Ordenanza

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Visto:
La Política Municipal de Gestión del Suelo Urbano llevada adelante por el Municipio de Venado Tuerto, establecida por la Ordenanza 4134/2012, y;
Considerando Que:
Existe la factibilidad de adquirir, por parte del Estado Municipal, del 50 % indiviso del lote propiedad de los Sres. Aldo José Quiñones, DNI 21.511.355, Daniel Alberto Quiñones, DNI 13.861.892, Pablo Andrés Quiñones, DNI 26.853.370, y, Liliana María Elena Quiñones, D.N.I. N° 14.837.828, ubicado en Barrio Juan XXIII, sito en Avda. República de Irlanda s/n, partida municipal 10001091, o sea, el lote “D” de la chacra 92, con una superficie total de OCHO MIL CINCUENTA Y NUEVE METROS OCHENTA Y SIETE DECIMETROS CUADRADOS (8.059,87 mts.2).
Les corresponde en su condición de herederos del Sr. Alberto Quiñones, conforme Resolución N° 46, del 23/02/2021, dictada dentro de los autos caratulados “QUIÑONES, ALBERTO S/ SUCESORIO” (CUIJ 21-24615387-3)” tramitados ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Venado Tuerto, quien lo adquiriera por boleto de compraventa de fecha el 7 marzo del año 2018.
El inmueble resulta de interés para el Municipio, en razón de que el 50 % indiviso restante del mismo se encuentra sometido a un proceso de prescripción administrativa por parte del Estado Municipal, y de esta manera se incorporan al patrimonio estatal mayores superficies que, subdivididas, posibilitan su fraccionamiento para la implementación de políticas sociales llevadas adelante por el Departamento Ejecutivo Municipal, concretamente, el Programa Nuestro Terreno, con la clara intención de avanzar en procesos de urbanización en distintas zonas de la ciudad.
Recabadas tasaciones sobre el valor venal del lote -que fueran presentadas ante la Comisión de tierras-, se arribó al acuerdo en el precio de $ 32.500.000,00 (pesos treinta y dos millones con quinientos mil), con más un terreno que resultará de la futura subdivisión del mismo.
La Comisión Municipal de Tierras, en reunión celebrada el 29/07/2025 aprobó la propuesta de compra del lote en los términos expresados, para su posterior remisión a ese Cuerpo Deliberante.
Por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
 
ORDENANZA
 
Art.1°.- Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a adquirir de los señores Aldo José Quiñones, DNI 21511355, Daniel Alberto Quiñones, DNI 13861892, Pablo Andrés Quiñones, DNI 26.853.370, y, Liliana María Elena Quiñones, D.N.I. N° 14.837.828, todos con domicilio en Dimmer N° 124 de Venado Tuerto, un inmueble de su propiedad, y todos los derechos posesorios que pudieren poseer sobre el mismo, identificado como el lote “D” de la chacra 92, del plano inscripto bajo el nro. 28530/1961,  sito en Avda. República de Irlanda s/n, partida municipal 10001091, que se compone de setenta y dos metros noventa y cuatro centímetros de frente al Noreste por ciento diez metros cincuenta centímetros de fondo y frente al Sudeste, con una superficie total de OCHO MIL CINCUENTA Y NUEVE METROS OCHENTA Y SIETE DECIMETROS CUADRADOS (8.059,87 mts.2), identificado con partida Impuesto Inmobiliario Nº 17-13-00-360/3190002-6.
 
Art.2°.- El precio de la compraventa autorizada en la presente Ordenanza se estipula en la suma de $ 32.500.000,00 (pesos treinta y dos millones quinientos mil), que será abonado por la Municipalidad de Venado Tuerto, en su carácter de compradora, en el plazo máximo de 30 (treinta) días de promulgada ésta; con más un terreno que resultará de la futura subdivisión del inmueble objeto de la presente compra.
 
Art.3°.- La posesión pública, pacífica y libre de ocupantes, gravámenes, deudas tributarias y/o multas será entregada por la vendedora al momento de suscripción del Boleto de Compraventa.
 
Art.4°.- Los gastos de escrituración serán soportados por ambas partes contratantes en la proporción de ley.
 
Art.5°.- Comuníquese, publíquese y archívese.
 
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los seis días del mes de agosto del año dos mil veinticinco.

INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: 3967-I-03

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA