Ordenanza

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Visto:
La necesidad de mejorar la circulación vehicular en la ciudad de Venado Tuerto, especialmente en el sector comprendido por la Av. Sarmiento entre calle Berutti y Av. 12 de Octubre, y;
 
Considerando Que:
La actual configuración del tránsito en dicho sector genera dificultades para el desplazamiento vehicular y fomenta la circulación de camiones dentro del barrio Rivadavia, afectando la seguridad y tranquilidad de sus residentes.
Resulta prioritario reordenar el tránsito para optimizar el flujo vehicular, reduciendo el ingreso de transporte pesado en zonas residenciales y garantizando una conexión más eficiente entre distintas arterias de la ciudad.
La habilitación del doble sentido de circulación en Av. Sarmiento, entre Berutti y 12 de Octubre, contribuirá significativamente a la descongestión de calles internas del barrio Rivadavia, permitiendo una distribución más equilibrada del tráfico, teniendo en consideración que en sus inmediaciones se encuentra un club de fútbol, que genera permanente circulación de vehículos a toda hora, durante todos los días de la semana.
Asimismo, para mantener el orden y la seguridad en la vía pública, es conveniente prohibir el estacionamiento en la mano suroeste de la calle Sarmiento en el tramo mencionado, acompañando dicha medida con la instalación de la cartelería pertinente;
Por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
 
ORDENANZA
 
Art.1°.-Habilítese la circulación en doble sentido de la Av. Sarmiento en el tramo comprendido entre calle Berutti y Av. 12 de Octubre.
 
Art.2°.-Instrúyase a la Subsecretaría de Movilidad a avanzar en la semaforización de la intersección de Ruta Nacional 8 con calle Sarmiento, garantizando así la seguridad vial en dicho sector.
 
Art.3°.-Dispóngase la renovación de la nomenclatura vial correspondiente en la Av. Sarmiento, asegurando una adecuada señalización para conductores y peatones.
 
Art.4°.-Prohíbase el estacionamiento en la mano suroeste de Av. Sarmiento en el tramo comprendido entre calle Berutti y Av. 12 de Octubre, debiendo colocarse la cartelería correspondiente para informar dicha restricción.
 
Art.5°.- Comuníquese, publíquese y archívese.
 
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veinte días del mes de agosto del año dos mil veinticinco.

INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: 4136-C-04

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA