Ordenanza

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Visto:
La propuesta de permuta de dos inmuebles formulada oportunamente por las autoridades del Club de Caza, Pesca y Náutica Venadense (exp. 201279/D2018, de fecha 14-12-18) al Departamento Ejecutivo Municipal; el Contrato de Comodato suscripto entre las partes el 13-08-20; el acuerdo al que arribaran ambas partes, y;
 
Considerando Que:
Dado que el inmueble pretendido por el club se encuentra ubicado en la zona categorizada como “Área Recreativa Norte”, -que, por sus características topográficas es inundable y, por ende, se ha dispuesto sobre la misma la prohibición de realizar construcciones definitivas y su retiro del mercado inmobiliario privado- resultó imposible formalizar la permuta proyectada.
No obstante, y teniendo en cuenta que el inmueble de propiedad de esa entidad es de interés del Municipio, por sus dimensiones y emplazamiento, a los fines de su aplicación al Programa Nuestro Terreno, en un primer momento, transcurriendo el año 2020, se acordó con el club la firma de un contrato de comodato sobre el lote municipal, cuyo vencimiento operó en el pasado mes de agosto.
Luego de varias reuniones mantenidas con los socios, se arribó a la posibilidad de concertar un Convenio, por el cual la Municipalidad de Venado Tuerto le otorgará un Permiso de Uso de carácter gratuito sobre el predio situado en el AReN, mientras el club continúe con las actividades deportivas y sociales que desarrolla.
En contraprestación, el club transferirá al Municipio el dominio de su actual predio, situado en Av. A. Pinto Lucero 760 y 780, para que se subdivida y se lo destine a planes sociales como el mencionado más arriba o algún otro de similares características.
El acuerdo al que se arribara quedó supeditado a la aprobación de los socios -que deberán celebrar a esos efectos una Asamblea Extraordinaria-, de la Inspección de Personas Jurídicas de la provincia de Santa Fe -que deberá autorizar que el club se desprenda de una muy importante porción de su patrimonio-, en tanto el Departamento Ejecutivo deberá recabar la correspondiente autorización por parte de ese Concejo Municipal, remitiéndose el presente a tales efectos.
Por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
 
ORDENANZA
 
Art.1°.- Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir con las autoridades del Club de Caza, pesca y Náutica Venadense un Convenio por medio del cual el Municipio otorgará Permiso de Uso sobre un inmueble emplazado en el Área Recreativa Norte y el Club cederá en propiedad al Estado Municipal dos lotes, cuyo texto se adjunta al presente en carácter de Anexo.
 
Art.2°.- Déjese expresa constancia de que, si el Club de Caza, Pesca y Náutica Venadense no obtuviere la conformidad de la Asamblea Extraordinaria y/o la autorización de la Inspección General de Personas Jurídicas de la provincia de Santa Fe, la autorización otorgada en el artículo precedente quedará sin efecto alguno, sin necesidad de declaración a su respecto.
 
Art.3°.- El Club sujeto de la presente Ordenanza deberá respetar las Ordenanzas de convivencia vigentes,  y  estar adecuado a las normativas provinciales y nacionales existentes.
 
Art.4°.- Comuníquese, publíquese y archívese.
 
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veintitrés días del mes de abril del año dos mil veinticinco.

INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: 2731-C-98 1891-C-96

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA
ANEXO Ordenanza N 5931-25.docx