Ordenanza

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Visto:
      La propuesta de subdivisión de un lote urbano de propiedad de Mauricio, Gisella y Vanina De Mattia y Marcelo Oscar Meardi, presentada por el Agrim. Eduardo Wilfredo Lustig y la Ing. Agrim. María Virginia Drago, gestionada mediante los expedientes municipales Nº 185.380-L-2015, 191.879-D-2017, 194.756-D-2017, 195.009-DM-2017, 196.100-DE-2018, 198.103-DE-2018, 206.135-DE-2019, 210.046-D-2020, 210.229-DE-2020, 210.230-DE-2020, 231.399-D-2024, 231.978-C-2024 y 232.662-DM-2024, y;
Considerando Que:
El inmueble a subdividir en 29 (veintinueve) lotes, conforme con las disposiciones del Plan de Desarrollo Territorial de la Ciudad (Ordenanza N° 4404/2013 y sus modificatorias) corresponden a la zona Z12 -Residencial Extraurbana 1-, es parte del Polígono 5, Manzana Catastral Nº 1208, Lote 2-AII del plano inscripto en el Departamento Topográfico de Rosario bajo el N° 142.386/1999; encierra una superficie según título de 44.891,77 m² y según mensura de 44.893,72 m² y se halla inscripto en el Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario al T° 650 F° 49 N° 379.025, fecha 25/09/2015, Departamento General López, Partida Impuesto Inmobiliario N° 17-13-00-360.232/0038.
Corresponde la donación de reservas para espacios verdes y libres públicos y equipamiento comunitario de uso público.
LOS URBANIZADORES asumen la obligación de ejecutar a su cargo las obras que se detallan en las Cláusulas Quinta, Sexta, Séptima, Octava, Novena y Décima del Convenio Urbanístico adjunto, relativas a las infraestructuras de cordón cuneta y estabilizado granular, reservorio y desagües pluviales, red eléctrica de baja tensión y alumbrado público, red de agua potable, red de gas y forestación.
La Municipalidad destinará los lotes mencionados en la cláusula Undécima del Convenio Urbanístico, en función de la garantía de ejecución de las obras de infraestructura descriptas y serán liberados por etapas cuando las obras pactadas se encuentren terminadas y con el acta de recepción final rubricada entre las partes.
Finalmente corresponde dejar constancia que la presente Ordenanza es votada por la afirmativa por los Señores Concejales Pellegrini, Meinero, Di Pizio, Jordán, Barbey , Giacometti, Taddia ,Ruiz y Roma y se abstiene de la votación el Señor Concejal Meardi.
Por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
 
ORDENANZA
 
Art.1°.- Ratifíquese el Convenio Urbanístico firmado entre el Departamento Ejecutivo Municipal y los señores Mauricio de Mattia, DNI 24.769.899, domiciliado en 9 de Julio 1174, 3er. piso, Marcelo Oscar Meardi, DNI 12.907.730, domiciliado en San Martín 1040, Gisella De Mattia, DNI 26.591.008, domiciliada en Saavedra 107, y Vanina De Mattia, DNI 28.533.261, domiciliada en Corrientes 4274, todos de la ciudad de Venado Tuerto, en fecha 26 de junio de 2025, para el Proyecto de Urbanización en el Lote 2-AII del plano de subdivisión N° 142.386/1999, Polígono N° 5, Manzana Catastral N° 1208, de su propiedad y en un todo de acuerdo al Anexo Técnico Adjunto, que forma parte integrante de la presente Ordenanza. 
 
Art.2°.- Dispóngase que la aprobación precedente tiene como condición resolutoria la ejecución de las obras de infraestructura detalladas en el Convenio Urbanístico suscripto, asumida por los propietarios del inmueble.    
 
Art.3°.-  Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a visar técnicamente el plano de mensura para modificación de estado parcelario del lote ubicado en la zona urbana del Distrito Venado Tuerto, Departamento General López, Provincia de Santa Fe, el cual es parte del Polígono N° 5, Manzana Catastral N° 1208, Lote 2-AII del plano de subdivisión N° 142.386/1999, que encierra una superficie según título de 44.891,77m² y según mensura de 44.893,72m² y que se encuentra inscripto en el Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario al T°650 F°49 N°379025 Fecha 25/09/2015, Departamento General López, Partida Impuesto Inmobiliario N° 17-13-00-360.232/0038.
 
Art.4°.- Acéptese la donación de tierras efectuada por Mauricio, Gisella y Vanina De Mattia y Marcelo Oscar Meardi, de una superficie total de 7.289,77 m² (siete mil doscientos ochenta y nueve metros cuadrados con setenta y siete decímetros cuadrados) destinada a apertura de calles La Rioja y Juan José Monti (ex N° 47), según lo establecido en la cláusula Segunda del Convenio Urbanístico suscripto, de acuerdo con el siguiente detalle:
                Superficie a donar:
                Calles Juan José Monti (ex N° 47) y La Rioja (Lote 36) ……..… 7.289,77 m²
 
Art.5°.- Acéptese la donación de tierras efectuada por la señora Mabel Luján Chiappinotto, DNI 18.455.102, domiciliada en Patricio Kirk 76 de Venado Tuerto, de una superficie total de 8.018,50m² (ocho mil dieciocho metros cuadrados con cincuenta decímetros cuadrados), que corresponde a las cesiones gratuitas en favor de la Municipalidad que, por aplicación de las disposiciones del Plan de Desarrollo Territorial, deben formalizar Mauricio, Gisella y Vanina De Mattia y Marcelo Oscar Meardi en concepto de Reserva Municipal destinada a espacios verdes y libres públicos y a equipamiento comunitario de uso público, según lo establecido en la cláusula Tercera del Convenio Urbanístico suscripto, de acuerdo al siguiente detalle:
                 Superficie a donar:
                 Reserva Municipal (Lote A del plano N° 269.784/2023)…………8.018,50m²
 
Art.6°.- Comuníquese, publíquese y archívese.
 
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veintisiete días del mes de agosto del año dos mil veinticinco.

INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: 4516-I-12

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA