Ordenanza

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Visto:
        El Convenio de Cesión de Uso y Derechos Posesorios sobre Bien del Dominio Público y Compromiso Irrevocable de Transferencia Dominial suscripto entre la Provincia de Santa fe y la Municipalidad de venado Tuerto en fecha 11 de mayo de 2010, que fuera ratificado por Ordenanza Nº 3855/2010, sancionada por el Concejo municipal el 30/06/10, y;
Considerando Que:
En dicho convenio, y en el marco de las políticas públicas implementadas por el Poder Ejecutivo provincial y la necesidad de encontrar una alternativa que garantice la debida satisfacción de las demandas de justicia a la comunidad y proporcione recursos materiales idóneos para el cumplimiento de las tareas de administrar justicia con respecto a los derechos elementales de las personas el entonces Gobernador de la provincia instruyó a las áreas técnicas para llevar adelante las acciones necesarias para la construcción de un edificio que permita el alojamiento de los jóvenes infractores en condiciones dignas y con virtualidad para desarrollar hacia su interior un régimen de tipo socio-educativo.
Se entendió que resultaba de sumo interés para la comunidad de Venado tuerto la posibilidad de conformar un centro de tal naturaleza con la capacidad adecuada para la prestación de servicios de justicia penal juvenil en la ciudad y su zona, aunando en un mismo edificio distintas dependencias que servirán de base de todos los programas que en esas áreas gubernamentales se desarrollaren en la zona, cumpliendo, asimismo, con la reiterada petición del Poder Judicial respecto de que la ciudad contase con un establecimiento destinado al alojamiento de jóvenes infractores, dado que el anterior edificio, “Albergue de Menores” había sufrido un incendio y fue declarado inutilizable por la DIPAI.
A tales efectos, la Municipalidad de Venado Tuerto proveyó el lote para la ejecución, suscribiéndose entre ambas partes el Convenio referido en el encabezamiento.

En la Cláusula Sexta se acordó con, de cumplir la Provicnia con todas y cada una de las obligaciones pactadas en el mismo, la Municipalidad le transferiría el dominio de la fracción de terreno en la que se emplazaría el edificio en forma gratuita y con el único cargo que el mismo se usare exclusivamente para el destino previsto y/o actividades afines en políticas públicas con adolescentes, y con la condición de que no pueda ser cedido, donado y/o vendido a persona pública o privada alguna.

Habiéndose cumplimentado por la provincia de Santa Fe todas las obligaciones asumidas, corresponde efectuar el acto jurídico de donación y consecuente transferencia dominial, remitiéndose el presente a ese Cuerpo Deliberante, de acuerdo con las prescripciones del inc. x), art. 39 de la Ley 14.436, Orgánica de Municipalidades santafesina.         
        
Por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
 
ORDENANZA
 
Art.1°.- Dispóngase la donación a la provincia de Santa Fe de un lote de terreno emplazado en la Chacra 33 del Plano Oficial de la ciudad, identificado como Lote 6, Manzana 4 del plano de mensura inscripto bajo el Nº 92.828/1977, partida Impuesto Inmobiliario Nº 17-13-00-360.485/0002-9, partida municipal Nº 24738, que encierra una superficie de 6.397,30 m2 (seis mil trescientos noventa y siete metros cuadrados, treinta decímetros cuadrados), de
 
 
48,10 m en sus lados Norte y Sur y 133,00 m en sus lados Este y oeste, con dominio inscripto al Tº 223 Fº 458 Nº 112.236 fecha 18/08/66 y Tº 342 Fº 465 Nº 137.218 fecha 03/08/79, en el que se ha construido un Centro de Alojamiento Transitorio (C.A.T.) de jóvenes en conflicto con la ley penal juvenil.
 
Art.2°.- En la escritura traslativa del dominio a otorgarse en cumplimiento de la disposición establecida en el artículo precedente deberá consignarse que el inmueble exclusivamente podrá ser utilizado para el destino previsto y/o actividades afines en políticas públicas con adolescentes, así como que el inmueble no podrá ser cedido, donado y/o vendido a persona pública o privada alguna.
 
Art.3°.- Comuníquese, publíquese y archívese.
 
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los diecisiete días del mes de junio del año dos mil veintiséis.

INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: 23-V-86 2527-C-98

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA