Ordenanza

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Visto:
       La existencia de espacios de estacionamiento exclusivo para motocicletas ya ejecutados en la vía pública, sin contar con una normativa vigente que respalde su implementación, así como la necesidad de dotar a determinados sectores de la ciudad de nueva infraestructura de estacionamiento para motovehículos, y;
Considerando Que:
En el ejido urbano se han ejecutado demarcaciones de estacionamiento exclusivo para motocicletas en distintos emplazamientos sin que a la fecha exista un acto administrativo u ordenanza que otorgue sustento normativo a dichas intervenciones, hecho por el cual resulta necesario regularizar dicha situación, a los fines de dotar de seguridad jurídica a la señalización existente, garantizando su correspondencia con los criterios técnicos de ordenamiento del tránsito y del espacio público vigentes en el Municipio.
Asimismo se ha detectado la necesidad de incorporar nueva infraestructura de similar destino en dos puntos de la ciudad: frente al edificio de la Escuela de Educación Técnico Profesional N° 602, en la intersección de calles N. W. de Basualdo y San Martín, atento al importante flujo de estudiantes que se movilizan en motovehículos hacia dicho establecimiento educativo, y en la intersección de calles Piacenza y Castelli, en razón de la intensa actividad comercial de la zona, que genera una alta demanda de espacio de estacionamiento no satisfecha con la infraestructura actual.
La incorporación de estacionamientos exclusivos para motovehículos en ambos casos contribuye a ordenar el tránsito, liberar espacio de calzada y vereda ocupado de manera informal, y mejorar las condiciones de circulación peatonal y vehicular en dichos sectores.
Por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
 
ORDENANZA
 
Art.1°.- Regularícense, a los efectos de la presente Ordenanza, los estacionamientos exclusivos para motocicletas ejecutados con anterioridad a su sanción y sin contar con normativa de respaldo, ubicados en los siguientes puntos de la ciudad:
a) Castelli, en el tramo inmediato anterior a su intersección con 25 de Mayo;
b) 25 de Mayo, en el tramo inmediato anterior a su intersección con Castelli;
c) Pellegrini 311;
d) Alvear 315, frente al Jardín Maternal “Aguaribay”;
e) Almafuerte en su intersección con Chacabuco;
f) Falucho 615, en el tramo inmediato posterior a su intersección con Chile;
g) Alvear 1899, previo a la intersección con Paz;
h) Lisandro de la Torre 589.
 
Art.2°.- El Departamento Ejecutivo Municipal, por intermedio del área con competencia en materia de movilidad y tránsito, procederá a la verificación técnica de las demarcaciones existentes en los puntos individualizados en el artículo precedente, debiendo adecuar y/o completar la señalización horizontal y vertical conforme con la normativa de tránsito vigente. 
 
Art.3°.- Autorícese la creación de un estacionamiento exclusivo para motocicletas frente al edificio de la Escuela de Educación Técnico-Profesional N° 602, en la intersección de calles N. W. de Basualdo y San Martín.
 
Art.4°.-Autorícese la creación de estacionamientos exclusivos para motocicletas en las intersecciones de las calles:
a)      Piacenza entre Castelli y Saavedra;
b)      Saavedra entre Colón y López;
c)      Alsina entre N. Perillo y J. Martí.
 
Art.5°.-Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal a determinar, en cada caso, la extensión, demarcación, señalización horizontal y vertical, y demás aspectos técnicos necesarios para la implementación de los estacionamientos autorizados en los artículos 3° y 4°, previo relevamiento técnico del área competente.
 
Art.6°.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente serán atendidos con partidas del presupuesto vigente para el área competente.
 
Art.7°.- Comuníquese, publíquese y archívese.
 
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los dos días del mes de septiembre del año dos mil veintiséis.

INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: 4136-C-04

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA