Ordenanza
Starter Section
Visto:
La necesidad de ordenar el estacionamiento de motocicletas en el tramo
de calle Junín al 1400, frente al Club Ciclista Mario Mathieu de la ciudad de
Venado Tuerto, atento a la creciente conflictividad peatonal y vial generada
por el estacionamiento informal de dichos vehículos sobre las veredas, y;
Considerando:
Que el Club Ciclista Mario Mathieu,
es una institución deportiva de amplia trayectoria y fuerte arraigo en la
comunidad venadense, que desarrolla a lo largo del año una intensa actividad
institucional, deportiva y recreativa, congregando regularmente a socios,
deportistas, familias y público en general, tanto en sus jornadas de práctica
habitual como en los numerosos eventos y competencias que organiza o en los que
participa. Su sede se encuentra en la intersección de las calles Brown y Junín
de esta ciudad, y posee ingresos en ambas vías.
Que dicha institución se ha
consolidado como un polo de actividad deportiva permanente en el tejido urbano
de la ciudad, lo que implica una afluencia constante y significativa de
personas en el entorno de su sede, particularmente durante los días hábiles en
horario vespertino y nocturno, los fines de semana y en ocasión de eventos
especiales, torneos, actos sociales y celebraciones institucionales.
Que esta concurrencia masiva genera,
como correlato necesario, una importante demanda de estacionamiento de
vehículos de todo tipo, y en particular de motocicletas, cuyo uso se ha
incrementado notablemente en los últimos años como medio de transporte
preferido por amplios sectores de la población, especialmente los más jóvenes,
que precisamente integran en gran medida el universo de socios y asistentes a
clubes deportivos como el mencionado.
Que ante la ausencia de espacios
habilitados y demarcados específicamente para el estacionamiento de
motocicletas en el tramo de referencia, los conductores de estos vehículos
recurren sistemáticamente al estacionamiento sobre las veredas públicas,
práctica que, si bien reconoce su origen en una necesidad concreta, constituye
un uso indebido del espacio peatonal.
Que el estacionamiento de
motocicletas sobre las veredas obstruye el libre tránsito peatonal, afectando
de manera particular a personas adultas mayores, personas con movilidad
reducida, personas con discapacidad y familias con niños pequeños, quienes se
ven forzadas a descender a la calzada para sortear los vehículos mal
estacionados, exponiéndose a riesgos de accidentes graves.
Que desde la perspectiva de la
seguridad vial, el estacionamiento irregular de motocicletas reduce la
visibilidad en la vía pública, dificulta las maniobras de los vehículos que transitan
por la calzada y genera puntos de conflicto potencial entre peatones, ciclistas
y motociclistas, aumentando el riesgo de colisiones y atropellamientos, máxime
en un sector de alta concurrencia como el descripto.
Que la implementación de un estacionamiento
exclusivo para motocicletas, correctamente delimitado y señalizado sobre la
calzada en el tramo de calle Junín al 1400, permitirá resolver de manera
eficiente y duradera la problemática descripta, al brindar a los usuarios un
espacio adecuado, seguro y ordenado para dejar sus vehículos, eliminando el
incentivo para recurrir al estacionamiento sobre las veredas.
Que la medida
se inscribe en el marco de las políticas de ordenamiento urbano y de gestión
eficiente del espacio público que corresponde promover a este Cuerpo, con el fin de garantizar una convivencia
armónica entre las distintas formas de movilidad urbana y de asegurar el pleno
goce del espacio peatonal por parte de todos los vecinos. La habilitación de
infraestructura específica para motocicletas implica el reconocimiento de su
presencia masiva en el tránsito urbano y la necesidad de integrarlos en una
planificación vial ordenada e inclusiva.
Que la disposición de
estacionamientos exclusivos para motocicletas en zonas de alta concurrencia
constituye una práctica extendida y recomendada en la gestión del tránsito
urbano moderno, habiendo sido adoptada con resultados satisfactorios por
numerosos municipios del país, y su implementación no requiere de obras de gran
envergadura, siendo suficiente la demarcación horizontal y la señalización
vertical correspondiente para obtener efectos concretos e inmediatos en el
ordenamiento del sector.
Que las instituciones deportivas
como el Club Ciclista Mario Mathieu forman parte del tejido social de la ciudad
y contribuyen al bienestar comunitario, al fomento de la actividad física, a la
formación de valores en la juventud y a la cohesión barrial.
Brindar
condiciones adecuadas de accesibilidad y estacionamiento en sus inmediaciones
es una forma concreta de apoyar el desarrollo de estas instituciones y de los
vecinos que las integran y frecuentan.
Que por todo lo
expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y
atribuciones, sanciona la presente.
ORDENANZA
Art.1°.- Dispóngase la creación de un
estacionamiento exclusivo de motocicletas sobre la calzada de calle Junín al
1400 de la ciudad de Venado Tuerto, en el tramo correspondiente al frente del
Club Ciclista Mario Mathieu, debiendo implementarse las medidas estructurales
necesarias para la demarcación horizontal y la señalización vertical que
delimite e identifique el espacio habilitado a tal fin.
Art.2°. Encomiéndese al Departamento Ejecutivo Municipal la
ejecución de las obras, trabajos de señalización y demás acciones necesarias
para el cumplimiento de la presente ordenanza.
Art.3°.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala
de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los diez días del mes de junio
del año dos mil veintiséis.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: 4136-C-04
- Derogada: NO
- Vetada: NO