Ordenanza
Starter Section
Visto:
La propuesta de subdivisión de un lote
urbano de propiedad de Georgina Lombardi y Nicolás Oscar Lombardi, presentada
por el Agrim. Eduardo Wilfredo Lustig y la Ing. Agrim. María Virginia Drago,
gestionada mediante el expediente municipal N° 237714-L-2025, y;
Considerando
Que:
El inmueble a subdividir en 33 (treinta y tres) lotes, conforme con las
disposiciones del Plan de Desarrollo Territorial de la Ciudad (Ordenanza N°
4404/2013 y sus modificatorias) corresponde a la zona Z6 -Barrios de Usos
Mixtos-; es parte de la Chacra N° 30, Manzana Catastral Nº 931F, Manzana F del
plano inscripto en el Departamento Topográfico de Rosario bajo el N°
127.343/1989, y encierra una superficie según título de 9.011,20 m²,
transferido mediante Escritura Número Noventa y Seis de fecha 11 de septiembre
de 2025 pasada ante la Escribana Carla Andrea Gaido, Titular del Registro
número 738, inscripción ante el Registro General de la Propiedad Inmueble de
Rosario en trámite, Partida Impuesto Inmobiliario N° 17-13-00-360454/0006.
Corresponde la donación de espacio destinado a ensanche de Avda. Chaco, la
cual se hará efectiva al momento de la inscripción de la escritura mencionada
en el párrafo anterior; no corresponde la donación de las reservas para
espacios verdes y libres públicos y para equipamiento comunitario de uso
público, dado que las mismas fueron cedidas mediante el plano de mensura Nº
127.343/1989 y aceptadas por Ordenanza Nº 1790/1989.
En el referido Convenio, los Urbanizadores asumen la obligación de ejecutar
a su cargo las obras que se detallan en las Cláusulas Cuarta, Quinta, Sexta,
Séptima, Octava, Novena y Décima, relativas a las Infraestructuras de
Pavimento, Desagües Pluviales, Red Eléctrica de Baja Tensión y Alumbrado
Público, Red de Desagües Cloacales, Red de Agua Potable, Red de Gas y
Forestación.
La Municipalidad destinará los lotes mencionados en la cláusula Undécima
del Convenio Urbanístico, en función de la garantía de ejecución de las obras
de infraestructura descriptas y de la cesión del lote destinado a ensanche de
Av. Chaco, y serán liberados cuando las obras pactadas se encuentren terminadas
y con el acta de recepción final rubricada entre las partes y se efectivice la
cesión del lote mencionado.
Por todo lo
expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y
atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1°.- Ratifíquese el Convenio Urbanístico firmado entre el Departamento Ejecutivo
Municipal y Georgina Lombardi, DNI
26.220.498, domiciliada en calle Saavedra Nº 1227 de la ciudad de Venado Tuerto
y Nicolás Oscar Lombardi, DNI
28.533.383, domiciliado en calle 9 de Julio N° 1221 de la ciudad de Venado
Tuerto, en fecha 17 de noviembre de 2025, para el Proyecto de Urbanización en
la Manzana F del plano N° 127.343/1989, Manzana Catastral 931F, Chacra 30, de
su propiedad y en un todo de acuerdo al Anexo Técnico Adjunto, que forma parte
integrante de la presente Ordenanza.
Art.2°.- La
ratificación dispuesta en el artículo precedente tiene como condición
resolutoria la ejecución de las obras de Infraestructura detalladas en el
Convenio Urbanístico suscripto, asumida por los propietarios del inmueble.
Art.3°.- Autorícese al Departamento
Ejecutivo Municipal a visar técnicamente el plano de mensura y subdivisión del
lote ubicado en la zona urbana del Distrito Venado Tuerto, Departamento General
López, Provincia de Santa Fe, el cual es parte de la Chacra 30,
Manzana Catastral 931F, Manzana F del plano Nº
127.343/1989, que encierra una superficie según título de 9.011,20 m², transferido mediante Escritura Número Noventa y Seis de fecha 11 de
septiembre de 2025 pasada ante la Escribana Carla Andrea Gaido, Titular del
Registro número 738, inscripción ante el Registro General de la Propiedad
Inmueble de Rosario en trámite, Partida Impuesto Inmobiliario N°
17-13-00-360454/0006, propiedad de Georgina y Nicolás Oscar Lombardi, ambos
domiciliados en Venado Tuerto.
Art.4°.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala
de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veintiséis días del
mes de noviembre del año dos mil veinticinco.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: 4516-I-12
- Derogada: NO
- Vetada: NO