propuesta de permuta de dos inmuebles formulada
oportunamente por las autoridades del Club de Caza, Pesca y Náutica Venadense
(exp. 201279/D2018, de fecha 14-12-18) al Departamento Ejecutivo Municipal; el
Contrato de Comodato suscripto entre las partes el 13-08-20; el acuerdo al que
arribaran ambas partes, y;
Considerando
Que:
Dado que el inmueble pretendido
por el club se encuentra ubicado en la zona categorizada como “Área Recreativa
Norte”, -que, por sus características topográficas es inundable y, por ende, se
ha dispuesto sobre la misma la prohibición de realizar construcciones
definitivas y su retiro del mercado inmobiliario privado- resultó imposible
formalizar la permuta proyectada.
No obstante, y teniendo en
cuenta que el inmueble de propiedad de esa entidad es de interés del Municipio,
por sus dimensiones y emplazamiento, a los fines de su aplicación al Programa
Nuestro Terreno, en un primer momento, transcurriendo el año 2020, se acordó
con el club la firma de un contrato de comodato sobre el lote municipal, cuyo
vencimiento operó en el pasado mes de agosto.
Luego de varias reuniones
mantenidas con los socios, se arribó a la posibilidad de concertar un Convenio,
por el cual la Municipalidad de Venado Tuerto le otorgará un Permiso de Uso de
carácter gratuito sobre el predio situado en el AReN, mientras el club continúe
con las actividades deportivas y sociales que desarrolla.
En contraprestación, el club
transferirá al Municipio el dominio de su actual predio, situado en Av. A.
Pinto Lucero 760 y 780, para que se subdivida y se lo destine a planes sociales
como el mencionado más arriba o algún otro de similares características.
El acuerdo al que se arribara
quedó supeditado a la aprobación de los socios -que deberán celebrar a esos
efectos una Asamblea Extraordinaria-, de la Inspección de Personas Jurídicas de
la provincia de Santa Fe -que deberá autorizar que el club se desprenda de una
muy importante porción de su patrimonio-, en tanto el Departamento Ejecutivo
deberá recabar la correspondiente autorización por parte de ese Concejo
Municipal, remitiéndose el presente a tales efectos.
Por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de
sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1°.- Autorícese al Departamento
Ejecutivo Municipal a suscribir con las autoridades del Club de Caza, pesca y
Náutica Venadense un Convenio por medio del cual el Municipio otorgará Permiso
de Uso sobre un inmueble emplazado en el Área Recreativa Norte y el Club cederá
en propiedad al Estado Municipal dos lotes, cuyo texto se adjunta al presente
en carácter de Anexo.
Art.2°.- Déjese expresa constancia de que,
si el Club de Caza, Pesca y Náutica Venadense no obtuviere la conformidad de la
Asamblea Extraordinaria y/o la autorización de la Inspección General de
Personas Jurídicas de la provincia de Santa Fe, la autorización otorgada en el
artículo precedente quedará sin efecto alguno, sin necesidad de declaración a
su respecto.
Art.3°.- El Club
sujeto de la presente Ordenanza deberá respetar las Ordenanzas de convivencia
vigentes, y estar adecuado a las normativas provinciales y
nacionales existentes.
Art.4°.- Comuníquese,
publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo
Municipal de Venado Tuerto, a los veintitrés días del mes de abril del año dos
mil veinticinco.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: 2731-C-98 1891-C-96
- Derogada: NO
- Vetada: NO