Ordenanza
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3309-C-00Visto:
La necesidad de avanzar en políticas
públicas inclusivas que garanticen la accesibilidad universal en el ámbito del
Municipio de Venado Tuerto, y;
Considerando
Que:
En los últimos años han cobrado creciente relevancia conceptos como
inclusión, igualdad de oportunidades, accesibilidad, diversidad y no
discriminación en los marcos normativos y en las agendas de las políticas
públicas, especialmente en lo referido a los derechos de las personas con
discapacidad.
No obstante dichos avances, persisten múltiples barreras en los espacios
públicos de nuestra ciudad que dificultan la autonomía, la participación y el
acceso equitativo de todas las personas, especialmente de aquellas que sufren
alguna imposibilidad.
Uno de los factores que contribuyen a esta problemática es la falta de
señalética adecuada, clara y accesible, hecho que representa una limitación en
la orientación, movilidad y seguridad para gran parte de la ciudadanía.
La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, adoptada
por la ONU en 2006 y con jerarquía constitucional en la República Argentina,
obliga a los Estados parte a adoptar medidas necesarias para garantizar la
accesibilidad universal, eliminando barreras físicas, comunicacionales y
actitudinales que limiten la participación ciudadana.
El proyecto “Accesibilidad y Señalización para Personas con Discapacidad en
espacios públicos de la ciudad de Venado Tuerto”, impulsado por la Universidad
del Gran Rosario - Sede Venado Tuerto, constituye un valioso aporte al abordaje
integral de esta temática, con el objeto de mejorar la calidad de vida de las
personas con discapacidad y promover su plena inclusión en la comunidad.
El citado proyecto se enmarca en el Plan Estratégico Participativo (PEP)
2024-2034, orientado a transformar diagnósticos multidimensionales con enfoque
territorial en acciones específicas para el mediano y largo plazo, proponiendo
una ciudad sostenible, inclusiva y equitativa.
La implementación del nuevo símbolo de accesibilidad universal en todos los
ámbitos de competencia municipal constituye una acción concreta y significativa
en el camino hacia una ciudad más justa y respetuosa de la diversidad.
Por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus
facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1°.- El Departamento Ejecutivo Municipal implementará de manera progresiva y
sistemática el uso del nuevo símbolo
de accesibilidad universal en todos los ámbitos de aplicación del
Municipio de Venado Tuerto, incluyendo señalética en espacios públicos,
dependencias municipales, materiales gráficos, digitales, y todo otro soporte
donde resulte pertinente su inclusión.
Art.2°.- El Departamento Ejecutivo
Municipal desarrollará, por medio de las áreas competentes, conjuntamente con
la Universidad del Gran Rosario - Sede Venado Tuerto, las siguientes
actividades complementarias:
a) Asesoramiento Técnico: coordinar acciones conjuntas,
con el fin de asesorar a la Subsecretaría de Movilidad y a la Subsecretaría de
Espacios Públicos acerca de la
importancia y aplicación del
nuevo símbolo de accesibilidad universal, acompañando la ejecución de su
implementación territorial dada la amplia posibilidad de visibilizar la
temática que dichas áreas tienen para con la comunidad;
b) Instancia de Formación: organizar y llevar adelante,
junto con la Secretaría de Desarrollo Humano y la Dirección de Recursos
Humanos, una jornada de formación destinada al personal de la Municipalidad de
Venado Tuerto sobre “Discapacidad y Derechos Humanos”, a fin de generar
intercambio de saberes, sensibilización y actualización en la materia;
c) Recurso Educativo: elaborar recursos educativos
institucionales que comunique claramente el derecho a la accesibilidad
universal y su implicancia para la ciudadanía;
d) Difusión Comunitaria: Diseñar y distribuir material
explicativo para la comunidad sobre la temática de accesibilidad universal y la
utilización del nuevo símbolo, promoviendo la concientización ciudadana.
Art.3°.- Autorícese al
Departamento Ejecutivo Municipal a celebrar convenios de colaboración técnica,
académica y de formación con instituciones educativas y organizaciones de la
sociedad civil, a fin de dar cumplimiento a los objetivos de la presente.
Art.4°.- Los gastos que
demande la implementación de esta ordenanza serán imputados a las partidas
presupuestarias correspondientes, pudiendo gestionarse asimismo fondos
provinciales, nacionales o internacionales con fines de financiamiento.
Art.5°.- Comuníquese,
publíquese y archívese.
Dada en la Sala
de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veintinueve días del
mes de octubre del año dos mil veinticinco.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: 3309-C-00
- Derogada: NO
- Vetada: NO