Ordenanza

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Visto:
La necesidad de garantizar el acceso al servicio de gas natural a vecinos de distintos sectores de la ciudad, especialmente en aquellas zonas donde aún no se cuenta con la infraestructura adecuada para su provisión, y;
Considerando Que:
La ciudad atraviesa un proceso sostenido de crecimiento y expansión territorial, con nuevos loteos, barrios y desarrollos urbanísticos que requieren servicios esenciales para su consolidación.
El acceso al suministro de gas natural constituye un derecho básico que mejora la calidad de vida de los habitantes, reduce costos energéticos y contribuye al cuidado del ambiente.
A tales efectos, fueron presentados por parte de la administración pública proyectos de ejecución de las redes de gas en los barrios: Villa Casey, El Cruce, Pedro Iturbide, Malvinas Argentinas. Todos ellos de la ciudad de Venado Tuerto, ante la prestadora de servicio, Litoral Gas S.A, los que obtuvieron sus correspondientes aprobaciones y se designaron con las identificaciones: P/VT/24/086, P/VT/24/091, P/VT/25/043, P/VT/25/052. Se ha estimado adecuado darle curso favorable, en el entendimiento que de redundará en el mejoramiento de la calidad de vida de los ciudadanos que se verán beneficiados con la extensión de la red de gas.
Como Concejales de la ciudad, estamos persuadidos de que esta clase de obras implican una mejora sustancial que repercute en una mejor calidad de vida para los vecinos y una revalorización del barrio en general. Una obra que contribuye en la economía familiar, la comodidad de contar con un servicio por red permitiendo el abastecimiento continuo y fundamentalmente en la seguridad de los vecinos.
Por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
 
ORDENANZA
Art.1°.- Declárese de interés público y pago obligatorio las obras de red de gas que se realizarán en los proyectos emitidos por ante la firma Litoral Gas. S.A, que a continuación se detallan:
 
PROYECTOS
BARRIOS
METROS
LINEALES
CALLES INVOLUCRADOS
P/VT/24/086
Villa Casey
32
Cobeñas  (Ex37) e/ Chapuis y
Moreno.
P/VT/24/091
El Cruce
77
República    de   Irlanda   e/    Sinclair    y
Jauretche.
P/VT/25/043
Pedro Iturbide
260
Tucumán e/ Gaspar di Martino y Vuelta
de Obligado.
P/VT/25/052
Malvinas
Argentinas
101
España e/ Huhn y Lussenhoff.

Art.2°.-Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a la ejecución de la obra mencionada en el artículo precedente de acuerdo con las normas vigentes.
Art.3°.-Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a emitir y percibir el cobro de la contribución de mejoras según la Ordenanza 4340/2013, al precio establecido en las reglamentaciones vigentes
 
Art.4°.- Comuníquese, publíquese y archívese.
 
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veintitrés días del mes de julio del año dos mil veinticinco.

INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: 3853-V-02

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA