Ordenanza
Starter Section
Visto:
La necesidad de regular el estacionamiento de motovehículos en inmediaciones de la
calle Saavedra y Roca, y;
Considerando:
Que hemos observado que en
inmediaciones de la intersección de calles Saavedra y Roca, situadas en el
Barrio Centro I de nuestra ciudad, se constata gran presencia de vehículos y
motovehículos; principalmente en horarios vespertinos y nocturnos, dado que en
dicha intersección existe un local gastronómico con importante afluencia de
personas.
Que calle Roca, entre Saavedra y
Castelli posee la particularidad de contar con estacionamiento vehicular sobre
ambos lados de la arteria, lo que facilita la ubicación de mayor cantidad de
vehículos, apaciguando así la problemática producto de la falta de espacio para
estacionar.
Que a pesar de ello, los titulares
del local comercial previamente mencionado, el que se encuentra sito en la
esquina de calle Saavedra y Roca, y que posee puerta de acceso por calle Roca,
pasando Saavedra, han comenzado a señalizar, de hecho, un espacio específico
para el estacionamiento de motos, garantizando así la correcta utilización del
espacio público.
Que al observar dicha situación y en
nuestro carácter de concejales, mantuvimos diálogo con los titulares, quienes
consideran que sería una opción superadora garantizar una delimitación
exclusiva para el estacionamiento de motos, específicamente sobre la mano
izquierda de calle Roca, pasando calle Saavedra, a los fines de que dicho tipo
de vehículos puedan estacionar sobre ese lado de la arteria de circulación, y
así garantizar el correcto uso del espacio público.
Que, como manifestamos anteriormente, dicha
ocupación del espacio público con motovehículos se da principalmente en el
horario vespertino/nocturno, que es cuando comienza a funcionar el local
gastronómico en sí.
Que en consecuencia, a los fines de
disponer una medida de ordenamiento de tránsito que sea lo más eficiente
posible, es que consideramos la demarcación y señalización de un espacio
exclusivo para estacionamiento de motos sobre la mano de calle Roca, pasando
calle Saavedra, el que funcionará solamente en horario vespertino/nocturno, es
decir, entre las 19:00 y las 03:00hs.
Que como manifestamos en diversos
proyectos de la misma índole, los motovehículos se posicionan como uno de los
medios de transporte más utilizados por la población venadense, y en
consecuencia, estos sectores de la ciudad que poseen gran afluencia de
personas, se ven abarrotados de motovehículos en horario de atención al publico.
Que en consecuencia, a los fines de
garantizar un correcto ordenamiento del tránsito vehícular y del espacio
público, y así también evitar que los motovehículos sean dejados sobre la
vereda, afectando así al tránsito peatonal, consideramos que la medida
propuesta mediante la presente ordenanza tendría un impacto positivo.
Que por todo lo
expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y
atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1°.- Dispóngase
la ejecución de un estacionamiento exclusivo para motovehículos en la calle
Saavedra en su intersección con calle Roca, el que será habilitado para dicho
fin entre las 19:00 hs. y las 03.00 hs.
Art.2°.-Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala
de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los seis días del mes de agosto
del año dos mil veinticinco.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: 4136-C-04
- Derogada: NO
- Vetada: NO