Ordenanza

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3309-C-00Visto:
      La necesidad de avanzar en políticas públicas inclusivas que garanticen la accesibilidad universal en el ámbito del Municipio de Venado Tuerto, y;
Considerando Que:
En los últimos años han cobrado creciente relevancia conceptos como inclusión, igualdad de oportunidades, accesibilidad, diversidad y no discriminación en los marcos normativos y en las agendas de las políticas públicas, especialmente en lo referido a los derechos de las personas con discapacidad.
No obstante dichos avances, persisten múltiples barreras en los espacios públicos de nuestra ciudad que dificultan la autonomía, la participación y el acceso equitativo de todas las personas, especialmente de aquellas que sufren alguna imposibilidad.
Uno de los factores que contribuyen a esta problemática es la falta de señalética adecuada, clara y accesible, hecho que representa una limitación en la orientación, movilidad y seguridad para gran parte de la ciudadanía.
La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, adoptada por la ONU en 2006 y con jerarquía constitucional en la República Argentina, obliga a los Estados parte a adoptar medidas necesarias para garantizar la accesibilidad universal, eliminando barreras físicas, comunicacionales y actitudinales que limiten la participación ciudadana.
El proyecto “Accesibilidad y Señalización para Personas con Discapacidad en espacios públicos de la ciudad de Venado Tuerto”, impulsado por la Universidad del Gran Rosario - Sede Venado Tuerto, constituye un valioso aporte al abordaje integral de esta temática, con el objeto de mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad y promover su plena inclusión en la comunidad.
El citado proyecto se enmarca en el Plan Estratégico Participativo (PEP) 2024-2034, orientado a transformar diagnósticos multidimensionales con enfoque territorial en acciones específicas para el mediano y largo plazo, proponiendo una ciudad sostenible, inclusiva y equitativa.
La implementación del nuevo símbolo de accesibilidad universal en todos los ámbitos de competencia municipal constituye una acción concreta y significativa en el camino hacia una ciudad más justa y respetuosa de la diversidad.
Por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
 
ORDENANZA
 
Art.1°.- El Departamento Ejecutivo Municipal implementará de manera progresiva y sistemática el uso del nuevo símbolo de accesibilidad universal en todos los ámbitos de aplicación del Municipio de Venado Tuerto, incluyendo señalética en espacios públicos, dependencias municipales, materiales gráficos, digitales, y todo otro soporte donde resulte pertinente su inclusión.
 
Art.2°.- El Departamento Ejecutivo Municipal desarrollará, por medio de las áreas competentes, conjuntamente con la Universidad del Gran Rosario - Sede Venado Tuerto, las siguientes actividades complementarias:
a) Asesoramiento Técnico: coordinar acciones conjuntas, con el fin de asesorar a la Subsecretaría de Movilidad y a la Subsecretaría de Espacios Públicos acerca de la
 
importancia y aplicación del nuevo símbolo de accesibilidad universal, acompañando la ejecución de su implementación territorial dada la amplia posibilidad de visibilizar la temática que dichas áreas tienen para con la comunidad;
b) Instancia de Formación: organizar y llevar adelante, junto con la Secretaría de Desarrollo Humano y la Dirección de Recursos Humanos, una jornada de formación destinada al personal de la Municipalidad de Venado Tuerto sobre “Discapacidad y Derechos Humanos”, a fin de generar intercambio de saberes, sensibilización y actualización en la materia;
c) Recurso Educativo: elaborar recursos educativos institucionales que comunique claramente el derecho a la accesibilidad universal y su implicancia para la ciudadanía;
d) Difusión Comunitaria: Diseñar y distribuir material explicativo para la comunidad sobre la temática de accesibilidad universal y la utilización del nuevo símbolo, promoviendo la concientización ciudadana.
 
Art.3°.- Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a celebrar convenios de colaboración técnica, académica y de formación con instituciones educativas y organizaciones de la sociedad civil, a fin de dar cumplimiento a los objetivos de la presente.
 
Art.4°.- Los gastos que demande la implementación de esta ordenanza serán imputados a las partidas presupuestarias correspondientes, pudiendo gestionarse asimismo fondos provinciales, nacionales o internacionales con fines de financiamiento.
 
Art.5°.- Comuníquese, publíquese y archívese.
 
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veintinueve días del mes de octubre del año dos mil veinticinco.

INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: 3309-C-00

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA