Ordenanza
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Visto:
El pedido de vecinos y vecinas del barrio Martín Miguel de Güemes de
incorporar medidas estructurales de tránsito con el fin de reducir la velocidad
en calle Laprida al 1800 (entre Contreras y Juan Larrea) de nuestra ciudad, y;
Considerando:
Que los vecinos y vecinas del mencionado barrio han manifestado su
preocupación ante la circulación de vehículos que transitan a excesiva
velocidad por calle Laprida al 1800, generando una situación de riesgo
constante para peatones, ciclistas, motociclistas y automovilistas que circulan
por la zona.
Que esta problemática se ve agravada por tratarse de un sector que, si
bien conserva características de zona de quintas, es ampliamente utilizado por
los vecinos y vecinas para la circulación cotidiana, y se encuentra a escasos
metros de la Circunvalación, lo que propicia que muchos vehículos ingresen o
egresen de la arteria a altas velocidades.
Que se trata de una vía con un importante flujo vehicular y peatonal,
donde residen numerosas familias que diariamente utilizan la vía pública para
trasladarse hacia establecimientos educativos, comercios y espacios
recreativos.
Que las políticas de seguridad vial deben orientarse a la prevención de
siniestros mediante la implementación de estrategias integrales, entre las
cuales las medidas estructurales — como reductores de velocidad, lomos de burro
o señalización horizontal y vertical— cumplen un rol central al inducir una
conducción más prudente y responsable.
Que los dispositivos de reducción de velocidad constituyen herramientas
eficaces para disminuir los riesgos viales, generar conciencia sobre la
responsabilidad al conducir y favorecer un tránsito más ordenado, especialmente
en zonas residenciales.
Que en este sentido, la incorporación de dichas medidas en calle
Laprida no solo beneficiaría a los vecinos y vecinas del barrio Martín Miguel
de Güemes, sino también a los del barrio Polo Viejo (Papa Francisco) y sectores
aledaños, contribuyendo a una circulación más segura y a una mejora general en
la calidad de vida.
Que resulta necesario atender los reclamos de la comunidad y evaluar, a
través de las áreas técnicas correspondientes, la factibilidad de instalar
dispositivos de reducción de velocidad y de reforzar la señalización vial
preventiva en el sector mencionado.
Que por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus
facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1°.-
Dispóngase la colocación de un reductor de velocidad en
calle Laprida al 1800 (entre Contreras y Juan Larrea) de nuestra ciudad.
Art.2°.- Colóquese la señalética correspondiente.
Art.3°.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en
la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veintiséis
días del mes de noviembre del año dos mil veinticinco.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: 4136-C-04
- Derogada: NO
- Vetada: NO