Ordenanza
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Visto:
La propuesta de subdivisión de un lote
urbano de propiedad de Mauricio, Gisella y Vanina De Mattia y Marcelo Oscar
Meardi, presentada por el Agrim. Eduardo Wilfredo Lustig y la Ing. Agrim. María
Virginia Drago, gestionada mediante los expedientes municipales Nº
185.380-L-2015, 191.879-D-2017, 194.756-D-2017, 195.009-DM-2017, 196.100-DE-2018,
198.103-DE-2018, 206.135-DE-2019, 210.046-D-2020, 210.229-DE-2020,
210.230-DE-2020, 231.399-D-2024, 231.978-C-2024 y 232.662-DM-2024, y;
Considerando
Que:
El inmueble a subdividir en 29 (veintinueve) lotes, conforme con las
disposiciones del Plan de Desarrollo Territorial de la Ciudad (Ordenanza N°
4404/2013 y sus modificatorias) corresponden a la zona Z12 -Residencial
Extraurbana 1-, es parte del Polígono 5, Manzana Catastral Nº 1208, Lote 2-AII
del plano inscripto en el Departamento Topográfico de Rosario bajo el N°
142.386/1999; encierra una superficie según título de 44.891,77 m² y
según mensura de 44.893,72 m² y se halla inscripto en el
Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario al T° 650 F° 49 N°
379.025, fecha 25/09/2015, Departamento General López, Partida Impuesto
Inmobiliario N° 17-13-00-360.232/0038.
Corresponde la donación de reservas para espacios verdes y libres públicos
y equipamiento comunitario de uso público.
LOS URBANIZADORES asumen la obligación de ejecutar a su cargo las obras que
se detallan en las Cláusulas Quinta, Sexta, Séptima, Octava, Novena y Décima
del Convenio Urbanístico adjunto, relativas a las infraestructuras de cordón
cuneta y estabilizado granular, reservorio y desagües pluviales, red eléctrica
de baja tensión y alumbrado público, red de agua potable, red de gas y
forestación.
La Municipalidad destinará los lotes mencionados en la cláusula Undécima
del Convenio Urbanístico, en función de la garantía de ejecución de las obras
de infraestructura descriptas y serán liberados por etapas cuando las obras
pactadas se encuentren terminadas y con el acta de recepción final rubricada
entre las partes.
Finalmente corresponde dejar constancia que la presente Ordenanza es votada por la
afirmativa por los Señores Concejales Pellegrini, Meinero, Di Pizio, Jordán,
Barbey , Giacometti, Taddia ,Ruiz y Roma y se abstiene de la votación el Señor
Concejal Meardi.
Por todo lo
expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y
atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1°.- Ratifíquese el Convenio
Urbanístico firmado entre el Departamento Ejecutivo Municipal y los señores Mauricio de Mattia, DNI 24.769.899,
domiciliado en 9 de Julio 1174, 3er. piso, Marcelo
Oscar Meardi, DNI 12.907.730, domiciliado en San Martín 1040, Gisella De Mattia, DNI 26.591.008,
domiciliada en Saavedra 107, y Vanina De
Mattia, DNI 28.533.261, domiciliada en Corrientes 4274, todos de la ciudad
de Venado Tuerto, en fecha 26 de junio de 2025, para el Proyecto de
Urbanización en el Lote 2-AII del plano de subdivisión N° 142.386/1999, Polígono N° 5, Manzana Catastral N° 1208, de su propiedad y en un todo de
acuerdo al Anexo Técnico Adjunto, que forma parte integrante de la presente
Ordenanza.
Art.2°.- Dispóngase que la aprobación precedente tiene como condición resolutoria la
ejecución de las obras de infraestructura detalladas en el Convenio Urbanístico
suscripto, asumida por los propietarios del inmueble.
Art.3°.- Autorícese al Departamento
Ejecutivo Municipal a visar técnicamente el plano de mensura para modificación
de estado parcelario del lote ubicado en la zona urbana del Distrito Venado
Tuerto, Departamento General López, Provincia de Santa Fe, el cual es parte del Polígono N° 5,
Manzana Catastral N° 1208, Lote 2-AII del plano de subdivisión N° 142.386/1999, que encierra una superficie según título de 44.891,77m² y según mensura de
44.893,72m² y que se encuentra inscripto en el Registro General
de la Propiedad Inmueble de Rosario al T°650 F°49 N°379025 Fecha 25/09/2015,
Departamento General López, Partida Impuesto Inmobiliario N°
17-13-00-360.232/0038.
Art.4°.- Acéptese la
donación de tierras efectuada por Mauricio, Gisella y Vanina De Mattia y
Marcelo Oscar Meardi, de una superficie total de 7.289,77 m² (siete mil
doscientos ochenta y nueve metros cuadrados con setenta y siete decímetros
cuadrados) destinada a apertura de calles La Rioja y
Juan José Monti (ex N° 47), según lo establecido en la
cláusula Segunda del Convenio Urbanístico suscripto, de acuerdo con el
siguiente detalle:
Superficie a donar:
Calles Juan José Monti (ex N°
47) y La Rioja (Lote 36) ……..… 7.289,77 m²
Art.5°.- Acéptese la
donación de tierras efectuada por la señora Mabel Luján Chiappinotto, DNI 18.455.102, domiciliada en Patricio
Kirk 76 de Venado Tuerto, de una superficie total de 8.018,50m² (ocho mil
dieciocho metros cuadrados con cincuenta decímetros cuadrados), que corresponde
a las cesiones gratuitas en favor de la Municipalidad que, por aplicación de
las disposiciones del Plan de Desarrollo Territorial, deben formalizar
Mauricio, Gisella y Vanina De Mattia y Marcelo Oscar Meardi en concepto de Reserva Municipal destinada a espacios verdes y libres
públicos y a equipamiento comunitario de uso público, según lo
establecido en la cláusula Tercera del Convenio Urbanístico suscripto, de
acuerdo al siguiente detalle:
Superficie a donar:
Reserva Municipal (Lote A del
plano N° 269.784/2023)…………8.018,50m²
Art.6°.- Comuníquese,
publíquese y archívese.
Dada en la Sala
de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veintisiete días del
mes de agosto del año dos mil veinticinco.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: 4516-I-12
- Derogada: NO
- Vetada: NO