Ordenanza

Starter Section

Visto:
  La conveniencia de llevar a cabo la obra de ejecución de cordón cuneta en diversas cuadras del barrio Santa Fe de nuestra ciudad, y;
 
Considerando Que:
Existen variados motivos que tornan muy importante la realización de las obras, entre los que pueden mencionarse: completar el sistema de escurrimiento pluvial superficial de todo el sector afectado, mejorar las condiciones de drenaje hídrico, o bien erradicar la acumulación de agua sobre los bordes laterales de las calzadas y de cunetas preexistentes, -que generan anegamientos temporales producto del rebalse de las mismas ante lluvias de mediana y alta intensidad-.

Asimismo, mejorar las condiciones de saneamiento ambiental, dado que las acumulaciones de agua favorecen la proliferación de plagas y vectores, mejorar la infraestructura de los lotes de vecinos que resultaron beneficiarios del programa Nuestro terreno IV, y optimizar la circulación vial para dicho sector.

Es por todo ello que se considera muy importante llevar a cabo la ejecución de la obra en cuestión, cuyo croquis se adjunta para facilitar su tratamiento, y a dichos fines declarar la misma de interés público y pago obligatorio.   
  
Por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
 
ORDENANZA
 
Art.1°.- Declárese de Interés Público y pago obligatorio la ejecución de la obra de cordón cuneta de las siguientes calles de la ciudad de Venado Tuerto:
a)      Gob. Pujato entre Gob. Candiotti y Urquiza, mano par;
b)      Gob. Pujato entre Urquiza y Gob. Vera, mano par;
c)      Gob. Pujato entre Gob. Vera y Derqui, mano par;
d)      Gob. Pujato entre Derqui y Antártida Argentina, mano par;
e)      Gob. Pujato entre Santa cruz y San Luis, ambas manos;
f)       Gob. Pujato entre San Luis y Neuquén, ambas manos;
g)      San Luis entre Gob. Pujato y Límite Manzana, ambas manos;
h)      Santa Cruz entre Gob. Gálvez y Gob. Molinas, mano par;
i)       Santa Cruz entre Gob. Molinas y Gob. Tessio, mano par;
j)       Santa Cruz entre Gob. Tessio y Gob. S. Begnis, mano par;
k)      Gob. Tessio entre Santa Cruz y Neuquén, ambas manos;
l)       Gob. S. Begnis entre Santa Cruz y Neuquén, mano par;
m)   Neuquén entre Gob. Pujato y Gob. Tessio, mano impar;
n)      Neuquén entre Gob. Tessio y Gob. S. Begnis, mano impar.
 
Art.2°.- Comuníquese, publíquese y archívese.
 
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veintisiete días del mes de mayo del año dos mil veintiséis.

INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: 4492-C-10

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA