Ordenanza
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Visto:
La Política Municipal de Gestión del Suelo Urbano
llevada adelante por el Municipio de Venado Tuerto, establecida por la
Ordenanza 4134/2012,
y;
Considerando
Que:
Existe la factibilidad de adquirir, por parte del Estado Municipal, del
50 % indiviso del lote propiedad de los Sres. Aldo José Quiñones, DNI
21.511.355, Daniel Alberto Quiñones, DNI 13.861.892, Pablo Andrés Quiñones, DNI
26.853.370, y, Liliana María Elena Quiñones, D.N.I. N° 14.837.828, ubicado en
Barrio Juan XXIII, sito en Avda. República de Irlanda s/n, partida municipal
10001091, o sea, el lote “D” de la
chacra 92, con una superficie total de OCHO MIL CINCUENTA Y NUEVE METROS
OCHENTA Y SIETE DECIMETROS CUADRADOS (8.059,87 mts.2).
Les corresponde en su condición de herederos del
Sr. Alberto Quiñones, conforme Resolución N° 46, del
23/02/2021, dictada dentro de los autos caratulados “QUIÑONES, ALBERTO S/
SUCESORIO” (CUIJ 21-24615387-3)” tramitados ante el Juzgado de Primera
Instancia en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Venado Tuerto,
quien lo adquiriera por boleto de compraventa de fecha el 7 marzo del año 2018.
El inmueble resulta de interés para el Municipio, en razón de que el 50
% indiviso restante del mismo se encuentra sometido a un proceso de
prescripción administrativa por parte del Estado Municipal, y de esta manera se
incorporan al patrimonio estatal mayores superficies que, subdivididas,
posibilitan su fraccionamiento para la implementación de políticas sociales
llevadas adelante por el Departamento Ejecutivo Municipal, concretamente, el
Programa Nuestro Terreno, con la clara intención de avanzar en procesos de
urbanización en distintas zonas de la ciudad.
Recabadas tasaciones sobre el valor venal del lote -que fueran
presentadas ante la Comisión de tierras-, se arribó al acuerdo en el precio de
$ 32.500.000,00 (pesos treinta y dos millones con quinientos mil), con más un
terreno que resultará de la futura subdivisión del mismo.
La Comisión Municipal de Tierras, en reunión celebrada el 29/07/2025
aprobó la propuesta de compra del lote en los términos expresados, para su
posterior remisión a ese Cuerpo Deliberante.
Por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus
facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1°.- Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a adquirir de los señores Aldo José Quiñones, DNI 21511355, Daniel Alberto Quiñones, DNI 13861892, Pablo Andrés Quiñones, DNI 26.853.370,
y, Liliana María Elena Quiñones,
D.N.I. N° 14.837.828, todos con domicilio en Dimmer N° 124 de Venado Tuerto, un
inmueble de su propiedad, y todos los derechos posesorios que pudieren poseer
sobre el mismo, identificado como el lote “D” de la chacra 92, del
plano inscripto bajo el nro. 28530/1961,
sito en Avda. República de Irlanda s/n, partida municipal 10001091, que se
compone de setenta y dos metros noventa y cuatro centímetros de frente al
Noreste por ciento diez metros cincuenta centímetros de fondo y frente al
Sudeste, con una superficie total de OCHO MIL CINCUENTA Y NUEVE METROS OCHENTA Y
SIETE DECIMETROS CUADRADOS (8.059,87 mts.2),
identificado con partida Impuesto Inmobiliario Nº 17-13-00-360/3190002-6.
Art.2°.- El precio de la compraventa autorizada en la presente Ordenanza se estipula
en la suma de $ 32.500.000,00 (pesos treinta y dos millones quinientos mil),
que será abonado por la Municipalidad de Venado Tuerto, en su carácter de
compradora, en el plazo máximo de 30 (treinta) días de promulgada ésta; con más
un terreno que resultará de la futura subdivisión del inmueble objeto de la
presente compra.
Art.3°.- La
posesión pública, pacífica y libre de ocupantes, gravámenes, deudas tributarias
y/o multas será entregada por la vendedora al momento de suscripción del Boleto
de Compraventa.
Art.4°.- Los gastos de escrituración serán soportados por ambas partes contratantes
en la proporción de ley.
Art.5°.- Comuníquese,
publíquese y archívese.
Dada en la Sala
de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los seis días del mes de agosto
del año dos mil veinticinco.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: 3967-I-03
- Derogada: NO
- Vetada: NO