Ordenanza

Starter Section

Visto:
La necesidad de regular el estacionamiento de motovehículos en inmediaciones de la calle Saavedra y Roca, y;
 
Considerando:
Que hemos observado que en inmediaciones de la intersección de calles Saavedra y Roca, situadas en el Barrio Centro I de nuestra ciudad, se constata gran presencia de vehículos y motovehículos; principalmente en horarios vespertinos y nocturnos, dado que en dicha intersección existe un local gastronómico con importante afluencia de personas.
Que calle Roca, entre Saavedra y Castelli posee la particularidad de contar con estacionamiento vehicular sobre ambos lados de la arteria, lo que facilita la ubicación de mayor cantidad de vehículos, apaciguando así la problemática producto de la falta de espacio para estacionar.
Que a pesar de ello, los titulares del local comercial previamente mencionado, el que se encuentra sito en la esquina de calle Saavedra y Roca, y que posee puerta de acceso por calle Roca, pasando Saavedra, han comenzado a señalizar, de hecho, un espacio específico para el estacionamiento de motos, garantizando así la correcta utilización del espacio público.
Que al observar dicha situación y en nuestro carácter de concejales, mantuvimos diálogo con los titulares, quienes consideran que sería una opción superadora garantizar una delimitación exclusiva para el estacionamiento de motos, específicamente sobre la mano izquierda de calle Roca, pasando calle Saavedra, a los fines de que dicho tipo de vehículos puedan estacionar sobre ese lado de la arteria de circulación, y así garantizar el correcto uso del espacio público.
 Que, como manifestamos anteriormente, dicha ocupación del espacio público con motovehículos se da principalmente en el horario vespertino/nocturno, que es cuando comienza a funcionar el local gastronómico en sí.
Que en consecuencia, a los fines de disponer una medida de ordenamiento de tránsito que sea lo más eficiente posible, es que consideramos la demarcación y señalización de un espacio exclusivo para estacionamiento de motos sobre la mano de calle Roca, pasando calle Saavedra, el que funcionará solamente en horario vespertino/nocturno, es decir, entre las 19:00 y las 03:00hs.
Que como manifestamos en diversos proyectos de la misma índole, los motovehículos se posicionan como uno de los medios de transporte más utilizados por la población venadense, y en consecuencia, estos sectores de la ciudad que poseen gran afluencia de personas, se ven abarrotados de motovehículos en horario de atención al publico.
Que en consecuencia, a los fines de garantizar un correcto ordenamiento del tránsito vehícular y del espacio público, y así también evitar que los motovehículos sean dejados sobre la vereda, afectando así al tránsito peatonal, consideramos que la medida propuesta mediante la presente ordenanza tendría un impacto positivo.
Que por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente 
 
ORDENANZA
 
Art.1°.- Dispóngase la ejecución de un estacionamiento exclusivo para motovehículos en la calle Saavedra en su intersección con calle Roca, el que será habilitado para dicho fin entre las 19:00 hs. y las 03.00 hs.
 
Art.2°.-Comuníquese, publíquese y archívese.
 
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los seis días del mes de agosto del año dos mil veinticinco.

INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: 4136-C-04

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA