Ordenanza

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Visto:
La necesidad de garantizar la inclusión y por lo tanto la correcta circulación de las personas con discapacidad en la ciudad, y;
Considerando:

Que vecinos y vecinas han manifestado su preocupación por la falta de rampas de acceso para personas con discapacidad, puntualmente en la esquina oeste de la intersección de las Calles Brown y Av. Santa Fe.

Que dicha esquina constituye un punto neurálgico de circulación peatonal por su cercanía al Hospital Regional de nuestra ciudad.
Que la ausencia de rampas de acceso en esta intersección obliga a las personas con movilidad reducida a circular por la calzada vehicular, con todos los riesgos que esto implica para su seguridad e integridad.

Que la construcción de rampas de acceso no solo beneficia a las personas con discapacidad motriz, sino también a personas mayores, adultos con movilidad reducida y quienes circulan con cochecitos de bebé.

Que la planificación de la ciudad es una construcción en conjunto, con una mirada integral y accesible.

Que por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
 
ORDENANZA
 
Art.1°.- Dispóngase la ejecución de rampas de acceso para personas con discapacidad en la esquina oeste de la intersección de las calles Brown y Av. Santa Fe.
 
Art.2°.-Comuníquese, publíquese y archívese.
 
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veintidós días del mes de abril del año dos mil veintiséis.

INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: 4136-C-04 - 3316-C-00

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA