Ordenanza
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Visto:
El ingreso del exp. Nº
4153/2025, tramitado ante la Dirección de Obras Privadas del Municipio para
modificación de estado parcelario por Raies Fabril Constructora S.A., la que en
calidad de propietaria de un inmueble (dos lotes) ubicado en el Distrito de
Venado Tuerto, solicita autorización para subdividir el mismo,y;
Considerando
Que:
El terreno a mensurar y subdividir de acuerdo con las disposiciones del
Plan de Desarrollo Territorial corresponde a la zona Z15 – Zona de Explotación
Rural de Uso Restringido-; ambos lotes, situados en la zona rural de la ciudad
de Venado Tuerto, Polígono 11, e identificados como 107-b en el plano inscripto
al Nº 42.562/1965 y 108-A-B-C- en el plano inscripto al Nº 87.515/1976, son de
esquina y están ubicados en la calle Conrado Berti (sin abrir), entre la calle
Victorio Pegoraro (ex Nº 132) y Av. Nº 120.
Actualmente el inmueble se encuentra afectado por el ensanche de la Avenida
Nº 120 en una franja de 4,00 metros, de acuerdo con lo que dispone el Plan de
Desarrollo Territorial.
La parcela pertenece a la zona rural, Z15, y si bien dicho Plan dispone que los ensanches de avenidas en zonas urbanas y
suburbanas deben cederse gratuitamente al Municipio para la continuidad de la
trama vial, el Capítulo 7 - Sección 3 del Reglamento de Parcelamiento vigente,
no establece lineamientos aplicables en este tipo de situaciones en el ámbito
rural.
El Departamento Ejecutivo Municipal se encuentra realizando la revisión
integral del Código de Ordenamiento Territorial (COT), en el cual se están
redefiniendo las zonas, sus límites y las exigencias mínimas correspondientes a
cada una de ellas.
Al día de la fecha la Avenida N° 120 se encuentra donada, pero no se
encuentra librada al uso público, y en su entorno inmediato -tanto en el margen
suroeste como en el noreste- se desarrollan actividades netamente
agropecuarias, sobre superficies comprendidas en las zonas Z14 y Z15.
Así, en función de lo antedicho, resulta prudente en esta instancia no
solicitar la donación ni la generación del lote destinado al ensanche de la
Avenida N° 120, dejando este aspecto sujeto a futuras resoluciones que surjan
del nuevo Código Territorial y de las definiciones que se adopten para el
ordenamiento de las zonas rurales.
Por todo lo
expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y
atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1°.- Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a visar técnicamente el
plano de mensura para modificar el estado parcelario de los lotes 107-b y
108-A-B-C de los Planos de Mensura N° 42.562/1965 y 87.515/1976,
respectivamente, ubicado en la Zona Rural del Distrito Venado Tuerto,
departamento General López, provincia de Santa Fe, parte de Polígono 11 del
Plano Oficial de la ciudad, identificados con partidas municipales Nº 10001135
y 10002515; partidas Impuesto Inmobiliario Nº 17-13-00-360.609/0002 y
17-13-00-360.578/0005, que encierran según título una superficie de 100.815,70
m2 (cien mil ochocientos quince metros cuadrados, setenta decímetros cuadrados)
y 543.444,02 m2 (quinientos cuarenta y tres mil cuatrocientos cuarenta y cuatro
metros cuadrados, dos decímetros cuadrados), respectivamente, con dominios
inscriptos en el Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario al Tº 608
Fº 102 Nº 310.552, año 2011, Tº 608 Fº 99 Nº
310.549, año
2011, Tº 608 Fº 100 Nº 310.550, año 2011 y Tº 608 Fº 101 Nº 310.551, fecha 2011
del departamento General López, propiedad de Raies Fabril Constructora S.A, CUIT: 30-71117275-7, con domicilio
en Caseros 117 de Venado Tuerto.
Art.2°.- La presente autorización se
expide por única vez, con el fin de no requerir la generación ni donación del
lote destinado al ensanche de la Avenida N° 120, quedando dicho requerimiento
sujeto a futuras intervenciones y a las condiciones que establezca el nuevo Código
de Ordenamiento Territorial actualmente en desarrollo.
Art.3°.- Déjese expresa constancia de
que el lote destinado al ensanche podrá ser requerido en futuras
intervenciones, si así se dispusiere, al propietario actual o a los futuros
titulares del inmueble.
Art.4°.- Comuníquese,
publíquese y archívese.
Dada en la Sala
de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veinticinco días del
mes de marzo del año dos mil veinticiséis.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: 4516-I-12
- Derogada: NO
- Vetada: NO