Ordenanza
Starter Section
Visto:
La necesidad de garantizar el acceso al servicio de gas natural a
vecinos de distintos sectores de la ciudad, especialmente en aquellas zonas
donde aún no se cuenta con la infraestructura adecuada para su provisión, y;
Considerando
Que:
La ciudad atraviesa un proceso
sostenido de crecimiento y expansión territorial, con nuevos loteos, barrios y
desarrollos urbanísticos que requieren servicios esenciales para su
consolidación.
El acceso al suministro de gas
natural constituye un derecho básico que mejora la calidad de vida de los
habitantes, reduce costos energéticos y contribuye al cuidado del ambiente.
A tales efectos, fueron presentados
por parte de la administración pública proyectos de ejecución de las redes de
gas en los barrios: Villa Casey, El Cruce, Pedro Iturbide, Malvinas Argentinas.
Todos ellos de la ciudad de Venado Tuerto, ante la prestadora de servicio,
Litoral Gas S.A, los que obtuvieron sus correspondientes aprobaciones y se
designaron con las identificaciones: P/VT/24/086, P/VT/24/091, P/VT/25/043,
P/VT/25/052. Se ha estimado adecuado darle curso favorable, en el entendimiento
que de redundará en el mejoramiento de la calidad de vida de los ciudadanos que
se verán beneficiados con la extensión de la red de gas.
Como Concejales de la ciudad,
estamos persuadidos de que esta clase de obras implican una mejora sustancial
que repercute en una mejor calidad de vida para los vecinos y una
revalorización del barrio en general. Una obra que contribuye en la economía
familiar, la comodidad de contar con un servicio por red permitiendo el
abastecimiento continuo y fundamentalmente en la seguridad de los vecinos.
Por todo lo
expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y
atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1°.- Declárese de interés público y pago
obligatorio las obras de red de gas que se realizarán en los proyectos emitidos
por ante la firma Litoral Gas. S.A, que a continuación se detallan:
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PROYECTOS
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BARRIOS
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METROS
LINEALES
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CALLES INVOLUCRADOS
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P/VT/24/086
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Villa Casey
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32
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Cobeñas (Ex37) e/ Chapuis y
Moreno.
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P/VT/24/091
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El Cruce
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77
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República de Irlanda e/ Sinclair y
Jauretche.
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P/VT/25/043
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Pedro Iturbide
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260
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Tucumán e/ Gaspar
di Martino y Vuelta
de Obligado.
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P/VT/25/052
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Malvinas
Argentinas
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101
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España e/ Huhn
y Lussenhoff.
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Art.2°.-Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a la ejecución de la obra
mencionada en el artículo precedente de acuerdo con las normas vigentes.
Art.3°.-Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a emitir y percibir el cobro de la contribución de mejoras según la Ordenanza N° 4340/2013, al precio establecido en las
reglamentaciones vigentes
Art.4°.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala
de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veintitrés días del
mes de julio del año dos mil veinticinco.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: 3853-V-02
- Derogada: NO
- Vetada: NO