Ordenanza
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Visto:
La sanción de la Ley Nº 12385, sus modificatorias y su Decreto Reglamentario,y;
Considerando
Que:
Por dicha ley el Gobierno de la
Provincia creó el Fondo para la Construcción de Obras Menores para Municipios
de Segunda Categoría y Comunas que no se encuentren incluidas en el Fondo de
Emergencia Social, Ley Nº 24.443, quedando nuestra ciudad comprendida en los
alcances del Fondo.
La mencionada normativa previó para
el año 2026 el giro de un monto de $ 2.268.662.965,78 (pesos dos mil doscientos
sesenta y ocho millones seiscientos sesenta y dos mil novecientos sesenta y cinco
con setenta y ocho centavos).
La Municipalidad de Venado Tuerto
destinará parte de la suma mencionada -$ 996.754.927,56- para la ejecución del
proyecto denominado “Desagües Pluviales Urbanos - Área Recreativa Norte”,
autorizado por la Ordenanza Nº 6071/2026, de reciente sanción.
Asimismo, con parte de los fondos
asignados prevé la ejecución del proyecto denominado “Emisario Pluvial calle
Neuquén - 2da. Etapa”, por el cual se realizará la ejecución de 274,60 m de
emisario de hormigón, colocación de 215,00 m de cañerías de 0,60 m de hormigón,
colocación de 576,00 m de cañerías de 0,80 m de hormigón, 10 cámaras de
registro e inspección y 24 sumideros de captación.
Su costo estimado es de $ 573.994.415,67 (pesos quinientos setenta y tres millones novecientos
noventa y cuatro mil cuatrocientos quince con sesenta y siete centavos) y se llevará a cabo bajo la
modalidad de Licitación Pública.
Las obras que se ejecutarán con
fondos provenientes de la Ley Nº 12.385, “Obras Menores” no serán susceptibles
de recupero bajo el régimen de contribución de mejoras.
Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus
facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1°.- Solicítese al Gobierno Provincial, en
el marco de la Ley 12.385, sus modificatorias y su Decreto Reglamentario, el
aporte de fondos no reintegrables correspondientes al año 2026 por la suma de $
573.994.415,67 (pesos quinientos setenta y tres millones novecientos noventa y
cuatro mil cuatrocientos quince con sesenta y siete centavos) para la ejecución
del proyecto “Emisario Pluvial calle Neuquén –
2da. Etapa”, no susceptible de recupero por Contribución de Mejoras, que
consiste en:
a)ejecución de 274,60 m lineales de emisario de
hormigón armado de sección simple de dimensiones de 1,50 m x 1,00 m (ancho y
alto), incluyendo excavación y tapada;
b)colocación de 215,00 m lineales de cañerías de
hormigón armado de 0,60 m, incluyendo excavación, colocación y tapada;
c)colocación de 576,00 m lineales de cañerías de
hormigón armado de 0,80 m, incluyendo excavación, colocación y tapada;
d)ejecución de 10 cámaras de registro e inspección;
e)ejecución de 24 sumideros de captación.
Art.2°.- Facúltese al Señor Intendente
Municipal a gestionar los fondos citados. Asimismo, autorícese la realización
de las modificaciones presupuestarias, si fueren necesarias, para dar
cumplimiento a lo establecido en la presente.
Art.3°.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en
la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los diez días del
mes de junio del año dos mil veintiséis.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: 4435-I-08 - 4040-C-03
- Derogada: NO
- Vetada: NO