Ordenanza
Starter Section
Visto:
La conveniencia de llevar a cabo la obra de
ejecución de cordón cuneta en diversas cuadras del barrio Santa Fe de nuestra
ciudad, y;
Considerando
Que:
Existen variados motivos que tornan muy
importante la realización de las obras, entre los que pueden mencionarse:
completar el sistema de escurrimiento pluvial superficial de todo el sector
afectado, mejorar las condiciones de drenaje hídrico, o bien erradicar la
acumulación de agua sobre los bordes laterales de las calzadas y de cunetas
preexistentes, -que generan anegamientos temporales producto del rebalse de las
mismas ante lluvias de mediana y alta intensidad-.
Asimismo, mejorar las condiciones de
saneamiento ambiental, dado que las acumulaciones de agua favorecen la
proliferación de plagas y vectores, mejorar la infraestructura de los lotes de
vecinos que resultaron beneficiarios del programa Nuestro terreno IV, y optimizar la
circulación vial para dicho sector.
Es por todo
ello que se considera muy importante llevar a cabo la ejecución de la obra en
cuestión, cuyo croquis se adjunta para facilitar su tratamiento, y a dichos
fines declarar la misma de interés público y pago obligatorio.
Por todo lo
expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y
atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1°.- Declárese
de Interés Público y pago obligatorio la ejecución de la obra de cordón cuneta
de las siguientes calles de la ciudad de Venado Tuerto:
a)
Gob. Pujato entre Gob. Candiotti
y Urquiza, mano par;
b)
Gob. Pujato entre Urquiza y Gob.
Vera, mano par;
c)
Gob. Pujato entre Gob. Vera y
Derqui, mano par;
d)
Gob. Pujato entre Derqui y
Antártida Argentina, mano par;
e)
Gob. Pujato entre Santa cruz y
San Luis, ambas manos;
f)
Gob. Pujato entre San Luis y
Neuquén, ambas manos;
g)
San Luis entre Gob. Pujato y
Límite Manzana, ambas manos;
h)
Santa Cruz entre Gob. Gálvez y
Gob. Molinas, mano par;
i)
Santa Cruz entre Gob. Molinas y
Gob. Tessio, mano par;
j)
Santa Cruz entre Gob. Tessio y
Gob. S. Begnis, mano par;
k)
Gob. Tessio entre Santa Cruz y
Neuquén, ambas manos;
l)
Gob. S. Begnis entre Santa Cruz y
Neuquén, mano par;
m)
Neuquén entre Gob. Pujato y Gob.
Tessio, mano impar;
n)
Neuquén entre Gob. Tessio y Gob.
S. Begnis, mano impar.
Art.2°.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala
de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veintisiete días del
mes de mayo del año dos mil veintiséis.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: 4492-C-10
- Derogada: NO
- Vetada: NO