Ordenanza

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Visto:
La necesidad de ordenar el estacionamiento de motocicletas en el tramo de calle Junín al 1400, frente al Club Ciclista Mario Mathieu de la ciudad de Venado Tuerto, atento a la creciente conflictividad peatonal y vial generada por el estacionamiento informal de dichos vehículos sobre las veredas, y;
Considerando:
Que el Club Ciclista Mario Mathieu, es una institución deportiva de amplia trayectoria y fuerte arraigo en la comunidad venadense, que desarrolla a lo largo del año una intensa actividad institucional, deportiva y recreativa, congregando regularmente a socios, deportistas, familias y público en general, tanto en sus jornadas de práctica habitual como en los numerosos eventos y competencias que organiza o en los que participa. Su sede se encuentra en la intersección de las calles Brown y Junín de esta ciudad, y posee ingresos en ambas vías.

Que dicha institución se ha consolidado como un polo de actividad deportiva permanente en el tejido urbano de la ciudad, lo que implica una afluencia constante y significativa de personas en el entorno de su sede, particularmente durante los días hábiles en horario vespertino y nocturno, los fines de semana y en ocasión de eventos especiales, torneos, actos sociales y celebraciones institucionales.

Que esta concurrencia masiva genera, como correlato necesario, una importante demanda de estacionamiento de vehículos de todo tipo, y en particular de motocicletas, cuyo uso se ha incrementado notablemente en los últimos años como medio de transporte preferido por amplios sectores de la población, especialmente los más jóvenes, que precisamente integran en gran medida el universo de socios y asistentes a clubes deportivos como el mencionado.

Que ante la ausencia de espacios habilitados y demarcados específicamente para el estacionamiento de motocicletas en el tramo de referencia, los conductores de estos vehículos recurren sistemáticamente al estacionamiento sobre las veredas públicas, práctica que, si bien reconoce su origen en una necesidad concreta, constituye un uso indebido del espacio peatonal.

Que el estacionamiento de motocicletas sobre las veredas obstruye el libre tránsito peatonal, afectando de manera particular a personas adultas mayores, personas con movilidad reducida, personas con discapacidad y familias con niños pequeños, quienes se ven forzadas a descender a la calzada para sortear los vehículos mal estacionados, exponiéndose a riesgos de accidentes graves.

Que desde la perspectiva de la seguridad vial, el estacionamiento irregular de motocicletas reduce la visibilidad en la vía pública, dificulta las maniobras de los vehículos que transitan por la calzada y genera puntos de conflicto potencial entre peatones, ciclistas y motociclistas, aumentando el riesgo de colisiones y atropellamientos, máxime en un sector de alta concurrencia como el descripto.

Que la implementación de un estacionamiento exclusivo para motocicletas, correctamente delimitado y señalizado sobre la calzada en el tramo de calle Junín al 1400, permitirá resolver de manera eficiente y duradera la problemática descripta, al brindar a los usuarios un espacio adecuado, seguro y ordenado para dejar sus vehículos, eliminando el incentivo para recurrir al estacionamiento sobre las veredas.

Que la medida se inscribe en el marco de las políticas de ordenamiento urbano y de gestión eficiente del espacio público que corresponde promover a este Cuerpo, con el fin de garantizar una convivencia armónica entre las distintas formas de movilidad urbana y de asegurar el pleno goce del espacio peatonal por parte de todos los vecinos. La habilitación de infraestructura específica para motocicletas implica el reconocimiento de su presencia masiva en el tránsito urbano y la necesidad de integrarlos en una planificación vial ordenada e inclusiva.

Que la disposición de estacionamientos exclusivos para motocicletas en zonas de alta concurrencia constituye una práctica extendida y recomendada en la gestión del tránsito urbano moderno, habiendo sido adoptada con resultados satisfactorios por numerosos municipios del país, y su implementación no requiere de obras de gran envergadura, siendo suficiente la demarcación horizontal y la señalización vertical correspondiente para obtener efectos concretos e inmediatos en el ordenamiento del sector.

Que las instituciones deportivas como el Club Ciclista Mario Mathieu forman parte del tejido social de la ciudad y contribuyen al bienestar comunitario, al fomento de la actividad física, a la formación de valores en la juventud y a la cohesión barrial.

Brindar condiciones adecuadas de accesibilidad y estacionamiento en sus inmediaciones es una forma concreta de apoyar el desarrollo de estas instituciones y de los vecinos que las integran y frecuentan.

Que por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente. 
 
ORDENANZA
 
Art.1°.- Dispóngase la creación de un estacionamiento exclusivo de motocicletas sobre la calzada de calle Junín al 1400 de la ciudad de Venado Tuerto, en el tramo correspondiente al frente del Club Ciclista Mario Mathieu, debiendo implementarse las medidas estructurales necesarias para la demarcación horizontal y la señalización vertical que delimite e identifique el espacio habilitado a tal fin.
 
Art.2°. Encomiéndese al Departamento Ejecutivo Municipal la ejecución de las obras, trabajos de señalización y demás acciones necesarias para el cumplimiento de la presente ordenanza.
 
Art.3°.- Comuníquese, publíquese y archívese.
 
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los diez días del mes de junio del año dos mil veintiséis.

INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: 4136-C-04

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA