Ordenanza
Starter Section
Visto:
La
propuesta de adquisición del inmueble de propiedad del Motoclub Venado Tuerto
por parte del Municipio presentada por sus autoridades, y;
Considerando
Que:
El Motoclub
Venado Tuerto es propietario de un lote de 62.490 m2 (sesenta y dos mil
cuatrocientos metros cuadrados), emplazado en calle Neuquén Nº 840 de esta
ciudad, en el que desde hace muchos años venían desarrollando sus actividades
de práctica deportiva.
La realidad
actual -el constante crecimiento del ejido urbano, la progresiva consolidación
de áreas residenciales en el entorno inmediato de dicho predio, las crecientes
restricciones de carácter ambiental, particularmente en materia de
contaminación sonora, emisiones de gases y estándares de seguridad personal,
entre otras causas- ha tornado incompatible la actividad de motociclismo
deportivo con los usos del suelo permitidos para esa zona. Es por tal motivo
que los representantes de la entidad han ofrecido a la Municipalidad el predio
en venta.
Habida cuenta
de la necesidad de incorporación de lotes al patrimonio estatal, a los fines de
destinarlos al programa Nuestro Terreno, que tan exitosamente se ha
implementado desde el primer sorteo del año 2021 por la actual gestión de
gobierno, la oferta ha resultado de interés para el Municipio.
Presentada su
cotización respecto del valor venal, que asciende a u$s 462.000 (Remax), la
tasación oficial de la Dirección Municipal de Tierras propuso el monto de u$s
430.000; luego de diversas negociaciones, se arribó a un acuerdo respecto del
precio de la compraventa -u$s 361.000- y la forma de pago, aprobado por la
Comisión Municipal de Tierras en la reunión celebrada el 19/05/26.
Por todo lo
expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y
atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1°.- Autorícese
al Departamento Ejecutivo Municipal a adquirir para la Municipalidad de Venado
Tuerto un inmueble de propiedad del Moto Club Venado Tuerto ubicado en Neuquén
840 de esta ciudad, al precio y modalidad de pago descriptos en los artículos
siguientes.
Art.2°.-El precio de venta se estipula
en el monto de u$s 361.000,00 (dólares estadounidenses trescientos sesenta y un
mil), cotizados a $ 1.515 (pesos un mil quinientos quince), del que surge el
resultado de $ 546.915.000,00 (pesos quinientos cuarenta y seis millones
novecientos quince mil).
Art.3°.- La
Municipalidad de Venado Tuerto abonará el precio en la forma que se detalla:
a)
con la entrega en propiedad de un
lote de 427,91 m2 de superficie, ubicado en Uruguay 1996 de Venado Tuerto,
identificado como Lote 1 Manzana 00836A Chacra 81, partida impuesto
inmobiliario Nº 17-13-00-360.566/0039 y partida municipal Nº 16834, valuado en
$ 30.300.000,00 (pesos treinta millones trescientos mil);
b)
asumiendo el pago de los gastos
operativos (escrituración, mensura, y otros trámites), estimados en la suma de
$ 35.215.000,00 (pesos treinta y cinco millones doscientos quince mil);
c)
la suma de $ 190.000.000,00
(pesos ciento noventa millones) a la firma del Boleto de Compraventa;
d)
la suma de $ 190.000.000,00
(pesos ciento noventa millones) al otorgamiento de la escritura traslativa del
dominio;
e)
el saldo de $ 101.400.000,00
(pesos ciento un millones cuatrocientos mil), en 6 (seis) cuotas mensuales,
iguales y consecutivas de $ 16.900.000,00 (pesos dieciséis millones novecientos
mil) cada una, cuyo primer vencimiento operará a los 30 (treinta) días de la
suscripción de la escritura correspondiente.
Art.4°.- Se autoriza por
la presente al Departamento Ejecutivo Municipal a reemplazar, total o
parcialmente, el cumplimiento de las cuotas detalladas en el artículo
precedente por la ejecución de obras públicas por parte del Municipio. Esta
modalidad quedará sujeta a la disponibilidad técnica, aprobación presupuestaria
y decisión de su ejecución por parte de la Administración.
Art.5°.- Aféctese el
inmueble cuya adquisición se autoriza en ésta al Programa Nuestro Terreno u
otro similar, destinándolo a la creación de lotes con fines sociales,
subdivisión, apertura de calles e infraestructura básica.
Art.6°.- Comuníquese,
publíquese y archívese.
Dada en la Sala
de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los dieciséis días del
mes de septiembre del año dos mil veintiséis.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: 3967-I-03
- Derogada: NO
- Vetada: NO