Ordenanza
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Visto:
El
pedido de vecinos del barrio Rene G. Favaloro de incorporar medidas
estructurales de tránsito con el fin de reducir la velocidad en calle Dr.
Esteban Maradona del 00 al 500 de nuestra ciudad entre Av. Santa Fe y Chaco, y;
Considerando:
Que los vecinos y vecinas del barrio Rene G. Favaloro han manifestado
su preocupación ante la circulación de vehículos que transitan a excesiva
velocidad por la calle Dr. Esteban Maradona del 00 al 500 de nuestra ciudad.
Esta situación no solo pone en riesgo la integridad de quienes la utilizan,
sino que también afecta la calidad de vida de todos los habitantes del barrio.
Que es necesario implementar medidas estructurales de reducción de
velocidad en dicha cuadra, debido a la presencia de un establecimiento
deportivo donde se realizan actividades de fútbol. Estas instalaciones atraen a
una gran cantidad de personas, lo que genera preocupación entre los vecinos por
el aumento del tránsito y la seguridad en la zona.
Que entendemos que los dispositivos estructurales utilizados para
reducir la velocidad son fundamentales para garantizar un entorno urbano seguro
para peatones, ciclistas y conductores. Proteger vidas, promover una
convivencia pacífica y mejorar el flujo vehicular en nuestra ciudad son
objetivos que debemos perseguir de manera decidida.
Que es de importancia implementar estas medidas que, no solo contribuyen
a un reordenamiento eficiente del tránsito en nuestra ciudad, sino que también
mejora la calidad de vida a los vecinos del barrio Bernardino Rene G. Favaloro
al reducir los riesgos asociados con los siniestros viales.
Que por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso
de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1°.- Solicítese
la implementación de medidas estructurales de tránsito con el fin de reducir la
velocidad en calle Dr. Esteban Maradona del 00 al 500 entre Av. Santa Fe y
Chaco de nuestra ciudad.
Art.2°.-Arbítrese
los medios necesarios para la incorporación de la señalética de tránsito
preventiva en la calle anteriormente mencionada.
Art.3°.- Comuníquese,
publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo
Municipal de Venado Tuerto, a los veintiún días del mes de mayo del año dos mil
veinticinco.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: 4136-C-04
- Derogada: NO
- Vetada: NO